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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2006 (07/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323178El Peruano viernes 7 de julio de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero .- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº PT-01 y la Memoria Descriptiva correspondiente, la RECEPCIÓN DE OBRAS DEHABILITACIÓN URBANA ejecutadas por Inmobiliaria Kainos S.A.C en el terreno de su propiedad de 71,916.52 m2, constituido por la Sección Nº 1 que formó parte deun área de 239,060 m2 ubicado con frente a la Avenida La Marina esquina con Avenida Brígida Silva de Ochoa del distrito de San Miguel, provincia y departamento deLima. Artículo Segundo .- Determinar las áreas de la habilitación de acuerdo al siguiente detalle: MANZANA A LOTE 1 55, 954.26 m2. MANZANA B LOTE 1 3 ,651.50 m2. APORTES SERPAR LOTE 2 3 ,595.82 m2. APORTES EMILIMA LOTE 3 2 ,157.50 m2. APORTES MDSM LOTE 4 1 ,438.33 m2. TOTAL 10,843.15 m2. ÁREA ÚTIL 66,797.41 m2 ÁREA DE VÍAS Y PLAZUELA 5,119.11 m2 ÁREA BRUTA TOTAL 71,916.52 m2. Artículo Tercero.- Transcribir a la Municipalidad Metropolitana de Lima para los efectos de su conocimiento y a la oficina Registral de Lima y Callao para suinscripción. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, enun plazo máximo de 30 días calendario de su notificación, por cuenta de los interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIO F . ECHAZU PERALTA Gerente Gerencia de Desarrollo Urbano 11775 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G44/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN Nº 366-2006-RASS Santiago de Surco, 4 de julio de 2006 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 001-2006-CEPAD-MSS de fecha 24 de enero del 2006, sobre procedencia de apertura de Proceso Administrativo Disciplinario contra el abogado Víctor Miguel Hiyo Lozada, ex funcionario de laCorporación; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 024-2006-GM-MSS emitido por el Gerente Municipal, se da cuenta de unasupuesta violación del Art. 7º de la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva en el que habría incurrido el abogado Víctor Hiyo Lozada cuandoocupaba el cargo de Ejecutor Coactivo Tributario; debiendo precisar, que dicho artículo en su segundo inciso, último párrafo establece que "el EjecutorCoactivo ejerce su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva"; Que, conforme se desprende del Oficio Nº 089-2005- GM-MSS de fecha 6 de diciembre del 2005, remitido a laCorte Superior de Lima, la Gerencia Municipal solicitó conocer si el indicado profesional con ColegiaturaNº 13606 venía participando en el patrocinio de procesos judiciales; por su parte la Corte Superior de Justicia de Lima a través del Oficio Nº 052-2006-P-CSJLI/PJ,contesta en referencia al Oficio enviado por la Municipalidad, informando la participación de don Víctor Miguel Hiyo Lozada como abogado del codemandanteJosé Antonio Humire Zamora en el proceso de Separación Convencional signado con el Nº 183510- 2000-01259-0; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 30-12-2005- 10JFL, el Décimo Juzgado de Familia de Lima se pronuncia señalando, que en dicho proceso el abogadoVíctor Miguel Hiyo Lozada ha participado en forma ininterrumpida en el período del 23 de septiembre del año 2004 hasta el 27 de abril del 2005, acompañandopara tal efecto 05 copias debidamente certificadas de escritos autorizados por el mencionado abogado; declaraciones que confirman el hecho que el citado exfuncionario venía ejerciendo el patrocinio conjuntamente con el cargo de Ejecutor Coactivo Tributario de esta Municipalidad; teniendo en cuenta,que el ex funcionario aludido fue designado en dicho cargo desde el 18 de marzo del 2004 mediante Resolución Nº 238-2004-RASS, hasta el 26 de enerodel 2006 que se acepta su renuncia mediante Resolución Nº 50-2006-RASS; Que, estando a lo antes expresado y teniendo en cuenta lo establecido por el Art. 7º de la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, se concluye que el abogado Víctor Miguel Hiyo Lozada, exEjecutor Coactivo Tributario de la Corporación habría actuado inobservando la norma antes citada, toda vez que, la comunicación efectuada por el Poder Judicialmuestra la existencia del patrocinio en un caso privado en forma simultánea al ejercicio de Ejecutor Coactivo Tributario de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, por otro lado se aprecia de los hechos expuestos, la existencia de una falta de índole disciplinaria, toda vez que al haberse actuado inobservando lodispuesto en el Art. 7º de la Ley Nº 26979, se ha incurrido en lo dispuesto por el Art. 28º de la Ley de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público -aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, el mismo que preceptúa, que constituye falta de carácter disciplinario el incumplimiento de las normas establecidas por la Ley; Que, de conformidad al artículo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el ProcesoAdministrativo Disciplinario será instaurado por resolución del titular de la entidad; Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6. de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y estando al Informe Nº 002-2006- CEPAD-MSS y al Acta de la Comisión Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios; RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al abogado Víctor Miguel HiyoLozada, ex funcionario de la Corporación (ex Ejecutor Coactivo Tributario), conforme a los hechos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- NOTIFICAR al interesado para que dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación formule sudescargo por escrito y presente pruebas que estime pertinente para su defensa, conforme se encuentra dispuesto en el artículo 169º del Reglamento de la Leyde Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 11773