Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2006 (07/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de enero de 2006

municipalidad cuenta con la referida informacion y a que no se encuentra prevista por la normativa como requisito a ser presentado por los solicitantes. 3. Plazo de vigencia de la Licencia Provisional. La licencia provisional tiene una vigencia de 12 meses contados a partir de la fecha de MORDAZA de la solicitud. Durante dicho plazo la municipalidad tiene la posibilidad de detectar aquellas irregularidades o defectos del inmueble para efectos de su subsanacion por parte del titular de la licencia. En caso que el municipio no MORDAZA detectado ninguna irregularidad o habiendola detectado esta ha sido subsanada dentro del plazo concedido, la municipalidad debe otorgar la licencia de funcionamiento definitiva. 4. Posibilidad de renovacion. La licencia de funcionamiento provisional no puede ser renovada sino que corresponde aplicar el procedimiento previsto en el numeral anterior; es decir, corresponde otorgar o, denegar de ser el caso, la correspondiente licencia de funcionamiento definitiva. Ahora bien, una vez otorgada la licencia de funcionamiento definitiva no procede exigir la renovacion de la misma, salvo que se desee realizar un cambio en el giro comercial17 , cambio de domicilio18 , zonificacion19 o apertura de nuevos locales o sucursales20 . En todos estos casos, las empresas pueden acogerse al procedimiento simplificado para la obtencion de licencia de funcionamiento provisional. IV.- REVOCACION FUNCIONAMIENTO DE LA LICENCIA DE

de sus procedimientos, por lo que todo procedimiento administrativo iniciado por los particulares debe ser atendido por la Administracion24 . VI. CONCLUSIONES 1. La Comision de Acceso al MORDAZA del INDECOPI es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de la Ley Nº 28015 y su reglamento en lo referido a los procedimientos para la obtencion de las licencias de funcionamiento municipal para las micro y pequenas empresas. 2. Las micro y pequenas empresas cuentan con la facultad de solicitar ante la municipalidad competente el otorgamiento de licencia de funcionamiento provisional o definitiva. Lo anterior no es aplicable a las empresas dedicadas a los rubros de bares, discotecas, juegos de azar y afines, quienes solo podran solicitar licencia de funcionamiento definitiva. 3. Para tramitar la licencia de funcionamiento provisional solo se requiere presentar tres (3) requisitos: a) Fotocopia Simple de Comprobante de Informacion Registrada o Ficha R.U.C. b) Declaracion Jurada Simple de ser Micro y Pequena Empresa.

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Al respecto, la Ley Nº 28015 en su articulo 41 establece que las licencias de funcionamiento definitivas podran ser revocadas por causa expresamente establecida en el ordenamiento legal. En esa linea, cabe apreciar dos aspectos relevantes: a) La revocatoria solo se aplica a los agentes economicos que cuenten con licencia de funcionamiento definitiva. b) La causa que faculte a la autoridad a revocar este MORDAZA de licencias, debera estar consignada expresamente en una MORDAZA juridica. c) Debe convocarse al conductor del local a una audiencia de conciliacion. La inobservancia de este procedimiento sera sancionada con la nulidad del procedimiento administrativo revocatorio. El Reglamento de la Ley Nº 28015 precisa que cuando las causales de revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Definitiva comprendan aspectos conciliables de competencia directa o indirecta de los Ministerios, sus organos desconcertados u organismos publicos descentralizados, la municipalidad debera invitar a los representantes de estos a la audiencia de conciliacion. Por ultimo, la Ley Nº 28015 establece una importante directriz que deben seguir todas las autoridades municipales a cargo de un procedimiento revocatorio. En ese sentido, se expresa que la actuacion de la autoridad debera ser guiada por los principios contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General21 . V. SUSPENSION DE LA TRAMITACION DE LAS AUTORIZACIONES

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a)

1. 2.

Por ejemplo, cuando las actividades de local fueron autorizadas como salon de belleza y el conductor del mismo desea modificar su giro a pasteleria. Por ejemplo, cuando la empresa desea trasladar su local a una MORDAZA de mayor concurrencia. Estos casos se dan cuando la municipalidad provincial respectiva ha aprobado una nueva zonificacion del distrito en la cual el area donde se encuentra ubicado el local de la empresa ha sido modificada. Por ejemplo, cuando una misma empresa ha incrementando su actividad y, por lo tanto, desea abrir locales comerciales del mismo giro en otros locales dentro del mismo distrito. La Ley de Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27444 en su articulo IV hace referencia, entre otros, a los principios del procedimiento administrativo: MORDAZA de legalidad, MORDAZA del debido procedimiento, MORDAZA de impulso de oficio, MORDAZA de razonabilidad, MORDAZA de imparcialidad, MORDAZA de informalismo, MORDAZA de presuncion de veracidad, MORDAZA de conducta procedimental, MORDAZA de celeridad, MORDAZA de eficacia, MORDAZA de verdad material, MORDAZA de simplicidad, MORDAZA de uniformidad, MORDAZA de privilegio de controles posteriores Estos principios sirven tambien de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicacion de las reglas de procedimiento, como parametros para la generacion de otras disposiciones administrativas de caracter general, y para suplir los vacios en el ordenamiento administrativo. Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en Materia Administrativa contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, Articulo 34 (derogado).- Para la creacion de nuevos procedimientos administrativos, o para la modificacion o eliminacion de los procedimientos administrativos incluidos en el MORDAZA en el periodo comprendido entre la aprobacion de un MORDAZA y su actualizacion, se observaran las siguientes reglas: Se aprobara por Decreto Supremo, Decreto Ejecutivo Regional u Ordenanza Municipal, segun se trate de entidades dependiente del Gobierno Central, los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, conforme a lo dispuesto en articulo 32º del presente Regionalmente cuando la modificacion implique lo siguiente: la creacion de nuevos procedimientos administrativos; la suspension de la admision a tramite de determinados procedimientos administrativos por razones de politica nacional o sectorial. (... ) Dicho criterio fue empleado por la Comision de Acceso al MORDAZA, en la Resolucion Nº 03-CAM-INDECOPI/EXP-000040-2001 de fecha 29 de noviembre del 2001 en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Municipalidad Distrital de San Miguel. Asi ha sido senalado tambien en los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Aprobacion y Publicacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos fue aprobado mediante Resolucion Nº 0041-2003/CAM-INDECOPI y publicado el 4 de diciembre del 2003 en el Diario Oficial El Peruano. Este criterio tambien ha sido recogido por la Comision de Acceso al MORDAZA mediante Resolucion Nº 0043-2005/CAM-INDECOPI emitida por la Comision de Acceso al MORDAZA el 23 de marzo de 2005 emitida en el procedimiento iniciado por el Policlinico Divino MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. y el Policlinico 28 de MORDAZA E.I.R.L. en contra del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Expedientes Nº 0000772004/CAM y Nº 000081-2004/CAM acumulados). Esta resolucion fue confirmada por la Sala de Defensa de la Competencia mediante Resolucion Nº 0772-2005/ TDC-INDECOPI de fecha 15 de MORDAZA del 2005.

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1. Es importante destacar un cambio importante de la normativa vigente con relacion a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 757 (Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada) y su Reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 094-92-PCM), sobre el tema referido a la suspension de la tramitacion de los procedimientos administrativos22 . 2. En dicho regimen se establecia que las entidades se encontraban facultadas para suspender la tramitacion de los procedimientos administrativos, siempre y cuando obedezca a razones de politica nacional o sectorial. Adicionalmente, las entidades debian cumplir con los requisitos de forma establecidos para la aprobacion de sus TUPA23 . 3. Sin embargo, la Ley Nº 27444 ya no contempla la posibilidad de que las entidades suspendan la tramitacion

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