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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de diciembre de 2006 335344 Para el caso de pagos fraccionados, el contribuyente deberá suscribir el respectivo convenio en la Gerencia de Rentas. Los bene fi cios otorgados están condicionados al cumplimiento cabal del compromiso asumido; de no ser así, se perderá el bene fi cio, descontando de adeudo original que se reactivaría, únicamente, el monto parcial de la deuda pagada en el transcurso de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 12°.- VIGENCIA Y REINICIO DE COBRANZA ORDINARIA Y COACTIVA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá hasta el 30 de diciembre del 2006. Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procederá a ejecutar la cobranza total del íntegro de los tributos adeudados, reiniciándose la cobranza ordinaria y coactiva. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primero.- Autorizar al señor Alcalde para que disponga las disposiciones complementarias la ampliación del plazo de vigencia de la presente y/o su renovación en caso de la existencia de un lapso de tiempo de vencido el plazo de vigencia inicial. Segundo.- El Gerente Municipal, como responsable de la administración municipal deberá proporcionar el apoyo logístico necesario para la implementación, difusión y cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 9033-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 108-2006-GDU-MSJL San Juan de Lurigancho, 9 de noviembre de 2006 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El expediente Nº 02027 de fecha 6 de febrero de 2006, Anexo N°01 de fecha 12 de abril de 2006, Anexo N°02 de fecha 26 de abril de 2006, Anexo N°03 de fecha 10 de mayo de 2006, Anexo N°04 de fecha 15 de junio de 2006, Anexo N°05 de fecha 5 de julio de 2006, Anexo N°06 de fecha 4 de agosto de 2006, Anexo N°07 de fecha 22 de agosto de 2006, organizado por don RECAREDO ENRIQUE SOTO PEREZ PALMA, con poder debidamente registrado en la Partida Registral Nº 11333459, quien solicita Habilitación Urbana en vía de Regularización del predio de 5,367.50m 2, inscrito en la Partida Registral N° 11059742 del Registro de Propiedad Inmueble, con Zoni fi cación R1S- Residencial Unifamiliar Semirrústico y R4- Residencial de Densidad Media, ubicado en la Mza. “C”, Lotes 1 y 8, Unidad 17, Canto Grande, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 79° numeral 3.6.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que constituye función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de Habilitaciones Urbanas”. Que, la Jefatura de Gestión del Territorio y del Catastro emite el Informe Nº 148-2006-GAG-JGTC/MDSJL de fecha 21 de junio del 2006, en el cual se hace un análisis técnico-legal del trámite iniciado concluyendo con la conformidad del mismo y que el administrado ha cumplido con adjuntar los documentos establecidos en el TUPA vigente para el presente procedimiento de regularización de habilitación urbana del terreno de 5,367.50 m 2, que se encuentra conformado por la acumulación de lotes 1 y 8 de la Mz. “C”, Unidad 17, Canto Grande, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Que, de acuerdo al Certi fi cado de Zoni fi cación y Vías N° 313-2005-MML-DMDU-OPDM, de fecha 24 de junio de 2005, está cali fi cado con Zoni fi cación R1S- Residencial Unifamiliar Semirrústico R4- Residencial de Densidad Media y de conformidad con el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, Plano N° SV-1999, aprobado por Ordenanza N° 341 de fecha 6 de diciembre del 2001, se cali fi ca que se deberá respetar las secciones de la habilitación urbana respectiva. Cabe señalar, que de acuerdo a la ubicación del predio materia de habilitación éste se encuentra dentro de vías locales que no afectan los planes urbanos. Que, según la inspección ocular realizada por la Jefatura de Gestión del Territorio y del Catastro, el terreno tiene actualmente de obras ejecutadas de viviendas, en forma parcial, motivo por el que se considera el presente proceso, como Habilitación Urbana en Vía de Regularización de acuerdo al artículo 5º de la Ley Nº 26878. Que, cuentan con factibilidad de servicios de agua potable mediante Carta N° 218-2005-EOMR-SJL, de fecha 22 de marzo de 2005, SEDAPAL, da la conformidad del proyecto de Plan Quinta para agua potable y conexiones domiciliarias; también cuentan con factibilidad de servicios de energía eléctrica mediante documento UEP N° 448800- 2005, de fecha 13 de diciembre de 2005, donde la empresa de servicios EDELNOR otorga la existencia y su fi ciencia de redes eléctricas ya que la zona cuenta con redes de media tensión, baja tensión, alumbrado público y conexiones domiciliarias. Que, la Comisión Técnica de Habilitación Urbana de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho en Sesión Nº 004 de fecha 28 de junio del 2006, emitió Dictamen FAVORABLE con relación a la solicitud formulada por el administrado aceptando el dé fi cit de Aportes Reglamentarios, los mismos que deberán ser cancelados antes de la recepción de obras. Que, al emitir el dictamen favorable la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, opina que al existir doble zoni fi cación R1S y R4, el administrado deberá antes de la recepción de obras adecuar la zoni fi cación en su totalidad a Residencial de Densidad Media R-4, y que los aportes reglamentarios para su valorización deben ser establecidos y aprobados como R-4 (RDM), de acuerdo a la opinión mayoritaria de los integrantes de la referida Comisión. Que, de conformidad con lo dispuesto por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho y por lo prescrito por la normatividad vigente, al presente procedimiento de habilitación urbana en vía de regularización para establecer los Aportes Reglamentarios es aplicable la Ordenanza Nº 836 expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiéndole de acuerdo al área total del terreno de 5,367.50m 2 el Aporte Reglamentario para Recreación Pública(7%) equivalente a 375.72m2, para Parques Zonales - SERPAR (2%) equivalente a 107.35m2, para Renovación Urbana - FOMUR (1%) equivalente a 53.67m2, para Servicios Complementarios - Ministerio de Educación (2%) equivalente a 107.35m2, para Públicos - Municipalidad Distrital (2%) equivalente a 107.35m2; siendo un total de aportes de 14%, cabe señalar que el défi cit de Aportes Reglamentarios se procederá al pago de redención en dinero hasta antes de la recepción de obras. Que, con Resolución Gerencial N° 00083-2006- GDU-MDSJL de fecha 21 de agosto de 2006, se aprobó la valorización de aportes reglamentarios por el área de 483.07m2, área total correspondiente al dé fi cit de aporte por el área de recreación pública y públicos, haciendo un total del 9% del área total del predio en proceso de habilitación a favor de esta Municipalidad, siendo un total de S/. 6,279.91 nuevos soles, de conformidad con el valor arancelario expedido por la CONATA equivalente a S/.13.00 nuevos