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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2006 (22/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 310834 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de enero de 2006 a) Código de inscripción de la OSB. b) Fecha de constitución e inscripción.c) Naturaleza de la OSB.d) Nombre o denominación.e) Domicilio.f) Fecha de inicio de actividades. g) Número de miembros. h) Relación de los integrantes del Consejo Directivo, precisando DNI y Domicilio. i) Fecha de inicio y termino de los cargos dirigenciales. j) Los documentos presentados por la OSB, con la solicitud de inscripción. k) Número de Resolución de Gerencia que reconoce a la OSB. l) Conformidad registral. Artículo 24º.- El Libro de Registro de Organizaciones Sociales de Base contendrá un asiento secundario de inscripción, que se actualizara o modificara los datosque realice la organización con posterioridad a suinscripción en el Registro Municipal, tales como: a) Cambio de nombre o denominación. b) Cambio de domicilio. c) Aumento o disminución del número de miembros.d) Modificatoria de Estatuto.e) Transformación de la forma jurídica que haya adoptado la organización. f) Fecha de disolución de la organización aprobada en Asamblea General. g) Nuevo Consejo Directivo. En todos estos casos se hará constar en el asiento respectivo el número de Resolución de Gerenciacorrespondiente a la reestructuración o nueva elección de consejo directivo. Artículo 25º.- Los actos modificatorios señalados en el artículo precedente serán inscritos, previapresentación de la copia autenticada por el fedatariomunicipal o legalizada por el Notario Público, del Acta de Asamblea General donde se tomó el acuerdo correspondiente, emitiéndose la Resolución de Gerenciarespectiva. Artículo 26º.- La Gerencia de Participación Vecinal otorgara las credenciales respectivas a los nuevosdirigentes de las OSB, indicando el periodo de vigencia de mandato. TÍTULO VI DE LA IMPUGNACIÓN A LAS OSB Artículo 27º.- En cualquier impugnación que presenten los miembros de una OSB, la Gerencia deParticipación Vecinal emitirá los informes respectivos teniendo en cuenta las normas internas de organización y la legislación vigente. Artículo 28º.- Mientras subsista la impugnación o reclamo, no se registrara a la OSB o los actasmodificatorios señalados en el Art. 24º de la presenteordenanza. Artículo 29º.- El Gerente de Participación Vecinal resolverá el reclamo de impugnación presentada, previaopinión de la Subgerencia de Organizaciones Sociales yde Base, evaluando los informes indicados. Artículo 30º.- La Resolución que emita la Gerencia de Participación Vecinal, podrá ser reconsiderada ante la misma instancia o apelada en segunda instancia ante el Alcalde, a fin de que sea resuelta. DISPOSICIÓN FINAL Artículo Único.- Queda sin efecto cualquier norma que se oponga a la presente ordenanza. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 01263MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SÓCOTA Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidadpara el Aæo Fiscal 2006 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 002-2006-MDS Sócota, 11 de enero de 2006 VISTO: El Informe Nº 004-2006-MDS-ADM, presentado por la Gerencia Administrativa, solicitando la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Sócota para el ejercicio Presupuestal del año 2006. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993, establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas, conforme a Ley, son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 25º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004- PCM, Reglamento de dicha Ley, establecen que cada entidad deberá elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la información, el que debe de prever el tipo de bienes y servicios que requerirán durante el año fiscal 2006; Que la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado norma y regula el proceso presupuestario, los criterios técnicos y operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera y la Ley Nº 28652 que aprueba el Presupuesto para el Sector Público - Año Fiscal 2006, establece los montos y límites a tener en cuenta para las adquisiciones y contrataciones de bienes, suministros, servicios y consultorías; Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, determina que es función de la Entidad Municipal formular, evaluar, supervisar y en su caso, ejecutar las políticas sobre construcción, mejoramiento, conservación y rehabilitación de la infraestructura de la zona de su competencia; Estando a lo dispuesto, con la aprobación unánime del Cuerpo Edilicio en Acuerdo de Concejo Nº 02-2006 de fecha 9 de enero de 2006, y de conformidad con las facultades conferidas por los Arts. 9º y 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Sócota, para el Año Fiscal 2006, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual, se remitido al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME- y por los medios de comunicación más rápidos y en el plazo que establece la Ley. Artículo 3º.- Encargar a las unidades orgánicas responsables de la planificación y ejecución de los procesos de adquisiciones y contrataciones, el cumplimiento de la presente resolución, adicionalmente, el Plan Anual estará a disposición de los interesados en las oficinas de tesorería de la Municipalidad al precio del costo de su reproducción. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JOSÉ FERNÁN DUÁREZ DÍAZ Alcalde Distrital 01258