TEXTO PAGINA: 95
PÆg. 309601 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA, PARA EL EJERCICIO 2006, LOS MONTOS POR EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DIVERSOS CONCEPTOS DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) el importe que deberán abonar los contribuyentes, por concepto de emisión mecanizada deactualización de valores, determinación y difusión y distribución a domicilio de declaración jurada y recibos de pago del Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública,de Parques y Jardines Públicos y de Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2006. Los contribuyentes, titulares de más de un predio, deberán abonar S/. 0.60 (cero y 60/100 nuevo sol), por cada predio adicional que genere cobro de Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 00200 Modifican la Ordenanza N” 105-MDLM ORDENANZA Nº 122 La Molina, 23 de diciembre del 2005EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Concejo del 22 de diciembre del 2005, el Dictamen Nº 012 del 2 de diciembre del 2005, de la Comisión de Desarrollo Urbano,sobre el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 105 de fecha 15 de junio del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 79º, numeral 1.2. de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituye función específica exclusiva de la Municipalidad Provincial la aprobación del esquema de zonificación; Que, mediante Ordenanza Nº 620-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha regulado los procedimientos para el reajuste integral de la zonificación de los distritos de laprovincia de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 105-MDLM de fecha 15 de junio del 2005, se dictaron las disposiciones temporalespara el otorgamiento de licencias de construcción y funcionamiento en el distrito para el caso de los predios que han sido materia de cambio de zonificación hasta quese apruebe, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 620-MML, el nuevo Plano de Zonificación Integral para el distrito de La Molina; Que, la Ordenanza antes mencionada requiere ser modificada en su artículo primero, a fin de determinar y precisar los alcances de la suspensión dispuesta; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación delActa, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 105-MDLM Artículo Primero.- Modifíquese la Ordenanza Nº 105- MDLM en su artículo 1º, en los términos siguientes: "Artículo Primero.- Objeto de la norma.- En tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima no apruebe, mediante Ordenanza, el Plano de Zonificación Integral del distrito de La Molina, suspéndase la admisión y atención de solicitudesingresadas o por ingresarse relativas al otorgamiento de licencias de obra; así como, de licencias de apertura deestablecimientos comerciales, industriales y de servicios, incluyéndose los procedimientos administrativos conexos (certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios, certificados de compatibilidad de uso y zonificación, entreotros) en aquellos espacios urbanos que sean objeto de afectación por cambios de zonificación aprobados o por aprobarse por la Municipalidad Metropolitana de Lima desdela entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 620-MML; Asimismo, se incluye dentro de la suspensión dispuesta en el párrafo anterior, los espacios urbanos con proyectosdestinados para la edificación de mercados, micro mercados y similares". POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 00202 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Prorrogan plazos establecidos en la Ordenanza N” 117-MDR DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2005-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; el Informe Nº 065-DRDE-MDR-2005 de fecha 22.12.05 de la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 117; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 117-MDR de fecha 25.11.05, se aprobó la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial, Permanencia de Giro y Canje Obligatorio de la Licencia de Apertura de Establecimientos; Que, mediante el artículo Sexto de la citada ordenanza se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía se disponga las medidas complementarias para elcumplimiento de los objetivos trazados; Que, mediante Informe de Vistos, el Director de Rentas y Desarrollo Económico señala que a través de laOrdenanza Nº 117-MDR se aprobó la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial, Permanencia de Giro y Canje Obligatorio de la Licencia de Apertura de Establecimiento;en ese sentido se ha verificado que un gran número de pobladores propietarios y/o posesionarios de predios en asentamientos humanos y pueblos jóvenes se encuentranpendientes de regularizar su situación; por lo que se hace necesario prorrogar la mencionada Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6), artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a la Ordenanza Nº 110-MDR; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR los plazos establecidos en el inciso a) y b) del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 117-MDR, hasta el 31 de enero del 2006. Artículo Segundo.- Establecer que durante la vigencia de la Ordenanza prorrogada por el presente Decreto de Alcaldía continuarán los beneficios establecidos en la citada Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico, Oficina de Administración y Finanzas y de la difusión de la presente a la Unidad de Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac, a los veintitrés días del mes de diciembre del dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 00349