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PÆg. 310617 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de enero de 2006 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen beneficio de condonación de intereses moratorios y ajustes de tributos municipales correspondientes a períodos vencidos, por su pago alcontado ORDENANZA Nº 226-CDLO Los Olivos, 16 de enero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 001-2006-MDLO-CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributariapara crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstosdentro de su jurisdicción con los límites que señala laLey, en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal cumplefunción normativa a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, con Ordenanza Nº 219-CDLO, de fecha 4 de octubre de 2005, se prorrogó hasta el 31 de diciembredel año 2005 los alcances del beneficio tributariocontenido en los artículos primero y segundo de laOrdenanza Nº 210-CDLO referido a la condonación parcial del 70% del interés moratorio y su capitalización anual de tributos correspondientes a períodos vencidosa la fecha, conforme a lo resuelto en el citado dispositivomunicipal; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) delArtículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de lasMunicipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 226-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 70% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERÍODOS VENCIDOS, POR SU PAGO AL CONTADO Artículo Primero.- OTORGAR hasta el 8 de abril del presente año la CONDONACIÓN PARCIAL del 70% delinterés moratorio y su capitalización anual de tributoscorrespondientes de los períodos vencidos a la fecha,sin considerar el índice de precios al por mayor (I.P.M.)en el caso del Impuesto Predial, por el pago al contado de las deudas tributarias contenidas dentro del período anual correspondiente. Artículo Segundo.- PRECISAR que lo señalado en la presente ordenanza alcanza al pago del ImpuestoPredial, debiendo regirse los tributos de arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo por lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 217-CDLO del 27 de septiembre de 2005. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y ala OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza,a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA su debidaimplementación, y a la SECRETARÍA GENERAL EIMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 01137 Establecen beneficio de condonación de intereses moratorios y ajustes de tributos municipales vencidosmediante la suscripción de conveniosde fraccionamiento ORDENANZA Nº 227-CDLO Los Olivos, 16 de enero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 002-2006-MDLO-CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributariapara crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala laLey, en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto SupremoNº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal cumplefunción normativa a través de Ordenanzas, las mismas que tiene rango de Ley; Que, con Ordenanza Nº 220-CDLO del 4 de octubre de 2005 se prorrogó hasta el 31 de diciembre del año 2005, los alcances del beneficio tributario contenido en los artículos primero y segundo de la OrdenanzaNº 211-CDLO referido a la condonación parcial del 40% del interés moratorio y su capitalización anual de tributos correspondientes a períodos vencidos a la fecha,conforme a lo resuelto en el citado dispositivo municipal; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para quecumplan con la cancelación al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 227-CDLO QUE OTORGA EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Artículo Primero.- OTORGAR hasta el 8 de abril del presente año, el plazo para que los contribuyentessuscriban Convenio de Fraccionamiento por todas lasdeudas tributarias pendientes de pago de períodos