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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 6 de julio de 2006 323035REPUBLICADELPERU DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F /G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61 /G42/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G73/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 280-2006-DE/FAP Lima, 27 de junio de 2006 Visto el Oficio 190-EMAI-Nº 0525 del 9 de junio de 2006 del Jefe del Estado Mayor General de la FuerzaAérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a laRepública del Ecuador, del 2 al 8 de julio de 2006, delPersonal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva,con la finalidad que participen en la II Reunión de EstadoMayor General entre las Fuerzas Aéreas del Perú y Ecuador,a realizarse en la ciudad de Quito, por cuanto losconocimientos y experiencias a adquirirse redundarán enbeneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito decompetencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el viaje en comisión de servicio se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF-2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG del 10 de febrero de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa,Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sumodificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 006-2006del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República del Ecuador, del 2 al 8 de juliode 2006, del Personal Militar FAP que se indica acontinuación, con la finalidad que participen en la IIReunión de Estado Mayor General entre las FuerzasAéreas del Perú y Ecuador, a realizarse en la ciudad deQuito: Teniente General F AP MENGONI VICENTE Augusto Venancio Coronel F A P R ODRIGUEZ PAJARES Carlos Elias Comandante F A P IGLESIAS LEON Carlos Ismael. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 600.00 x 3 personas Viáticos: US$ 200.00 x 7 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sinexceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación.Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasEncargado del Despacho delPresidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 11790 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2006-DE/FAP Lima, 27 de junio de 2006 Visto el Oficio S-200-DIPL-Nº 0736 del 8 de junio de 2006 del Director de Inteligencia de la Fuerza Aérea delPerú y Mensaje SGFA-120921 de junio de 2006 delSecretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a laRepública del Ecuador, del 2 al 8 de julio de 2006, delPersonal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva,con la finalidad que asistan a la X Conferencia Bilateral deInteligencia entre las Fuerzas Aéreas de Ecuador y Perú, arealizarse en la ciudad de Quito, por cuanto losconocimientos y experiencias a adquirirse redundarán enbeneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito decompetencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el viaje en comisión de servicio se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF-2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG del 10 de febrero de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, LeyNº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM defecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el DecretoSupremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 yDecreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República del Ecuador, del 2 al 8 de juliode 2006, del Personal Militar FAP que se indica acontinuación, con la finalidad que asistan a la X ConferenciaBilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aéreas deEcuador y Perú, a realizarse en la ciudad de Quito: Coronel F A P TIP A HID ALGO Rolando Mayor F AP NIETO OCAMPO Guillermo Roberto Mayor F AP CHA VEZ ALVAREZ Felix Enrique. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 487.08 x 3 personas Viáticos: US$ 200.00 x 7 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sinexceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004.