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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de diciembre de 2006 335345 soles por m2, los que han sido debidamente cancelados a esta entidad con recibo de caja N° 970017 de fecha 7 de setiembre del 2006. De conformidad a la normatividad contenida en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 26878 - Ley G eneral de Habilitaciones Urbanas, Ordenanza N° 836 - MML, Aportes Reglamentarios para las Habilitaciones Urbanas en la provincia de Lima, Ordenanza Nº 341-MML, Actualización del Sistema Vial Metropolitano, Decreto de Alcaldía Nº 079 y en concordancia con las competencias señaladas en el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento de Gobierno Local de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, Ordenanza. N° 067-05 -MSJL y demás normas de la materia. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por don RECAREDO ENRIQUE SOTO PEREZ PALMA, en consecuencia APROBAR el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana para uso residencial, con zoni fi cación R1S y R-4 del predio de 5,367.50m², inscrito en la Partida Registral N° 11059742 del Registro de Propiedad Inmueble, ubicado en la Mza. C, lotes 1 y 8, Unidad 17, Canto Grande, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al Plano aprobado N° 009-2006-HU-JGTC/GDU/MSJL de fecha 28 de junio de 2006. Artículo Segundo.- DISPONER que el administrado deberá adecuar su zoni fi cación hasta antes de la Recepción de Obras especí fi camente como R-4 (RDM). Artículo Tercero.- AUTORIZAR la Ejecución de las Obras faltantes correspondiente a la Habilitación Urbana en el plazo de 18 meses contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución como son: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Ejecución de los sardineles sumergido f¨c= 140 Kg/cm2 Ejecución de vereda con f¨ c=140 Kg/cm2 PAVIMENTACIÓN: Base granular de 15 cm. Imprimación y carpeta asfáltica en caliente de 2¨ Artículo Cuarto.- DETERMINAR que el área bruta total es de 5,367.50m 2, de conformidad con los planos fi rmados y sellados por este corporativo de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: DISEÑO URBANO.- Encontrándose el terreno materia de la presente Habilitación Urbana en área de Estructuración Urbana I - Características Especiales y contando con zonifi cación R1S - R4, el cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente de conformidad con los planos aprobado. CUADRO DE AREA DESCRIPCIÓN ÁREAS M2 ÁREA BRUTA TOTAL 5,367.50m2 ÁREA DE VIVIENDA 4,574.38 m2 ÁREA DE CIRCULACIÓN 793.13m2 APORTES REGLAMENTARIOS.- Los aportes reglamentarios establecidos de acuerdo a la presente Habilitación Urbana en vía de regularización para fi nes de vivienda de conformidad a lo aprobado por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho le corresponde: APORTES REGLAMENTARIOS SEGÚN ORDENANZA Nº 836-2005-MML ZONIFICACIÓN R - 4 (RDM) TIPO DE HABILITACIÓNPORCEN- TAJE %ÁREA REGLAMEN- TARIAÁREA DEL PRO- YECTODEFICIT OBSERVACIÓN Recreación pública7 375.72 m2 0.00 375.72 Cancelado Parques Zonales 2 107.35 m2 0.00 107.35 Redimir en Dinero Renovación urbana1 53.67 m2 0.00 53.67 Redimir en DineroTIPO DE HABILITACIÓNPORCEN- TAJE %ÁREA REGLAMEN- TARIAÁREA DEL PRO- YECTODEFICIT OBSERVACIÓN Servicios Complementarios2 107.35 m2 0.00 107.35 Redimir en Dinero Públicos 2 107.35 m2 0.00 107.35 Cancelado Artículo Quinto.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao, la obligación del propietario de efectuar el pago de la liquidación equivalente al 1% del valor de las obras, hasta antes de la Recepción de obras y en consecuencia, queda como garantía, de conformidad con el Decreto de Alcaldía Nº 079 expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Sexto .- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao la obligación de los propietarios de cancelar el dé fi cit de Aporte Reglamentario a favor de Parques Zonales - SERPAR un área de 375.72m2, para Renovación Urbana - FOMUR un área de 53.67m2, para Servicios Complementarios - Ministerio de Educación un área de 107.35m2, debiendo los propietarios cumplir con la obligación hasta antes de la Recepción de las Obras y en consecuencia, queda como garantía. Artículo Sétimo.- DISPONER que don RECAREDO ENRIQUE SOTO PEREZ PALMA, efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario O fi cial El Peruano en un plazo no mayor de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de noti fi cación de la presente, sufragando los gastos que hubiere. Artículo Octavo.- REMITIR los actuados en copia certi fi cada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia y la O fi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su inscripción. Artículo Noveno.- DISPONER se noti fi que la presente Resolución al administrado, quien señala domicilio en Av. Santiago Antunez de Mayolo Nº 471 - Urb. Vista Alegre Surco - distrito de Santiago de Surco. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho siendo éste su competencia según lo establece el ROIF vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMELIA ZEGARRA ACUÑA Gerente de Desarrollo Urbano 8979-1 Autorizan a asociación la adjudicación de lotes de terreno de habilitación urbana RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 0125-2006-GDU-MSJL San Juan de Lurigancho, 19 de diciembre de 2006 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO:El Expediente Nº 19669-98 de fecha 18 de noviembre de 1998, presentado por la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA LOS PINOS, debidamente representada por el Sr. Esteban Campos Abencio, quien solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del predio de 361,540.00 m², inscrito en la Ficha Registral N° 134305 del Registro de Propiedad Inmueble, constituido por las unidades 8, 9 y 10 del predio rústico denominado Pampas de Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 79° numeral 3.6.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “constituye función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales