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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2006 (19/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 310509 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de enero de 2006 comunicación a través de la denominada "franjas electorales", cuyos aspectos financieros se encuentran normados en la Ley de Partidos Políticos. Artículo 2º.- Aplicación La presente reglamentación en materia de propaganda electoral regirá, a nivel nacional, hasta lapublicación de los resultados del correspondiente proceso electoral. Artículo 3º.- Base Legal a) Constitución Política del Perú. b) Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Título VIII: De la propaganda electoral. Capítulo. c) Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.d) Ley de Radio y Televisión Nº 28278. e) Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación Nº 24047. f) Ley que declara de interés nacional el inventario, catastro, investigación, conservación, protección y difusión de los sitios y zonas arqueológicas del paísNº 27721. g) Ley de Partidos Políticos Nº 28094: Título V: Democracia interna; Título VI: Del financiamiento de lospartidos políticos. h) Texto Único de Procedimientos Administrativos del JNE, modificado por Resolución Nº 139-2004-P/JNE,aprobado por Resolución Nº 036-2004-P/JNE. Artículo 4º.- Propaganda o publicidad Política Es la actividad relacionada con la política general y sus actores, que pueden ser desde ciudadanos, asociaciones, partidos políticos y hasta gobernantes. Su desarrollo no siempre está vinculado con un proceso electoral determinado; por tanto su finalidad, no se reduce o dirige a obtener un resultado electoralinmediato o a corto plazo; tiene que ver más con la conservación del poder (por parte del gobernante) y, por lo mismo, con la desestabilización y/o participación delpoder (por parte de los ciudadanos, agrupados o no). Artículo 5º.- Propaganda Electoral Ubicada dentro del ámbito de la propaganda política, es toda aquella actividad lícita desarrollada durante los procesos electorales, y como tal encaminada a persuadira los ciudadanos para obtener resultados electorales buscados, a través de la captación de sus votos y con ello aspirar a cargos políticos por elección popular. La propaganda electoral es organizada por las organizaciones políticas y sus candidatos, participantes del proceso electoral, sean partidos políticos,agrupaciones independientes o alianzas; nacionales, regionales o locales, inscritas o en proceso de inscripción, sin perjuicio de la desarrollada por los propios ciudadanosagrupados o no, a través de la promoción de candidatos, difusión y explicación de las propuestas o programas de gobierno, promoción de colores, símbolos, números ysiglas que identifiquen a las organizaciones políticas participantes del proceso, entre otras actividades conexas. Artículo 6º.- Formas de Propaganda o Publicidad Electoral La propaganda electoral es todo aquel conjunto de escritos, imágenes (fotografía, video, dibujos u otra similar) y grabaciones, que pueden ser difundidos,exhibidos o distribuidos a través de los siguientes medios: a) Letreros, carteles, paneles, pancartas y banderas. b) Anuncios luminosos. c) Altoparlantes. d) Boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes o panfletos. e) Camisetas u otra indumentaria. f) Calendarios, pines, llaveros, lapiceros u otros útiles.g) Diarios y revistas periódicas o no. h) Televisión de señal abierta o cerrada. i) Radiodifusión.j) Internet. k) Otros conexos. Artículo 7º.- De la Propaganda Electoral Ilegal Es propaganda electoral ilegal aquella dirigida a provocar la abstención electoral o la que en cualquierforma ofenda o denigre a los adversarios electorales, a las organizaciones políticas y a sus candidatos o que atente contra la dignidad de las personas. Las organizaciones políticas son responsables de los mensajes prohibidos contenidos en su propaganda electoral, o que no se ajusten a los criterios señalados en los artículos precedentes. El Jurado Nacional de Elecciones y, en su caso, los Jurados Electorales Especiales, de oficio o a petición de parte, pueden solicitar la suspensión o retiro de este tipode propaganda, sin perjuicio de las sanciones dispuestas por la Ley Orgánica de Elecciones en su Artículo 389º: "Es reprimido con pena privativa de la libertad no menorde dos años aquél que haga propaganda electoral, cualquiera que sea el medio empleado, en las horas en que está suspendida; o aquél que atente contra la ley,las buenas costumbres, o agravia en su honor a un candidato o a un partido". Artículo 8º.- De la propaganda política y publicidad pública o estatal La difusión de parte del Estado y de cualquier dependencia pública, órgano de gobierno local, autoridad política o pública, de propaganda política y electoral en favor o en contra de cualquier organización política ocandidato está prohibida. La realización, durante períodos electorales, de publicidad estatal o pública en cualquier medio decomunicación público o privado, debe realizarse conforme a la reglamentación especial desarrollada para tal fin por el Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 9º.- De los derechos de difusión de propaganda electoral No se requiere de permiso o autorización alguna de parte de autoridad política o municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno para la difusión de propaganda electoral a través de: a) Exhibición de letreros, carteles, paneles, pancartas, anuncios luminosos y banderas en lasfachadas de los inmuebles o locales de propiedad o posesión de las organizaciones políticas, en la forma que estimen conveniente. b) Instalación de altoparlantes en los locales políticos y en vehículos especiales que gozan de libre tránsito en todo el territorio nacional, de propiedad o posesión de lasorganizaciones políticas. c) Distribución en la vía pública de boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, camisetas, calendarios,llaveros, lapiceros u otros útiles e instrumentos similares o conexos. d) Exhibición de carteles o avisos colocados en predios públicos y privados, previa autorización de los propietarios o de la entidad pública titular de los bienes. e) Emisión de publicidad en los medios de comunicación escritos, audiovisuales e Internet. Artículo 10º.- Igualdad en el acceso a los medios de comunicación para la difusión de propaganda electoral Los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos, tienen la responsabilidad de proporcionar a las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral, sus servicios en forma equitativa. Para tal fin, deberán brindartoda la información y asistencia que se les requiera. En caso que algún medio de comunicación social se negare injustificadamente a contratar la difusión de lapropaganda electoral de alguna organización política, ésta podrá hacer valer sus derechos conforme al artículo 37º de la Ley Nº 28237. Asimismo, comunicará dichadenegatoria al Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que requiera al medio de comunicación los fundamentos de la negativa a contratar. De ser injustificada, dispondráque el medio de comunicación contrate con la organización política afectada. Sin perjuicio de remitir dicha información al Ministerio Público, al Ministerio deTransportes y Comunicaciones y al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual para que actúen conforme a sus atribuciones. Artículo 11º.- De las restricciones de difusión de propaganda electoral La difusión de propaganda electoral en predios públicos y privados; así como en la vía pública se sujeta a las siguientes restricciones y obligaciones: