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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2006 (20/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 310616 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de enero de 2006 - Presidencia Regional; le corresponde al Consejo Regional autorizar la salida al exterior de susintegrantes; Que, de conformidad con el artículo 21 inciso o) y 39 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en uso de sus atribuciones; SE ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a los Estados Unidos de Norteamérica al Señor MANUEL VICENTE TELLO CÉSPEDES, Presidente del Gobierno Regionalde Ica a los Estados de San Francisco, Nevada, Seatle,Washington, entre los días del 23 al 27 de enero delpresente año, sin gastos de ninguna especie para laRegión. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los trece días del mes de enero del año dos mil seis. VICENTE TELLO CESPEDES Presidente Regional 01080 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Ratifican la Resolución de Gerencia N” 00016, que aprobó habilitación yconstrucción urbana especialMIVIVIENDA RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00065 Ate, 1 de diciembre de 2005 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El anexo Nº 4589-2005 del codificado Nº 28015- 2005, mediante el cual don PEDRO HERMINIOOTAROLA RAMÍREZ, y su cónyuge doña EDELMIRAVASQUEZ MONTES, solicitan la emisión de una nueva resolución que aclare la Resolución de Gerencia Nº 00016 de fecha 7 de abril de 2004, la cual no fueratificada por la Municipalidad Metropolitana de Limamediante la Resolución Directoral Nº 97-2005-MML-DMDU del 4 de agosto de 2005, señalando que lapresente habilitación urbana incumple con los planes urbanos respecto a los aportes reglamentarios por no respetar lo dispuesto en la Ordenanza MetropolitanaNº 292-MML. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Gerencia Nº 00016 de fecha 7 de abril de 2004, la Municipalidad Distrital deAte aprobó de acuerdo al plano Nº 010-04-SGPUC-GDU/MDA, la habilitación y construcción urbanaespecial MIVIVIENDA, para Uso Residencial deDensidad Media “R-4” del terreno 11,076.00 m2, constituido por el Sublote Nº02, que formó parte del terreno ubicado junto a los lotes 29 y 29A de laLotización la Estrella, ubicado en el distrito de Ate;estableciéndose los aportes reglamentarios deconformidad con el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC. Que, mediante Resolución Directoral Nº 97-2005- MML-DMDU, de fecha 4 de agosto de 2005, la Municipalidad Metropolitana de Lima resuelve NOratificar la Resolución de Gerencia Nº 00016 emitida el7 de abril de 2004 por la Municipalidad Distrital de Ate, porque dicha habilitación urbana incumple con losplanes urbanos respecto a los aportes reglamentarios,por no respetar lo dispuesto en la Ordenanza Metropolitana Nº 292-MML. Que, mediante la Ordenanza Metropolitana Nº 836-MML, publicada el 22 de setiembre de 2005,se aprueban los nuevos aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la provincia de Lima, dejando sin efecto y derogando la Ordenanza Nº 292-MML, estableciéndose en el cuadro Nº 2 los aportespara habilitaciones urbanas especiales del programacon financiamiento del fondo MIVIVIENDA, ycorrespondiéndole para la zona de Residencial de Densidad Media - RDM, los aportes de Recreación Pública 8% y Ministerio de Educación 2%. Que, mediante Informe Legal Nº 2998-2005-GAJ/ MDA, de fecha 15 de noviembre de 2005, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que al haber emitido la Municipalidad Metropolitana de Lima la OrdenanzaNº 836-MML, publicada el 22 de setiembre de 2005,donde se señala que para los casos de programacon financiamiento del Fondo MIVIVIENDA estableceun régimen de aportes reglamentarios que concuerdan con lo que se aprobaron en la Resolución de Gerencia Nº 00016-05, por lo que la observaciónformulada ha quedado subsanada por la propiaMunicipalidad Metropolitana de Lima; debiéndoseemitir la Resolución de Gerencia de DesarrolloUrbano que ratifique la precitada Resolución de Gerencia. Que, mediante Informe Técnico Nº 826-2005-AHU- SGPUC-GDU/MDA, de fecha 25 de noviembre de2005, se señala que el pedido del administrado resulta procedente, al haberse subsanado las observaciones señaladas por la Municipalidad Metropolitana deLima. Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 - Ley Procedimiento Administrativo General, así como deconformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas y por el ReglamentoNacional de Construcciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución de Gerencia Nº 00016 de fecha 7 de abril de 2004 entodos sus extremos, al haberse emitido la OrdenanzaMetropolitana Nº 836-MML publicada el 22 desetiembre de 2005 donde se señala que para los casos de programa con financiamiento del Fondo MIVIVIENDA establece un régimen de aportesreglamentarios que concuerdan con lo que seaprobaron en la precitada Resolución de Gerencia,por lo cual la observación formulada por laMunicipalidad Metropolitana de Lima mediante la Resolución Directoral Nº 97-2005-MML-DMDU de fecha 4 de agosto de 2005, ha quedado subsanadapor la propia Municipalidad Provincial de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en elplazo de 30 días contados a partir de su notificación, a cargo de los interesados. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de sucompetencia, a la Oficina Registral de Lima y Callaopara los efectos de la inscripción, al Ministerio deEducación y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 01099