Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2006 (23/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

335344

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de diciembre de 2006

Para el caso de pagos fraccionados, el contribuyente debera suscribir el respectivo convenio en la Gerencia de Rentas. Los beneficios otorgados estan condicionados al cumplimiento cabal del compromiso asumido; de no ser asi, se perdera el beneficio, descontando de adeudo original que se reactivaria, unicamente, el monto parcial de la deuda pagada en el transcurso de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 12°.- VIGENCIA Y REINICIO DE COBRANZA ORDINARIA Y COACTIVA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y regira hasta el 30 de diciembre del 2006. Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procedera a ejecutar la cobranza total del integro de los tributos adeudados, reiniciandose la cobranza ordinaria y coactiva.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primero.- Autorizar al senor MORDAZA para que disponga las disposiciones complementarias la ampliacion del plazo de vigencia de la presente y/o su renovacion en caso de la existencia de un lapso de tiempo de vencido el plazo de vigencia inicial. Segundo.- El Gerente Municipal, como responsable de la administracion municipal debera proporcionar el apoyo logistico necesario para la implementacion, difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

9033-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban proyecto de regularizacion de habilitacion MORDAZA para uso residencial de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION GERENCIAL Nº 108-2006-GDU-MSJL
San MORDAZA de Lurigancho, 9 de noviembre de 2006 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El expediente Nº 02027 de fecha 6 de febrero de 2006, Anexo N°01 de fecha 12 de MORDAZA de 2006, Anexo N°02 de fecha 26 de MORDAZA de 2006, Anexo N°03 de fecha 10 de MORDAZA de 2006, Anexo N°04 de fecha 15 de junio de 2006, Anexo N°05 de fecha 5 de MORDAZA de 2006, Anexo N°06 de fecha 4 de agosto de 2006, Anexo N°07 de fecha 22 de agosto de 2006, organizado por don RECAREDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con poder debidamente registrado en la Partida Registral Nº 11333459, quien solicita Habilitacion MORDAZA en via de Regularizacion del predio de 5,367.50m2, inscrito en la Partida Registral N° 11059742 del Registro de Propiedad Inmueble, con Zonificacion R1S- Residencial Unifamiliar Semirrustico y R4- Residencial de Densidad Media, ubicado en la Mza. "C", Lotes 1 y 8, Unidad 17, MORDAZA Grande, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 79° numeral 3.6.1 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones,

derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas". Que, la Jefatura de Gestion del Territorio y del Catastro emite el Informe Nº 148-2006-GAG-JGTC/MDSJL de fecha 21 de junio del 2006, en el cual se hace un analisis tecnico-legal del tramite iniciado concluyendo con la conformidad del mismo y que el administrado ha cumplido con adjuntar los documentos establecidos en el MORDAZA vigente para el presente procedimiento de regularizacion de habilitacion MORDAZA del terreno de 5,367.50 m2, que se encuentra conformado por la acumulacion de lotes 1 y 8 de la Mz. "C", Unidad 17, MORDAZA Grande, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Que, de acuerdo al Certificado de Zonificacion y Vias N° 313-2005-MML-DMDU-OPDM, de fecha 24 de junio de 2005, esta calificado con Zonificacion R1SResidencial Unifamiliar Semirrustico R4- Residencial de Densidad Media y de conformidad con el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, Plano N° SV-1999, aprobado por Ordenanza N° 341 de fecha 6 de diciembre del 2001, se califica que se debera respetar las secciones de la habilitacion MORDAZA respectiva. Cabe senalar, que de acuerdo a la ubicacion del predio materia de habilitacion este se encuentra dentro de vias locales que no afectan los planes urbanos. Que, segun la inspeccion ocular realizada por la Jefatura de Gestion del Territorio y del Catastro, el terreno tiene actualmente de obras ejecutadas de viviendas, en forma parcial, motivo por el que se considera el presente MORDAZA, como Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion de acuerdo al articulo 5º de la Ley Nº 26878. Que, cuentan con factibilidad de servicios de agua potable mediante Carta N° 218-2005-EOMR-SJL, de fecha 22 de marzo de 2005, SEDAPAL, da la conformidad del proyecto de Plan MORDAZA para agua potable y conexiones domiciliarias; tambien cuentan con factibilidad de servicios de energia electrica mediante documento UEP N° 4488002005, de fecha 13 de diciembre de 2005, donde la empresa de servicios EDELNOR otorga la existencia y suficiencia de redes electricas ya que la MORDAZA cuenta con redes de media tension, baja tension, alumbrado publico y conexiones domiciliarias. Que, la Comision Tecnica de Habilitacion MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho en Sesion Nº 004 de fecha 28 de junio del 2006, emitio Dictamen FAVORABLE con relacion a la solicitud formulada por el administrado aceptando el deficit de Aportes Reglamentarios, los mismos que deberan ser cancelados MORDAZA de la recepcion de obras. Que, al emitir el dictamen favorable la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, opina que al existir doble zonificacion R1S y R4, el administrado debera MORDAZA de la recepcion de obras adecuar la zonificacion en su totalidad a Residencial de Densidad Media R-4, y que los aportes reglamentarios para su valorizacion deben ser establecidos y aprobados como R-4 (RDM), de acuerdo a la opinion mayoritaria de los integrantes de la referida Comision. Que, de conformidad con lo dispuesto por la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho y por lo prescrito por la normatividad vigente, al presente procedimiento de habilitacion MORDAZA en via de regularizacion para establecer los Aportes Reglamentarios es aplicable la Ordenanza Nº 836 expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, correspondiendole de acuerdo al area total del terreno de 5,367.50m2 el Aporte Reglamentario para Recreacion Publica(7%) equivalente a 375.72m2, para Parques Zonales - SERPAR (2%) equivalente a 107.35m2, para Renovacion MORDAZA - FOMUR (1%) equivalente a 53.67m2, para Servicios Complementarios - Ministerio de Educacion (2%) equivalente a 107.35m2, para Publicos - Municipalidad Distrital (2%) equivalente a 107.35m2; siendo un total de aportes de 14%, cabe senalar que el deficit de Aportes Reglamentarios se procedera al pago de redencion en dinero hasta MORDAZA de la recepcion de obras. Que, con Resolucion Gerencial N° 00083-2006GDU-MDSJL de fecha 21 de agosto de 2006, se aprobo la valorizacion de aportes reglamentarios por el area de 483.07m2, area total correspondiente al deficit de aporte por el area de recreacion publica y publicos, haciendo un total del 9% del area total del predio en MORDAZA de habilitacion a favor de esta Municipalidad, siendo un total de S/. 6,279.91 nuevos soles, de conformidad con el valor arancelario expedido por la CONATA equivalente a S/.13.00 nuevos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.