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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2006 (18/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo, el cual está integrada por: - Dos representantes de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y susProgramas, uno de los cuales presidirá la Comisión; - Un representante de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa; - Dos representantes de los programas del Viceministerio de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; - Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao; - Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Tres representantes del Ministerio de Educación; - Dos representantes del Ministerio de Economía y Finanzas; - Dos representantes de ESSALUD; y, - Dos representantes de SUNAT. La Comisión Multisectorial, para el mejor cumplimiento de sus funciones, podrá convocar a otras entidades delsector público o privado, así como a especialistas en el tema. Artículo 2º.- De la Acreditación de los miembros de la Comisión Multisectorial Los representantes de los Ministerios conformantes de la Comisión Multisectorial son designados mediante Resolución Ministerial, dentro de los cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial. En el caso de ESSALUD y la SUNAT, estas entidades comunican mediante oficio, a la Presidencia de la Comisión Multisectorial la designación de surepresentante, en el mismo plazo. Artículo 3º.- De las Funciones La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: 1. Elaborar y aprobar su reglamento interno; 2. Promover políticas y programas orientados a la implementación de las Modalidades FormativasLaborales; 3. Evaluar y dar seguimiento de las propuestas normativas referidas a la capacitación laboral, formacióncontinua y demanda del mercado de trabajo; 4. Diseñar y aprobar los lineamientos estratégicos para garantizar el cumplimiento de la Ley y el Reglamentode Modalidades Formativas Laborales; 5. Promover la articulación de los programas sociales del Estado, orientadas a mejorar la empleabilidad, a travésde la capacitación laboral y la formación continua; 6. Establecer un mecanismo de monitoreo del cumplimiento de las diversas dependencias intervinientesen la ejecución de acciones vinculadas a la capacitación laboral, formación continua y demanda del mercado de trabajo; y, 7. Las demás que se deducen de la Ley Nº 28518 y su Reglamento. Artículo 4º.- De la Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Dirección de Formación Profesional yDesarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional. Artículo 5º.- De la Comisión Consultiva La Comisión Multisectorial podrá conformar una Comisión Consultiva encargada de brindar asistencia técnica a la Comisión Multisectorial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, la cual estaráconformada por diversos representantes de organismos internacionales. Artículo 6º.- De la acreditación de los miembros de la Comisión Consultiva La acreditación de los miembros de la Comisión Consultiva se efectuará mediante comunicación escrita del titular de cada institución, dirigida a la Presidencia de la Comisión Multisectorial.ANEXO 1 INFORMACIÓN ESTADÍSTICA TRIMESTRAL EMPRESAS Y ENTIDADES QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE INTERMEDIACIÓN LABORAL CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN PERÍODOS FECHAS DE PRESENTA CIÓN I TRIMESTRE Primera semana de abril (*) II TRIMESTRE Primera semana de julio (*) III TRIMESTRE Primera semana de octubre (*) IV TRIMESTRE Primera semana de enero (*) (*) corresponde a los cinco primeros días hábiles del mes de referencia 01010 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G44/G65/G6D/G61/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2006-TR Lima, 16 de enero de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1125-2005-MTPE/3/11.2, de fecha 3 de setiembre de 2005, de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respecto al ámbito del Sector de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa,establece que éste consiste, entre otros, en formular, evaluar y supervisar la política de empleo, formación profesional, capacitación para el trabajo y reconversiónlaboral que se orienta a garantizar la igualdad de oportunidades, concertando para sus fines la asistencia técnica y financiera por parte de instituciones nacionalespúblicas, privadas y organismos internacionales; Que, mediante Ley Nº 28518, se aprueba la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, estableciendo en suCuarta Disposición Complementaria que a propuesta del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se establecerá el mecanismo de coordinación multisectorial,mediante la creación de una Comisión Multisectorial con el fin de garantizar la eficaz ejecución de los acuerdos y objetivos enunciados en la Ley, así como la adopción decriterios unitarios en torno a su aplicación; Que, asimismo, el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, dispone en suTercera Disposición Final y Complementaria que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo implementará, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, laComisión Multisectorial de Capacitación Laboral y Demanda del Mercado de Trabajo para el debido cumplimiento de la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, de la Directora Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y delDirector General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el artículo 8ºde la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la Creación Creáse la Comisión Multisectorial de Capacitación