Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2006 (28/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

MORDAZA, sabado 28 de enero de 2006

Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto de la provincia de Contralmirante MORDAZA del departamento de Tumbes, cargo considerado de confianza; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y, Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN del 22 de MORDAZA del 2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha a MORDAZA Rumilda BOULANGGER DE MORDAZA como Subprefecto de la provincia de Contralmirante MORDAZA del departamento de Tumbes, cargo publico considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 01789

"Articulo 2º.- Participacion de otras entidades estatales Mediante resolucion de sus respectivos Titulares, el Poder Judicial, el Ministerio Publico, la Defensoria del Pueblo y la Contraloria General de la Republica podran designar un representante cada uno ante el Grupo de Trabajo." 01792

PRODUCE
Otorgan permiso de pesca a armador para operar embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-2006-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 12 de enero del 2006 Visto los escritos de registro N° 00043226 de fechas 05 de diciembre del 2005, 4 y 11 de enero del 2006, presentado por don MORDAZA CARCOVICH MORDAZA en representacion del senor MORDAZA MORDAZA LOURIDO PONCE; CONSIDERANDO:

JUSTICIA
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 004-2006-JUS Mediante Oficio Nº 032-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 004-2006-JUS, publicada en la edicion del dia 26 de enero de 2006. DICE: "Articulo 1º.- Conformacion de Grupo de Trabajo Constituyase el Grupo de Trabajo que elaborara el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion, el cual estara integrado por: a) Un representante del Ministerio de Justicia, quien lo presidira; b) Un representante de la Comision Nacional de Lucha contra la Corrupcion y Promocion de la Etica y Transparencia en la Gestion Publica y en la Sociedad, quien actuara como Secretario Tecnico; c ) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; d) Un representante de la Policia Nacional del Peru; e) Un representante del Ministerio de Educacion." DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Conformacion de Grupo de Trabajo Constituyase el Grupo de Trabajo que elaborara el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion, el cual estara integrado por: a) Un representante del Ministerio de Justicia, quien lo presidira; b) Un representante del Consejo Nacional Anticorrupcion, quien actuara como Secretario Tecnico; c ) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; d) Un representante de la Policia Nacional del Peru; e) Un representante del Ministerio de Educacion." DICE: "Articulo 2º.- Participacion de otras entidades estatales Mediante resolucion de sus respectivos Titulares, el Poder Judicial y el Ministerio Publico podran designar un representante cada uno ante el Grupo de Trabajo."

Que el inciso c), del articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los articulos 44° y 45° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del articulo 48° de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE del 4 de noviembre de 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, don MORDAZA CARCOVICH MORDAZA en representacion del senor MORDAZA MORDAZA LOURIDO MORDAZA, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "EDU", de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "EDU" cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de

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