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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2006 (07/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

PÆg. 309596 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídicoy conforme a la evaluación practicada al documento, éste cumple con los requisitos establecidos siendo procedente su aprobación. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 016, mediante Acuerdo Nº 226-2005 de fecha 23 de agosto del 2005, contandocon el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art.37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - LeyOrgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del documento de gestión, “Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Dirección Regional de SaludAmazonas, en quince folios que forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los treinta y un días del mes de agosto delaño 2005. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 00159 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Presupuesto Institucional para el aæo fiscal 2006 del GobiernoRegional ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 128-2005-CR/GRM. 29 de diciembre de 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO:En Sesión Extraordinaria de fecha 29 de diciembre del 2005, el Dictamen Nº 005-2005-COAPYP/GRM, de laComisión Ordinaria de Administración, Planificación y Presupuesto, sobre el Presupuesto Institucional 2006 del Gobierno Regional de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva el de aprobar su presupuestoinstitucional, conforme a las Leyes Anuales de Presupuestos y Directivas emitidas para tal fin; Que, la Comisión Ordinaria de Administración, Planificación y Presupuesto previa revisión del Informe Nº 629-2005-GRPPAT/GR.MOQ. y sus antecedentes remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre el Proyecto del Presupuesto Institucional Regional 2006, en donde se detalla el Presupuesto del Pliego por todafuente de financiamiento y todo grupo genérico de gasto, ha emitido el Dictamen Nº 005-2005-COAPYP/GRM, concluyendo que el Proyecto del citado Presupuesto seencuentra dentro de los alcances y dispositivos normativos generales para su elaboración correspondiendo por tanto su aprobación; Que, en uso de las facultades conferidas por el inciso a) del artículo 37º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, y el artículo IV del Reglamento Interno del Consejo Regional, O.R. Nº 001-2003-CR/GRM; el Consejo Regional por mayoría; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional para el año fiscal 2006 del Pliego 455 - Gobierno Regional de Moquegua, contenido en el Dictamen Nº 005-2005-COAPYP/GRM, y antecedentes detallados en anexos adjuntos. Artículo Segundo.- Publicar el presente Acuerdo Regional, en el Diario Oficial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones de judiciales en la capital de la región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regionalde Moquegua. Artículo Tercero.- Remítase copia del presente Acuerdo Regional a la Presidencia y Vicepresidencia Regional,Consejeros Regionales y Gerencia General Regional, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 00260 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Convocan a elecciones de represen- tantes de las Organizaciones Civilesante el Consejo de Coordinación LocalDistrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 051 Ate, 23 de diciembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorándum Nº 334-02-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; los Memorándum Nºs. 384- 05 y 386-05-GPC/MDA de la Gerencia de Participación Ciudadana; el Informe Nº 749-05-GPC/MDA de la Gerenciade Participación Ciudadana respecto a la Convocatoria a Elecciones del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate y el Proveído Nº 4045-05-GGM/MDA de la GerenciaGeneral Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, según el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma ConstitucionalLey Nº 27680, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 102º regula la organización y estructura del Consejo de Coordinación Local Distrital que está constituidapor el alcalde, quien la preside, pudiendo delegar tal función en el teniente Alcalde, los regidores distritales, y los representantes de las Organizaciones Sociales de Base,Juntas vecinales, Gremios de Trabajadores, de Empresarios, y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, como un órgano de Coordinación y Concertación de lasMunicipalidades Distritales; Que, el tercer párrafo del artículo 102º de la Ley Nº 27972, establece; "los representantes de la SociedadCivil son elegidos democráticamente, por un período de dos (2) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel distrital, quese hayan inscrito en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de Ate, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (3) de actividadinstitucional comprobada";