Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2006 (18/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 18 de enero de 2006 ANEXO 1

NORMAS LEGALES

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Laboral y Demanda del MORDAZA de Trabajo, el cual esta integrada por: - Dos representantes de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional y sus Programas, uno de los cuales presidira la Comision; - Un representante de la Direccion Nacional de la Micro y Pequena Empresa; - Dos representantes de los programas del Viceministerio de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa; - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao; - Un representante de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; - Tres representantes del Ministerio de Educacion; - Dos representantes del Ministerio de Economia y Finanzas; - Dos representantes de ESSALUD; y, - Dos representantes de SUNAT. La Comision Multisectorial, para el mejor cumplimiento de sus funciones, podra convocar a otras entidades del sector publico o privado, asi como a especialistas en el tema. Articulo 2º.- De la Acreditacion de los miembros de la Comision Multisectorial Los representantes de los Ministerios conformantes de la Comision Multisectorial son designados mediante Resolucion Ministerial, dentro de los cinco (5) dias habiles de publicada la presente Resolucion Ministerial. En el caso de ESSALUD y la SUNAT, estas entidades comunican mediante oficio, a la Presidencia de la Comision Multisectorial la designacion de su representante, en el mismo plazo. Articulo 3º.- De las Funciones La Comision Multisectorial tiene las siguientes funciones: 1. Elaborar y aprobar su reglamento interno; 2. Promover politicas y programas orientados a la implementacion de las Modalidades Formativas Laborales; 3. Evaluar y dar seguimiento de las propuestas normativas referidas a la capacitacion laboral, formacion continua y demanda del MORDAZA de trabajo; 4. Disenar y aprobar los lineamientos estrategicos para garantizar el cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Modalidades Formativas Laborales; 5. Promover la articulacion de los programas sociales del Estado, orientadas a mejorar la empleabilidad, a traves de la capacitacion laboral y la formacion continua; 6. Establecer un mecanismo de monitoreo del cumplimiento de las diversas dependencias intervinientes en la ejecucion de acciones vinculadas a la capacitacion laboral, formacion continua y demanda del MORDAZA de trabajo; y, 7. Las demas que se deducen de la Ley Nº 28518 y su Reglamento. Articulo 4º.- De la Secretaria Tecnica La Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial esta a cargo de la Direccion de Formacion Profesional y Desarrollo de Recursos Humanos de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional. Articulo 5º.- De la Comision Consultiva La Comision Multisectorial podra conformar una Comision Consultiva encargada de brindar asistencia tecnica a la Comision Multisectorial a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, la cual estara conformada por diversos representantes de organismos internacionales. Articulo 6º.- De la acreditacion de los miembros de la Comision Consultiva La acreditacion de los miembros de la Comision Consultiva se efectuara mediante comunicacion escrita del titular de cada institucion, dirigida a la Presidencia de la Comision Multisectorial.

INFORMACION ESTADISTICA TRIMESTRAL EMPRESAS Y ENTIDADES QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE INTERMEDIACION LABORAL CRONOGRAMA DE MORDAZA PERIODOS I TRIMESTRE II TRIMESTRE III TRIMESTRE IV TRIMESTRE FECHAS DE MORDAZA Primera semana de MORDAZA (*) Primera semana de MORDAZA (*) Primera semana de octubre (*) Primera semana de enero (*)

(*) corresponde a los cinco primeros dias habiles del mes de referencia 01010

Crean la Comision Multisectorial de Capacitacion Laboral y Demanda del MORDAZA de Trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 015-2006-TR MORDAZA, 16 de enero de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1125-2005-MTPE/3/11.2, de fecha 3 de setiembre de 2005, de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respecto al ambito del Sector de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa, establece que este consiste, entre otros, en formular, evaluar y supervisar la politica de empleo, formacion profesional, capacitacion para el trabajo y reconversion laboral que se orienta a garantizar la igualdad de oportunidades, concertando para sus fines la asistencia tecnica y financiera por parte de instituciones nacionales publicas, privadas y organismos internacionales; Que, mediante Ley Nº 28518, se aprueba la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, estableciendo en su Cuarta Disposicion Complementaria que a propuesta del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se establecera el mecanismo de coordinacion multisectorial, mediante la creacion de una Comision Multisectorial con el fin de garantizar la eficaz ejecucion de los acuerdos y objetivos enunciados en la Ley, asi como la adopcion de criterios unitarios en torno a su aplicacion; Que, asimismo, el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, dispone en su Tercera Disposicion Final y Complementaria que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo implementara, en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles, la Comision Multisectorial de Capacitacion Laboral y Demanda del MORDAZA de Trabajo para el debido cumplimiento de la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa, de la Directora Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el articulo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la Creacion Crease la Comision Multisectorial de Capacitacion

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