Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

323166

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD DISTRIBUCION DEL CALENDARIO DE COMPROMISOS INICIAL JUNIO 2006
DNTP MORDAZA 122 123 124 126 127 136 137 141 143 144 147 149 UNIDAD EJECUTORA TOTAL

565,327.53 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS 54,586.00 INSTITUTO NACIONAL DE NEUROLOGIA 1,747.00 INSTITUTO NACIONAL DE OFTALMOLOGIA 1,591.00 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL MORDAZA 52,271.38 INSTITUTO NACIONAL MORDAZA PERINATAL 104,869.12 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA 85,596.44 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA 67,626.81 HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MORDAZA AUXILIADORA 59,131.27 HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO MORDAZA 17,890.82 HOSPITAL NACIONAL DOS DE MORDAZA 43,452.00 HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS 9,415.00 HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MORDAZA MORDAZA 67,150.69 SAN MORDAZA CALLAO 45,871.63 129 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 45,871.63 611,199.16

a) Formulario Nº 1672 -: A la MORDAZA generada por Pagos varios por el Sistema Pago Facil a los Responsabilidad deudores tributarios en su Solidaria calidad de responsables solidarios como resultado del pago de tributos, multas, costas y gastos vinculados a tributos internos y atribuidos mediante una Resolucion de Determinacion de Responsabilidad Solidaria. b) Sistema Pago Facil : Al sistema a traves del cual los deudores tributarios declararan y/o pagaran sus obligaciones tributarias, prescindiendo del uso de los formularios preimpresos. Adicionalmente, a traves de este sistema se podran presentar las comunicaciones o solicitudes que la SUNAT senale. Dicho sistema no sera de aplicacion para el pago de la deuda aduanera.

11823

SUNAT
Facilitan el pago de los responsables solidarios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 113-2006/SUNAT MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que el primer parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias senala que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley o, en su defecto el Reglamento, y a falta de estos, mediante Resolucion de la Administracion Tributaria; Que, asimismo, el tercer parrafo del articulo 29º del TUO del Codigo Tributario senala que el lugar de pago sera aquel que senale la Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; anadiendo el MORDAZA parrafo del aludido articulo que al lugar de pago fijado por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; y que en este caso, el lugar de pago debe encontrarse dentro del ambito territorial de competencia de la oficina fiscal correspondiente; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 125-2003/ SUNAT y modificatoria asi como la Resolucion de Superintendencia Nº 029-2004/SUNAT contienen disposiciones para la declaracion y/o el pago de obligaciones tributarias bajo el Sistema Pago Facil; Que es necesario facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los deudores tributarios en su calidad de responsables solidarios al MORDAZA del Codigo Tributario, en lo que respecta a la forma y lugar de pago; Que en virtud a lo expuesto se deben realizar ajustes para acondicionar el Sistema Pago Facil; En uso de las facultades conferidas por el articulo 29º del TUO del Codigo Tributario, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Definiciones Para efecto de la presente resolucion se deberan considerar las definiciones siguientes:

Cuando se mencione un anexo sin indicar la MORDAZA legal a la que corresponde, se entendera que pertenece a la presente resolucion de superintendencia. Articulo 2º.- Procedimiento para que los Responsables Solidarios efectuen el pago de obligaciones tributarias mediante el Sistema Pago Facil Los deudores tributarios que en su calidad de responsables solidarios y al MORDAZA del Codigo Tributario deban efectuar el pago de tributos, multas, costas y gastos comprendidos en una Resolucion de Determinacion de responsabilidad solidaria utilizaran el Sistema Pago Facil: a) Tratandose de responsables solidarios de contribuyentes que son Principales Contribuyentes, informando al personal de las dependencias de la SUNAT en la que estos ultimos se encuentren obligados a cumplir con sus obligaciones tributarias, los datos detallados en el anexo que correspondan al pago que deseen efectuar. Los referidos responsables tambien podran acceder al Sistema Pago Facil informando en las empresas del sistema financiero autorizadas por la SUNAT los datos detallados en el anexo que correspondan al pago que deseen efectuar. No estan comprendidos en el parrafo anterior los responsables que MORDAZA Principales Contribuyentes de la misma dependencia a la que pertenece el contribuyente . b) Tratandose de responsables solidarios de contribuyentes que son Medianos y Pequenos Contribuyentes, informando en las empresas del sistema financiero autorizadas por la SUNAT los datos detallados en el anexo que correspondan al pago que deseen efectuar. Los datos proporcionados por el deudor tributario en su calidad de Responsable Solidario apareceran impresos en el Formulario Nº 1672- Pagos varios por Responsabilidad Solidaria que sera emitido por la SUNAT o la empresa del sistema financiero, segun corresponda, y entregado en senal de conformidad con la transaccion efectuada. Articulo 3º. - Vigencia La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION FINAL Unica.- Definicion de Formulario Nº 1662 - Boleta de Pago Sustituyase el literal c) del primer parrafo del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 125-2003/ SUNAT por el texto siguiente:

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