TEXTO PAGINA: 93
PÆg. 309599 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 sólo por el candidato que representa a su grupo funcional correspondiente. CAPÍTULO III DE LOS PERSONEROS Artículo 20º.- Inscripción de Personeros.- Los candidatos inscritos, podrán designar un (01) personero ante el Comité electoral. Los personeros designados podránestar presentes en el acto electoral desde el inicio hasta su conclusión. CAPÍTULO IV DEL PADRÓN ELECTORAL Artículo 21º.- Elaboración del Padrón Electoral.- El Comité Electoral elabora el Padrón Electoral por cada grupofuncional, sobre la base de las inscripciones realizadas en el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de Ate". Artículo 22º.- Elaboración de la Lista de Candidatos.- El Comité Electoral elabora la lista de candidatos y la cédulade sufragio por cada grupo funcional, asignándole un número a cada candidato. Artículo 23º.- Publicación del Padrón Electoral y la Lista de Candidatos.- El Comité Electoral publicará el Padrón Electoral y la lista de candidatos para el procesoelectoral el día Martes 17 de enero del 2006, la lista será publicada en la Municipalidad Distrital de Ate, las Agencias Municipales de Salamanca, Santa Clara y Huaycán y laGerencia de Participación Ciudadana. Artículo 24º.- Recursos impugnativos contra los candidatos.- Cualquier delegado-elector podrá impugnar o tachar determinada candidatura, la tacha deberá ser debidamente fundamentada y sustentada con pruebas. Artículo 25º.- Plazos del Recurso impugnativo.- La impugnación a cualquiera de la lista de Candidatos serealizará dentro del proceso de inscripción de candidatos y hasta dentro del segundo día de publicada la lista de candidatos. Artículo 26º.- Procedimiento del Recurso Impugnativo.- El Comité Electoral, notificará a la organización y/o candidato impugnado, en un plazo de dos (02) días hábiles, a fin de que la Organización y/o candidato presente los descargos correspondientes en unplazo que vencerá indefectiblemente a las 48 horas de recibida la notificación. La Notificación se realizará en el domicilio indicado por la organización al momento de lainscripción. Artículo 27º.- Resolución del Recurso Impugnativo.- El Comité Electoral resolverá la impugnación, en instancia única, en dos (02) días, posterior al vencimiento del plazo para la presentación del descargo, haya sido presentado ono el descargo correspondiente. CAPÍTULO V DEL PROCESO ELECTORAL Artículo 28º.- Convocatoria.- Las elecciones se realizarán en un solo acto, el Domingo 29 de enero del 2006. Los delegados y/o candidatos debidamenteacreditados, ingresarán al local de sufragio desde las 9.00 a.m. hasta las 10.30 a.m. La elección se realizará sólo con los delegados que se encuentren presentes en el lugar devotación a la hora establecida, donde cada sufragante emitirá su voto. Artículo 29º.- Instalación del Comité Electoral y Mesas el día de la Elección.- El Comité Electoral se reunirá a las 8.30 a.m. del día 29 de enero del 2006, en el lugar devotación, se instalará y verificará que los miembros de mesa y el material electoral esté conforme. El acto electoral se inicia con la Instalación del Comité electoral y culmina el mismo día, luego de proclamar a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital.Artículo 30º.- Miembros de Mesa.- El Comité electoral designará a los miembros de mesa, la cual estará conformado por tres (03) miembros: un (01) Presidente, un (01) Secretario, un (01) vocal. Artículo 31º.- Votación.- Los sufragantes emitirán su voto en el sector que les corresponda. Para talesefectos se dispondrá de tres ánforas, una por grupo funcional. Artículo 32º.- Características del Voto.- Se considera voto válido cuando se escribe el número del candidato dentro del recuadro. Se considera voto nulo o viciado cuando se escriba dos o más números de candidatos o contenga marcas o señales fuera del recuadro. Se considera voto en blanco cuando no se escribe el número del candidato dentro del recuadro, ni expresado ninguna voluntad. Artículo 33º.- Conteo de Votos.- Concluido el sufragio, inmediatamente los miembros del Comité electoral,procederá al escrutinio de votos en presencia de los personeros acreditados. Artículo 34º.- Escrutinio.- Al concluir la votación, el escrutinio se llevará a cabo en acto público. Los resultados serán anotados en el Acta Electoral. Artículo 35º.- Resultado del Proceso Electoral.- Los candidatos que obtengan la mayoría simple de votos delos sufragantes concurrentes, en cada uno de los Grupos Electorales Funcionales, serán los ganadores. En caso de empate se procederá a una nueva votación en el segmentocorrespondiente entre los candidatos empatados. Artículo 36º.- Acta Electoral de Instalación.- En el inicio del proceso electoral se levantará el Acta de Instalación que contendrá la siguiente información: a) La hora de inicio del Proceso Electoral y fecha b) Número de Cédulas de Votación c) Observaciones si las hubiera.d) Dicha Acta será firmada por el Comité Electoral y los personeros de los candidatos que lo deseen. Artículo 37º.- Conclusión del Proceso Electoral.- Al concluir el proceso electoral se levantará el Acta de Culminación que contendrá la siguiente información: a) La hora de conclusión del proceso electoral. b) Relación de candidatos con el resultado de los votos obtenidos. c) Si hubiera una observación o impugnación realizada por algún personero deberá indicar claramente los hechos,debiendo firmar obligatoriamente el Acta, caso contrario no se considerará dicha impugnación. d) Firma de los personeros que los deseen.e) Firma de los Miembros de mesa. CAPÍTULO VI DE LA PROCLAMACIÓN DE LOS REPRESENTANTES ELEGIDOS Artículo 38º.- De la Proclamación.- El Comité Electoral al término del cómputo final proclamará a los delegadoselegidos. Artículo 39º.- Remisión de información.- Luego de la proclamación de los delegados elegidos, el Comité Electoral, elaborará y elevará a la alcaldía el informe final sobre el desarrollo del proceso eleccionario y losresultados de las elecciones, acompañados del Acta respectiva. CAPÍTULO VII DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 40º.- Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Comité Electoral. 00198