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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2006 (18/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 Artículo 7º.- Instalación de la Comisión Multisectorial A partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, el Sector iniciará las acciones necesarias destinadas a procurar la instalaciónde la Comisión Multisectorial debiendo convocarse a su primera reunión dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles establecido en la Tercera DisposiciónFinal y Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01011 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G53/G53/G41/G4C/G55/G44/G2C/G20/G65/G6E/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2006-TR Lima, 16 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 233- 2001-TR y 005-2004-TR, se reconoció y renovó,respectivamente, al señor Mario Roberto Huamán Rivera, como representante de los asegurados del régimen laboral público, ante el Consejo Directivo delSeguro Social de Salud - ESSALUD; Que, el numeral 5.3 del artículo 5º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, estableceque, los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) años, pudiendo ser renovados una sola vez por un período igual; Que, el encargo a la persona designada en el primer considerando de la presente resolución ha llegado a su término; Con la visación del Director General de la General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, elliteral d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- DAR POR CONCLUIDO, el reconocimiento del señor MARIO ROBERTO HUAMANRIVERA, como representante de los asegurados, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de los trabajadores del régimen laboralpúblico, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01002 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G61/G73/G65/G67/G75/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G53/G53/G41/G4C/G55/G44 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2006-TR Lima, 16 de enero de 2006VISTO: El escrito de fecha 11 de enero de 2006, de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP;y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.2. del Artículo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD,establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado, entre otros, por tres representantes de los asegurados uno de los cuales representa a lostrabajadores del régimen laboral público; Que, el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27056, regula que el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleodebe reconocer a los representantes de los empleadores y asegurados, elegidos por las organizaciones representativas; Que, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, ha recibido la comunicación de fecha 11 de enero de 2006, de la Confederación General de Trabajadores delPerú - CGTP, de la elección del señor Joaquín Ernesto Gutiérrez Madueño, como nuevo representante de los asegurados del régimen laboral público; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27506, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos; y, el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Reconocer, al señor JOAQUIN ERNESTO GUTIÉRREZ MADUEÑO, comorepresentante de los asegurados del régimen laboral público ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01003 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2006-MTC/10 Lima, 13 de enero de 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 0039-2006-MTC/10 de la Directora General de Administración, Informe Técnico Nº 0009-2006-MTC/10.02 de la Dirección deAbastecimiento de la Oficina General de Administración e Informe Nº 116-2006-MTC/08 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, relacionados con la expedición de laResolución Ministerial que exonera al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección correspondiente para la contratación del servicio deseguridad y vigilancia policial particular para las instalaciones, patrimonio y funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico Nº 0009-2006-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración