Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2006 (17/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2006

Reglamento, establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o mas informes tecnico-legales previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. MORDAZA de dichas Resoluciones y el informe que las sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de conformidad con lo senalado en el citado articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 148º de su Reglamento, las adquisiciones o contrataciones se realizaran en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vias Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 978-2005-MTC/09, el Concurso Publico para la contratacion del servicio de consultoria para la inspeccion y evaluacion de los componentes de la estructura metalica del MORDAZA metalico colgante Presidente MORDAZA Billinghurst que se encuentra almacenada en el Aeropuerto MORDAZA Aldamiz de Puerto MORDAZA, y en el Aeropuerto de la Base Aerea de La Joya, en MORDAZA, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar como servicios personalisimos la contratacion de la empresa WAAGNER-BIRO BRUCKENBAU AG de Austria para la prestacion del servicio a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por la suma S/. 569,530.49 (quinientos sesenta y nueve mil quinientos treinta y 49/100 nuevos soles) incluyendo impuestos y gastos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 3º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del MORDAZA de Concurso Publico a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El plazo de vigencia del contrato sera de 60 (sesenta) dias calendario, contados a partir de su suscripcion. Articulo 5º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transpor te Nacional - PROVIAS NACIONAL la contratacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion mediante acciones inmediatas de conformidad con lo establecido en el articulo 148º del

Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. Articulo 6º.- La contratacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 007- Pro Vias Nacional. Articulo 7º.- La presente Resolucion, asi como los Infor mes Tecnicos Nºs. 007 y 012-2005-MTC/20 SUBGEP de la Subgerencia de Estudios y Proyectos, los Informes Tecnicos Nºs. 030 y 047-2005-MTC/20LBM de la Gerencia de Estudios y Proyectos del PROVIAS NACIONAL y el Informe Legal Nº 265-2006MTC/08, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 8º.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial debera publicarse tambien a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 02834

Aprueban Addendas a Contratos de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion de Tramos Viales Nºs. 2 y 3 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2006-MTC/01 MORDAZA, 16 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 23.6.05, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion de las obras y mantenimiento de los Tramos Viales del "Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil" en el Tramo 2 al Consorcio CONCESIONARIO INTEROCEANICA URCOS -INAMBARI; Que, el 4.8.05 se suscribio el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 2 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de concedente y la empresa ganadora de la buena pro CONCESIONARIA INTEROCEANICA SUR-TRAMO 2 S.A., en calidad de concesionaria; Que, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 1 al citado Contrato de Concesion, para cuyo efecto de conformidad con lo previsto en la Seccion XVII del mismo, se solicito la opinion de OSITRAN; Que, en tal sentido, con Oficio Circular Nº 102-05GG-OSITRAN, complementado con el Oficio Circular Nº 002-06-GG-OSITRAN, el Organismo Regulador remite MORDAZA del Acuerdo Nº 720-191-05-CD-OSITRAN mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN en su Sesion del 23.11.05 acordo aprobar el Informe Nº 042-05-GRE-GALOSITRAN, en el cual se emite opinion tecnica sobre la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en el citado informe tecnico, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de concedente, y CONCESIONARIA INTEROCEANICA SUR-TRAMO 2 S.A., en su calidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Addenda Nº 1 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM;

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