Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2006 (13/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de enero de 2006

Productores de mayor area sembrada, en el ambito jurisdiccional de la Autoridad Autonoma. - Un (1) representante del Ministerio de Energia y Minas. - Un (1) representante del Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento. - Un (1) representante del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. - Un (1) representante del Ministerio de Transporte y Comunicacion. - Un (1) representante del la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. - Un (1) representante del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA SEDAPAL. - El MORDAZA o un (1) representante de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en representacion de los Gobiernos Regionales y Locales de la jurisdiccion. CAPITULO II DE LAS FUNCIONES Articulo 11º.- Las funciones de Directorio son las siguientes: a) Aprobar el Plan Maestro de Aprovechamiento Racional de recursos naturales renovables e impulsar su ejecucion, acorde con la Ley y la Politica sectorial dictada por el Gobierno Central y Regional. b) Aprobar el plan anual de funcionamiento de la Autoridad Autonoma de MORDAZA Hidrografica ChillonRimac-Lurin, tomando como base recursos economicos provenientes del Canon de Agua (10% de la tarifa por uso de agua con fines agrarios), fondos que le asigne el Gobierno Central o Regional, prestamos, donaciones y otros ingresos que genere o reciba, asi como aprobar los balances y su memoria anual. c) Aprobar la ejecucion de gastos segun el presupuesto anual. d) Evaluar y aprobar la gestion del Comite Ejecutivo y de la Gerencia Tecnica. e) Resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia las apelaciones que se interpongan contra las resoluciones expedidas por el Administrador Tecnico del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin, referidos a los conflictos de aguas y suelos. En estos casos se abstendra de participar (voz y voto) el administrador Tecnico del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin y la resolucion que contenga el acuerdo del Directorio sera firmado por el Vicepresidente u otro Director que autorice el Directorio. f) Revisar y dar conformidad a los valores de la tarifa por uso de agua con fines agrarios que apruebe el Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin. g) Sesionar en forma ordinaria una vez cada mes y en forma extraordinaria MORDAZA veces como fuera necesario. h) Elegir y renovar cada dos (2) anos al Vicepresidente del Directorio, entre sus miembros. i) Aprobar la modalidad de ejecucion de obras, estudios y supervision, conforme a la normatividad de la materia. j) Opinar y aprobar la contratacion y/o designacion del personal y la adquisicion de bienes necesarios para el normal funcionamiento de la Autoridad Autonoma de MORDAZA Hidrografica Chillon-Rimac-Lurin. k) Aprobar el Manual de Organizacion y Funciones de la Autoridad Autonoma de MORDAZA Hidrografica ChillonRimac-Lurin. l) Declarar la vacancia de cualquiera de sus miembros y efectuar las acciones necesarias para su reemplazo, en los siguientes casos: 1. Por renuncia voluntaria o remocion. 2. Por inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas o a cuatro (4) no consecutivas, durante cada ejercicio presupuestal. 3. Por enfermedad que lo imposibilita en el desempeno de su funcion. 4. Por muerte. 5. Por inhabilitacion, condena o pena privativa de la libertad. m) Gestionar recursos economicos y/o financieros y suscribir convenios con personas naturales y/o juridicas,

nacionales y/o extranjeras para la elaboracion de estudios, programas, planes, proyectos o similares relacionados con los objetivos de la Autoridad Autonoma. n) Velar por el estricto cumplimiento de la normatividad vigente en la materia de agua, suelo y otros recursos naturales de su ambito. n) Aprobar la escala de remuneraciones del personal. o) Promover la capacitacion en temas que conciernes a la Autoridad Autonoma de la MORDAZA Hidrografica Chillon-Rimac-Lurin, promover la capacitacion permanente en materia de recursos naturales renovables a los usuarios de la cuenca. p) Las demas que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. CAPITULO III DE LAS RELACIONES Articulo 12º.- El Directorio tiene las siguientes relaciones: - Funcionales: Con el Instituto Nacional de Recursos NaturalesINRENA a traves de sus Intendencias u oficinas y con los Organos de Linea, Apoyo y Asesoramiento de la Autoridad Autonoma de MORDAZA Hidrografica ChillonRimac-Lurin. - Coordinacion: Con los Organismos que conforman el Directorio de la Autoridad Autonoma y Organizaciones o Instituciones afines. CAPITULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 14º.- El Directorio tiene la siguiente Estructura Organica: Directorio: Presidente El Administrador Tecnico del Distrito de Riego ChillonRimac-Lurin. Miembros del Directorio. Organos de Linea: Comite Ejecutivo. Gerencia Tecnica. Organo de Asesoramiento Oficina de Asesoria Juridica. Organo de Apoyo: Oficina de Administracion. Articulo 14º.- El Directorio se reunira en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se realizaran una vez al mes, en el dia y hora que fije el Presidente del Directorio al momento de convocarla. Las sesiones extraordinarias son convocadas por el Presidente o, cuando lo acuerde el Directorio, o lo soliciten por escrito por lo menos cuatro (4) miembros. Por acuerdo unanime del Directorio, la Agenda podra ser modificada. Por acuerdo del Directorio se fijara el monto de la dieta que corresponda por sesion. Articulo 15º.- La convocatoria a las sesiones de Directorio se efectuara por escrito y/o via fax, acompanada de la agenda a tratar, con una anticipacion de una semana como minimo. Articulo 16º.- El quorum para la instalacion y sesion valida del Directorio sera de siete (7) miembros, incluido el Presidente. Si no existiera quorum para la primera sesion, el Directorio se constituye en MORDAZA convocatoria el dia siguiente de la senalada para la Primera, con un quorum de cuatro (4) miembros,

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