Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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reconocen e integran en las instancias territoriales mas afines a su ambito de participacion. Asimismo pueden formar redes entre ellas a fin de participar en las diferentes instancias de coordinacion local. TITULO IV DE LA FORMALIZACION E INSCRIPCION DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES CAPITULO I FORMALIZACION, CLASIFICACION Y CARACTER Articulo 20º.- DE LA FORMALIZACION La participacion de los vecinos se materializa por su pertenencia a una o mas organizaciones territoriales o funcionales por el mero hecho de su residencia en el distrito. Cualesquiera sea la forma de organizacion que adopten deben formalizar su funcionamiento y adecuacion a la presente Ordenanza a fin de contar con derechos y deberes plenos en el MORDAZA del Sistema de Participativa Vecinal. Articulo 21º.- CLASIFICACION Se considera Organizaciones Sociales Basicas a: a) Organizaciones Territoriales Es aquella que agrupa a los vecinos en sus respectivas agrupaciones de vivienda y pueden adoptar entre otras, las siguientes denominaciones: a) Comite de pobladores; b) Asociacion de pobladores; c) Asociacion de Vivienda; d) Cooperativa de Vivienda; e) Asociacion de Propietar ios; f) Asociacion de Parceleros; g) Juntas y Comites Vecinales; h) Centros Poblados Rurales (CPRs); i) Asentamientos Humanos; j) Cualquier otro reconocido por la Ley o por la costumbre. b) Organizaciones Funcionales Son aquellas que se organizan y tienen funciones especificas relacionadas con actividades sociales, pueden entre otras, adoptar las siguientes denominaciones: a) Clubes de Madres; b) Comites de Vaso de Leche; c) Comedores Populares Autogestionarios; d) Cocinas Familiares; e) Organizaciones femeninas; f) Centro MORDAZA Infantil; g) Organizaciones deportivas; h) Organizaciones culturales; i) Organizaciones juveniles; j) Apafas; k) Organizaciones de comerciantes formales; l) Organizacion de Empresarios residentes en el distrito; m) Juntas de regantes; n) Organizaciones de agricultores; o) Organizaciones de comerciantes informales; p) Organizaciones de discapacitados; q) Organizaciones empresariales; r) Organizaciones de promocion de la salud; s) Organizaciones de conservacion del ambiente; t) Organizaciones religiosas; u) Otras Asociaciones, Fundaciones y Comites que no se encuentran comprendidas en alguna de las Organizaciones sociales de base funcionales senaladas en los incisos anteriores. CAPITULO II DEL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE Articulo 22º.- DEFINICION Y REGISTRO Toda Organizacion Social de Base para fines de tener expeditos los derechos de participacion a los que se refiere la presente Ordenanza debera realizar su inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales del Distrito de MORDAZA (RUOs.) La Gerencia de Participacion Vecinal o quien haga sus veces, abrira el Registro MORDAZA senalado y se encargara del reconocimiento y registro de las organizaciones sociales basicas a que refiere la

presente ordenanza. El acto administrativo otorga personeria vecinal y lo habilita a ejercer sus derechos de participacion ante cualquier estamento social. Articulo 23º.- RECONOCIMIENTO Las Organizaciones Sociales para obtener su reconocimiento y registro deberan presentar ante la Gerencia de Participacion Vecinal o quien haga sus veces, la documentacion que indique el TUPA. Articulo 24º.- ESTADISTICA La Gerencia de Participacion Vecinal llevara las Estadisticas de las Organizaciones Sociales reconocidas y registradas, asi como los actos que realicen con posterioridad a su registro de conformidad a la presente Ordenanza. TITULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- CRONOGRAMA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - EQUIPO TECNICO El titular del Pliego mediante Decreto de Alcaldia dispone el Cronograma del MORDAZA participativo y la conformacion del Equipo Tecnico, a mas tardar en el mes de MORDAZA de cada Ejercicio Fiscal. Segunda.- FASES DEL MORDAZA PARTICIPATIVO Las fases del MORDAZA participativo que se establece son: 1. Preparacion; 2. Convocatoria; 3. Identificacion de Agentes de Participacion; 4. Capacitacion de Agentes Participantes; 5. Talleres de Trabajo (Vision local ­ Objetivos Estrategicos Concertados - Criterios de Priorizacion - Acciones a Concertar - Responsabilidades); 6. Evaluacion Tecnica; 7. Formalizacion de Acuerdos; 8. Rendicion de Cuentas. Tercera.- FACULTAD REGLAMENTARIA El Titular del Pliego mediante Decreto de Alcaldia debe implementar y dictar las acciones complementarias de la presente norma. Cuarta.- EFECTO DEROGADOR Deroguese y/o dejese en suspenso cualquier MORDAZA que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo Primero.- APROBAR el MORDAZA normativo del Sistema de Participacion Vecinal, Desarrollo Zonal, y el MORDAZA Participativo del Presupuesto Institucional del Distrito de MORDAZA, el cual consta de IV Titulos, Veinticuatro 24 articulos, cuatro D i s p o s i c i o n e s Tr a n s i t o r i a s, c o m p l e m e n t a r i a s y Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el MORDAZA de implementacion y cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencias, organizaciones comprendidas, y poblacion en general. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- DISPENSAR del tramite de lectura de aprobacion del Acta, para su entrada en vigencia desde el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 11777

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