Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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LICA DEL P E

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323170

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

D) DE LOS CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO - Los contribuyentes que tengan fraccionamiento de pago vencidos y/o Resoluciones de Perdida de Fraccionamiento podran acogerse al beneficio del descuento de la totalidad del interes de fraccionamiento solo en el caso de que el contribuyente cancele el integro de las cuotas pendientes de pago dentro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. - Los contribuyentes que esten al dia y cancelan por adelantado el intregro de las cuotas por vencer tendran un descuento del 20%. E) DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS: - Las Resoluciones de Sancion Administrativa producto de las transgresiones a las normas municipales que no superen de manera acumulada los S/ 1000 nuevos soles, el monto a cobrar sera el 10% del monto adeudado. - Las Resoluciones de Sancion Administrativa producto de las transgresiones a las normas municipales que superen de manera acumulada los S/ 1001 a mas nuevos soles el monto a cobrar sera el 5% del monto adeudado. - Las Resoluciones de Sancion Administrativa que MORDAZA objeto de expedientes de reconsideracion y/o apelacion podran ser consideradas en este beneficio previo desistimiento de recurso de impugnacion respectivo, mediante una solicitud simple donde el solicitante manifestara de manera expresa y formal su desistimiento de la pretension y procedimiento en tramite. Articulo 6º.- RECURSO DE RECLAMACION O APELACION EN TRAMITE Tratandose de contribuyentes que tengan pendiente recursos de reclamacion o de apelacion, podran acogerse al Beneficio Especial establecido en la presente Ordenanza, presentando MORDAZA original y MORDAZA fedateada del recurso de desistimiento de la impugnacion formulada. Articulo 7º.- DEL RECONOCIMIENTO DE LAS DEUDAS Queda entendido que los contribuyentes acogidos al presente Beneficio reconocen expresamente sus obligaciones pendientes materia de regularizacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas incluidas en dicho beneficio. Articulo 8º.- DE LOS BENEFICIOS DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS Los contribuyentes que regularicen con la MORDAZA de la Declaracion Jurada por la transferencias de inmuebles o la no declaracion de ampliaciones (aumento de valor), modificaciones y rectificaciones, se le condonara el 100% de las Multas Tributarias, moras e intereses que hayan sido generadas por este concepto, para lo cual deberan previamente regularizar el pago de sus deudas tributarias. Articulo 9º.- CONTRIBUYENTES EN MORDAZA DE ACTUALIZACION CATASTRAL Aquellos contribuyentes que se encuentren dentro del MORDAZA de actualizacion catastral y que regularicen su situacion tributaria se acogeran a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- CONTRIBUYENTES EN PROCESOS DE FISCALIZACION Los contribuyentes que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion y que tengan deudas tributarias que hayan sido determinadas por acciones de Fiscalizacion ejercitadas al MORDAZA del articulo 62º del Codigo Tributario, tambien se encuentran dentro de los alcances de los beneficios que aprueba la siguiente Ordenanza. Articulo 11º.- PAGO DE COSTAS PROCESALES El presente beneficio otorga de manera excepcional la condonacion del 100% de las costas procesales y gastos administrativos generados por el inicio del MORDAZA coactivo.

Articulo 12º.- GARANTIAS Las garantias que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad asi como las medidas preventivas trabadas, se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria salvo que el contribuyente las sustituya por otras a satisfaccion de la administracion. Articulo 13º.- Encarguese a las Gerencias de Rentas, Administracion, Unidades de Informatica, Tesoreria, Logistica y Par ticipacion Vecinal, el cumplimiento de la presente ordenanza en los que les corresponda y a Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones su publicacion y difusion respectiva. DISPOSICION FINAL UNICA.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas complementarias y ampliatorias de fecha para la ejecucion de la presente Ordenanza de ser el caso. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 11824

Aprueban Ordenanza que regula el estacionamiento vehicular en edificaciones en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 201-MJM MORDAZA MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 006-2006MJM-CDUV de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Vial; con el MORDAZA unanime de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente : ORDENANZA QUE REGULA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo Primero.- La ordenanza regula el numero de estacionamientos vehiculares requeridos obligatoriamente en todo terreno donde se desarrolla una edificacion en la solucion de proyectos de tramites de Licencia de Obra y/o de Funcionamiento en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza es de aplicacion para toda persona natural o juridica que pretenda realizar obras de Construccion Nuevas, Ampliaciones, Remodelaciones, Reparaciones, Acondicionamientos y Puestas en Valor y/o Regularizaciones dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA Maria. Asimismo, tiene alcances para su aplicacion en los tramites en materia de Licencias de Funcionamiento. CAPITULO II DE LAS NORMAS SOBRE ESTACIONAMIENTO Articulo Tercero.- El numero de estacionamientos se establecera de acuerdo a la zonificacion y uso del predio, segun se detalla a continuacion:

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