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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2006 (06/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323032El Peruano jueves 6 de julio de 2006 de producción y desarrollo de competitividad); en lo concerniente a la Autoridad Administrativa en materia de la convención CITES;y constituir la primera instancia administrativa. Debiendo en todoslos casos contar con la disposición expresa de la Presidenciadel CONACS para ejercer tal representación. e. En coordinación y con disposición de la presidencia del CONACS facilitará, apoyará, asesorará y coordinará con LosGobiernos Regionales y Locales, las acciones que les permitan adichos gobiernos lograr el desarrollo de las comunidades altoandinas cuya principal actividad económica es la conservación,manejo y aprovechamiento de las camélidos sudamericanos. f. Otras que se le asignen. TÍTULO V DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 40º.- Relaciones Interinstitucionales El CONACS mantiene relaciones de coordinación y cooperación Inter.-institucional con organismos públicos yprivados, nacionales e internacionales, cuyas actividadessean compatibles con sus fines y objetivos, en el marco delas disposiciones legales vigentes. TÍTULO VI DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 41º.- Régimen Laboral Los trabajadores del CONACS están sujetos al régimen laboral de la actividad privada, normado por el Decreto LegislativoNº 728 y normas modificatorias, complementarias y conexas,cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante DecretoSupremo Nº 003-97-TR; el mismo que progresivamente se adecuara al régimen laboral aplicable a la administración publica, conforme a las normas que se dicten respecto a la materia. Artículo 42º.- Reglamento interno de trabajo Los derechos, deberes, obligaciones y régimen disciplinario del personal del CONACS, son establecidosen el Reglamento Interno de Trabajo que es aprobado enel marco de la normatividad vigente. TÍTULO VII DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 43º.- Pliego Presupuestario El CONACS constituye un Pliego Presupuestario, sujeto a las normas presupuestarias aplicables al Sector Público. Artículo 44º.- Recursosa) Las transferencias corrientes y de capital del Tesoro Público consignadas en los presupuestos anuales delSector Público. b) Los provenientes de convenios celebrados con instituciones nacionales y extranjeras, así como conorganismos internacionales. c) Los que provengan de sus activos dados de baja.d) Los provenientes de convenios de conversión de deuda por donación, previamente aprobados por elMinisterio de Económica y Finanzas. e) Los provenientes de donaciones; y;f) Otros recursos que pueda captar en cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a Ley. MINISTERIO DE AGRICULTURA CONSEJO NACIONAL DE CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Dirección de Conservación de Camélidos Sudamericanos Oficina de Administración Órgano de Control Institucional Dirección de Desarrollo Productivo de Camélidos Sudamericanos Dirección de Promoción de la Competitividad de los Camélidos Sudamericanos y sus Productos Derivados. Coordinadoras Regionales PRESIDENCIA EJECUTIVA Secretaría General Oficina de Planeamiento, presupuesto y Desarrollo Institucional. Oficina de Asesoría Jurídica Comisiones Técnicas CONSEJO DIRECTIVO * Comisiones Ad Honorem 116874*