Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2006 (07/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 7 de julio de 2006 323169REPUBLICADELPERU que dispuso la Ratificación de la Adjudicación de Derechos en favor del proyecto denominado ComplejoTurístico Playa Barranquito de la empresa GRESCO S.A., propietaria del retaurante "CALA"; Que, respecto a dicha obra, la Presidencia mostró su preocupación por el inicio de obras del espigón que permitirá ganar los terrenos al mar, los que servirán para la construcción del malecón y la ciclovía correspondiente; Que, de acuerdo con el Informe Técnico Nº 02-2005/ APCV/ST/BVT, que sustentó el otorgamiento de la Constancia de Compatibilidad de Proyecto Definitivo, sedejó constancia de las recomendaciones efectuadas a la empresa GRESCO S.A. en su oportunidad, tales como la necesidad de construir un espigón para ganar terrenoal mar, construcción del malecón, la reserva de área con fines de ensanche de la vía, respetar la sección establecida para el Pasaje Peatonal; Que, de acuerdo a los artículos 10º y 13º de la Ordenanza Nº 750 es función de la Autoridad del Proyecto Costa Verde supervisar el desarrollo integral ysostenido de la Costa Verde, así como solicitar los informes correspondientes; Que, el Consejo Directivo luego de un amplio intercambio de opiniones, acordó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Reiterar al Concejo Distrital de Barranco la parte pertinente del Informe Técnico Nº 02- 2005/APCV/ST/BVT, de fecha octubre de 2005, quesustentó la Constancia de Compatibilidad de Proyecto Definitivo, del proyecto denominado Complejo Turístico Playa Barranquito, a nombre de la empresa GRESCOS.A., mediante el cual se establecieron las condiciones para que dicha concesionaria pueda ganarle terrenos al mar. Artículo Segundo.- Solicitar a la Municipalidad Distrital de Barranco que en el plazo de veinte (20) días, dispuesto por el párrafo 11) del artículo 13º de laOrdenanza Nº 750, informe sobre la ejecución de la ampliación del espigón que permitirá completar el proyecto en las condiciones en que fue ratificado. Artículo Tercero.- Encargar a la administración el cumplimiento y seguimiento de los acuerdos adoptados. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. RICARDO DE LA PIEDRA CASSINELLI Presidente de la APCV TERESA CANEVARO BOCANEGRA Representante de San Miguel CARLOS ALARCO PROAÑO Representante de Miraflores CARLOS AGUAYO JIMÉNEZ Representante de Magdalena del Mar ALFONSO CAMPOS ÁLVAREZ Representante de Invermet 11771 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 200-MJM Jesús María, 5 de julio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍAPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 010-2006- MJM-CPEP de la Comisión de Planificación, Economía yPresupuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO ESPECIAL POR FIESTAS PATRIAS A LOS CONTRIBUYENTES DE JESÚS MARÍA Artículo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objeto establecer un Beneficio Tributario y Administrativo por deudas, cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de Jesús María en el estado en que se encuentran. Artículo 2º.- OBLIGACIONES COMPRENDIDAS En la aplicación de la presente norma se considerará: a) Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. b) Impuesto Predial. c) Multas Tributaria. d) Multas administrativas generadas hasta el año 2006. Artículo 3º.- SUJETOS COMPRENDIDOS Podrán acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza las Personas Naturales y/o Jurídicas que mantengan deuda con la Municipalidad deJesús María. Artículo 4º.- VIGENCIA DEL BENEFICIO La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 10 de julio al 27 de julio del 2006. Artículo 5º.- DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS En el caso de deudas tributarias se otorgarán los siguientes beneficios : A) DEUDAS TRIBUTARIAS: a) Las deudas correspondientes al tributo del Impuesto Predial del 2000 a la fecha se condonarán en el 100% respecto al interés moratorio y el Factor de Reajuste. (*) Las deudas de años anteriores que se encuentran en Cobranza Coactiva podrán acogerse a este beneficio siempre y cuando no cuenten con expedientes en trámiteen vía judicial a la fecha de publicación de la presente Ordenanza b) Las deudas correspondientes al Tributo de Arbitrios Municipales del 2000 al 2005. Se condonarán en el 100% respecto al interés moratorio y el factor de reajuste. B) BENEFICIO ADICIONAL POR PAGO AL CONTADO: Además del Beneficio Establecido en el ítem a) del Artículo 5º de la presente Ordenanza se otorgará una rebaja adicional del 20% para el caso de contribuyentesque cancelan al contado el integro de la deuda por tributo y/o simultáneamente. C) DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2006 - Aquellos contribuyentes que regularicen el I Semestre y paguen adelantado el II Semestre del presente año, tendrán un descuento del 10% sobre el total de la liquidación a la fecha de cancelación. - Aquellos contribuyentes que paguen o regularicen todo el I Semestre se les condona el 100% del interés moratorio. - Aquellos contribuyentes que estén al día a la dación de la presente ordenanza o se pongan al día durante el periodo del beneficio respecto al I Semestre y deseancancelar en forma adelantada el II Semestre, tendrán un descuento del 6%.