Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Provincial de Satipo
RESOLUCION Nº 027-2006-JNE Expediente Nº 426-2005 MORDAZA, 19 de enero de 2006 VISTO el expediente sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de Satipo, departamento de MORDAZA, que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinos, remitido el 29 de diciembre de 2005 por la Alcaldesa de dicha Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el inciso 1) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el cargo de MORDAZA o regidor se declara vacante por el Concejo Municipal en caso de muerte; Que, con la Partida de Defuncion cuya MORDAZA certificada corre a fojas 02, se acredita que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinos fallecio el 3 de diciembre de 2005; Que, en sesion extraordinaria del 21 de diciembre de 2005, segun MORDAZA certificada de la respectiva acta corriente de fojas 03 a 05, el Concejo Provincial de Satipo se pronuncio respecto de la vacancia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinos al cargo de regidor de dicho municipio; Que, conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia de un Regidor, debera convocarse al candidato suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo llamar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Hilfreich candidata no proclamada de la organizacion politica nacional "Unidad Nacional", segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Satipo, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Hilfreich para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Satipo, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, otorgandosele la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 01411

CONSIDERANDO: Que el apelante sostiene que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ausento de la jurisdiccion municipal por mas de 30 dias consecutivos a partir del 19 de agosto al 6 de diciembre de 2004, tiempo que estuvo en Estados Unidos de Norteamerica y, que a pesar de haber sido validamente notificado para que presente documentos que acrediten su situacion medica por la cual fue suspendido por 111 dias, los mismos nunca fueron presentados ante el Concejo Distrital de MORDAZA Grande ni valorados por el mismo, incurriendo asi en la causal de vacancia contenida en el articulo 22º, inciso 4 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, sobre ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de 30 (treinta) dias consecutivos, sin autorizacion municipal; Que el mencionado regidor solicito en MORDAZA del 2004 una licencia por 30 dias, amparandose en el articulo 25º, inciso 2 de la acotada Ley, para viajar al extranjero por motivos familiares, la cual fue aprobada en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 016-2004-MDCG y concedida a partir del 19 de MORDAZA de 2004; Que asimismo, con fecha 2 de setiembre de 2004, solicito se le aplique una suspension temporal en su cargo de 4 (cuatro) meses, debido a habersele detectado un mal hepatico, identificado como Hepatitis "B" Superficie (HBs) a traves de los resultados emitidos por el Centro de Salud "Rosa MORDAZA de Santillan" y del Certificado Medico emitido por el Colegio Medico del Peru. Consejo Regional I, que obran respectivamente en fojas 46 y 47, solicitando dicho plazo para poder aplicarse el tratamiento y tomar el reposo prescrito tanto por el medico en el Peru como en Estados Unidos; suspension que fue aprobada en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 027-2004-MDCG, de fecha 5 de noviembre de 2004, por la causal de incapacidad fisica, durante 111 dias, contados a partir del 19 de agosto y venciendo el 7 de diciembre del 2004; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 024-2005MDCG, de fecha 22 de setiembre de 2005, que obra de fojas 127 a 135, se declaro infundado el pedido de vacancia del cargo del regidor MORDAZA mencionado, decision que es materia de apelacion ante este Colegiado; Que, se desprende de autos que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue autorizado por el Concejo a ausentarse del 19 de agosto al 7 de diciembre del 2004, dado que el mismo acordo por unanimidad su suspension como regidor por ese lapso de tiempo, por lo cual no se cumpliria el supuesto de hecho contenido en el articulo 22º, inciso 4 de la Ley Organica de Municipalidades citada, sobre ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de 30 (treinta) dias consecutivos, sin autorizacion municipal; Que, no obstante, es importante senalar que del analisis del expediente se desprende que el Concejo no ha tramitado la mencionada suspension del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA conforme al articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades ni a la Resolucion Nº 0342004-JNE, en el sentido de haber solicitado al MORDAZA Nacional de Elecciones a fin de que convoque y que proceda a la entrega de credenciales provisionales al reemplazante del regidor suspendido, por lo que si bien en los casos de suspension de sus miembros el Municipio resuelve en instancia unica, conforme lo dispuesto en el articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades, este Colegiado en resguardo del bien publico considera pertinente poner estos hechos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica a efecto de que se MORDAZA las verificaciones del caso en cuanto a aspectos administrativos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la apelacion inter puesta por MORDAZA Troncoso Mantilla; y en consecuencia confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 0072005-MDCG, adoptado en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 027-2004-MDCG, que declara infundado el pedido de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chavarry. Articulo Segundo.- Remitir a la Contraloria General de la Republica, las copias certificadas pertinentes respecto a las irregularidades administrativas

Confirman Acuerdo del Concejo Distrital de MORDAZA Grande que declara infundado pedido de vacancia de Regidor
RESOLUCION Nº 028-2006-JNE Expediente Nº 370-2005 MORDAZA, 19 de enero de 2006 VISTA la apelacion interpuesta por MORDAZA Troncoso MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 007-2005MDCG, que declaro infundado el pedido de vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Grande, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chavarry;

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