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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2006 (18/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 Visto, los expedientes Nºs. 11590-2005 y 13412-2005, presentados por el ROTARY CLUB DE HUACHOmediante el cual se solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida deWHEELCHAIR FOUNDATION. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el ROTARY CLUB DE HUACHO, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 25 de abril del 2005, legalizada por el ConsuladoGeneral del Perú en San Francisco Estados Unidos, se observa que WHEELCHAIR FOUNDATION, ha efectuado una donación a favor del ROTARY CLUBDE HUACHO; Que, los bienes donados consisten en 280 sillas de ruedas de diferentes tamaños, enviadas en cajas, asícomo 7 cajas de repuestos, valorizados en US$ 21,000.00 (Veintiún mil y 00/100 dólares americanos) con un peso bruto de 6,431.97 kilos, queservirán para promover la auto-ayuda en las condiciones de salud de las personas beneficiarias quienes no tienen suficientes recursos; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por WHEELCHAIR FOUNDATION a favor del ROTARYCLUB DE HUACHO; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por WHEELCHAIR FOUNDATIONa favor del ROTARY CLUB DE HUACHO la donación consiste en 280 sillas de ruedas de diferentes tamaños, enviadas en cajas, así como 7 cajas de repuestos,valorizado en US$ 21,000.00 (Veintiún mil y 00/100 dólares americanos) con un peso bruto de 6,431.97 kilos, que servirán para promover la auto-ayuda en las condicionesde salud de las personas beneficiarias quienes no tienen suficientes recursos. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00933RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0056-2006-RE Lima, 13 enero de 2006 Visto, el expediente Nº 13688-2005, presentado por el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, mediante el cual se solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) respecto a la donación recibida de Centre Universitaire de Santé McGill -McGill University Health Centre. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, se encuentra inscrito en el Registro deIPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de do naciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 20 de noviembre de 2003, legalizada por el consulado general de Perú en Montreal, se observa que CentreUniversitaire de Santé McGill -McGill University Health Centre ha efectuado una donación a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL; Que, los bienes donados consisten en 01 bulto, conteniendo: 02 juegos con 96 pruebas por juego de Rotavirus para ELISA, marca Dakocytomation y 02juegos con 96 pruebas por juego de Cryptosporidium para ELISA, marca Biotech Trading Partners; con un peso bruto de 3.00 kilos, con valor FOB de CND $ 1,748,74(Un mil setecientos cuarentiocho y 74/100 dólares canadienses), será destinada para uso exclusivo del Instituto de Investigación Nutricional; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Centre Universitaire de Santé McGill -McGillUniversity Health; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo N° 935,Decreto Supremo N° 041-2004-EF y la Resolución Suprema N° 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Centre Universitaire de SantéMcGill-McGill University Health Centre a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, consistente en 01 bulto, conteniendo: 02 juegos con 96pruebas por juego de Rotavirus para ELISA, marca Dakocytomation y 02 juegos con 96 pruebas por juego de Cryptosporidium para ELISA, marca Biotech TradingPartners; con un peso bruto de 3.00 kilos, con valor FOB de CND $ 1,748.74 (Un mil setecientos cuarentiocho y 74/100 dólares canadienses), será destinada para usoexclusivo del Instituto de Investigación Nutricional. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae