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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2006 (21/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 112

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G37/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de enero de 2006 procedente la aprobación del "Plan Básico de Desarrollo de Capacidades y de Gestión en el Sector Salud", e indica que al desarrollar capacidades institucionales y de gestión relacionadas con el sector salud, que se desprenden del"Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión del Gobierno Regional", y se debe incluir dentro de los alcances de la Ordenanza Regional Nº 013-2005-REGION CALLAO-CR, mediante otro instrumento de igual naturaleza y jerarquía; Que, la Comisión de Salud, Educación y Cultura, en uso de su función normativa, fiscalizadora y de sus atribuciones consultivas y dictaminadoras previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en elReglamento Interno del Consejo Regional, a través del Dictamen Nº 001-2006-REGION CALLAO-CR-CSEYC, de fecha 17 de enero del 2006, acuerda proponer laaprobación del documento de gestión denominado Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión en el Sector Salud, teniendo en cuenta elInforme Técnico de la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao del día 18 de enero del 2006 con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las atribuciones conferidaspor la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao. El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la inclusión del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión en el Sector Salud del Gobierno Regional del Callao, cuyo texto adjunto, forma parte integrante de la presenteOrdenanza, dentro de los alcances del "Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión del Gobierno Regional", aprobado mediante OrdenanzaRegional Nº 013-2005-REGION CALLAO-CR. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, remita copia debidamente certificadade la presente Ordenanza Regional al Consejo Nacional de Descentralización -CND- para su conocimiento y fines pertinentes y la difusión del enunciado Plan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayorCirculación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional del Callao, a los dieciocho días del mes de enero del 2006. FERNANDO A. GARCÍA HUBY Vicepresidente Encargado del Despacho de la Presidencia 01262 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 001-2006-REGION CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, el Artículo 19º de la Ley Nº 27867 que aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidadeconómica del Gobierno Regional. La norma que los aprueba y los montos de las dietas, se publican obligatoriamente; Que, asimismo el Artículo 39º de la referida Ley, señala que "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano oinstitucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero del 2006, con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867 y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional y el Decreto Supremo Nº 176-2005-EF; ACUERDA: Primero.- APROBAR el monto de la dieta que percibirán los Consejeros Regionales del GobiernoRegional del Callao, por concepto de asistencia efectiva a las sesiones durante el período mensual correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2006,la cual ascenderá al equivalente a una y media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha. Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional cumpla con ejecutar el presente Acuerdo. Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de MayorCirculación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FERNANDO A. GARCÍA HUBY VicepresidenteEncargado del Despacho de la Presidencia 01228 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G49/G73/G72/G61/G65/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0024-2006-GORE-ICA/PR Ica, 17 de enero de 2006VISTO el Acuerdo de Consejo Regional Nº 002-2006- GORE-ICA realizado en Sesión Ordinaria del día 12 de enero de 2006; CONSIDERANDO: Que, el Art. 2º de Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", modificada por la Ley Nº 27902,establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos queirroguen gastos al Tesoro Público, debiendo emitirse la Resolución por la más alta autoridad de la entidad y publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República serádebidamente sustentada en el interés nacional o específico de la Institución, deberá indicar expresamente el motivo y el número días de duración del viaje, el monto de los gastos dedesplazamiento, viáticos, y tarifa Corpac; Que, estando autorizada la visita del Ministro de la Producción a la República de Israel- Tel Aviv acompañadode una misión de empresarios de la actividad privada y autoridades de los Gobiernos Regionales líderes en la exportación, es que por Acuerdo de Consejo RegionalNº 002-2006-GORE-ICA de fecha 12 de enero de 2006, se autoriza el viaje a la República de Israel al Sr. Abog. Eddy Fermín García Mendoza, Vicepresidente delGobierno Regional de Ica, para que visite la ciudad de Tel Aviv, entre los días del 21 al 27 de enero del presente año, en viaje oficial y con todas las prerrogativas de Ley; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 26º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902; y por el Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional de Ica;