Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2006 (11/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA 11 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321265

Que, la Agenda propuesta para la reunion preve desarrollar dos temas: las bases para la negociacion del Acuerdo de Asociacion CAN ­ Union Europea, y la ampliacion de las preferencias arancelarias andinas por parte de los Estados Unidos; Que, los senores MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora del Viceministerio de Comercio Exterior y MORDAZA Llona MORDAZA, profesional que presta servicios en dicha Direccion Nacional, han venido participando en las deliberaciones y trabajos previos sobre los temas a tratar; Que, por ser de interes institucional, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice su viaje y el de los citados profesionales a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, para que en representacion del MINCETUR, asistan a los eventos MORDAZA mencionados; De conformidad con los Decretos Legislativos N°s. 560, Ley del Poder Ejecutivo, las Leyes N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR y N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por el Decreto de Urgencia N° 006-2006 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Belaunde, Viceministro de Comercio Exterior, y de los senores MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora del Viceministerio de Comercio Exterior y MORDAZA Llona MORDAZA, profesional que presta servicios en dicha Direccion Nacional, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, del 11 al 13 de junio de 2006, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 649,00 x 4) : US$ 2 596,00 Viaticos (US$ 200,00 x 3 dias x 4) : US$ 2 400,00 Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 4) : US$ 121,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministerio de Comercio Exterior al senor MORDAZA MORDAZA Helguero MORDAZA, Viceministro de Turismo, a partir del 11 de junio de 2006 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10398

Visto el Memorandum Nº 307-2006-MINCETUR/ VMCE e Informe Tecnico Nº 020, del Viceministerio de Comercio Exterior y del Asesor de Comunicaciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum del Visto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado la contratacion de la Asociacion Coordinadora Nacional de Radio (CNR), para que brinde el servicio de difusion publicitaria para la tercera MORDAZA radial en las zonas rurales de la costa, MORDAZA y MORDAZA del Peru sobre el Tratado de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos de America; Que, segun el Informe Tecnico Nº 020, de fecha 2 de junio de 2006, del Asesor de Comunicaciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el objetivo de dicha contratacion es sensibilizar e informar a las poblaciones rurales del Peru, principalmente de la MORDAZA y de la MORDAZA, sobre los potenciales beneficios que brindaria un TLC con los Estados Unidos de MORDAZA, asi como fortalecer la MORDAZA de difusion radial sobre tales beneficios en las zonas rurales del pais; Que, de acuerdo con el mencionado Informe Tecnico, la Coordinacion Nacional de Radio es una institucion que agrupa a 66 entidades vinculadas a actividades comunicacionales, de las cuales 44 son emisoras y 22 son centros de comunicacion y produccion, resultando dicha Asociacion la unica intermediaria a traves de la cual se puede contratar el servicio de difusion radial en zonas rurales del MORDAZA mediante sus 30 emisoras ubicadas en dichas zonas; siendo que tales emisoras cuentan con amplia audiencia en sectores rurales, donde los publicos son eminentemente populares y campesinos y no tienen acceso a estaciones radiales de llegada nacional; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, precisa que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion radial, entre otros, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, por lo expuesto, resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de difusion radial requerido, la cual debera realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, por un monto referencial de S/. 41,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 nuevos soles), incluido el IGV, que seran financiados con la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias; De conformidad con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0832004-PCM, articulo 145º de su Reglamento aprobado por D.S. N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con el Informe del Visto, el Memorandum Nº 749-2006-MINCETUR/SG/OGA e Informe Nº 3772006-MINCETUR/SG-OASA de la Oficina General de Asesoria Juridica, asi como con el Memorandum Nº 306 -2006-MINCETUR/SG-AJ e Informe Nº 044-2006MINCETUR/SG/AJ-JCM de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por relacion de items, para la contratacion del servicio de difusion publicitaria para la tercera MORDAZA radial en las zonas rurales de la costa, MORDAZA y MORDAZA del Peru, sobre el Tratado de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos de MORDAZA, por la causal de servicios personalisimos.

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de difusion publicitaria para MORDAZA radial en zonas rurales sobre el TLC con EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 199-2006-MINCETUR/DM MORDAZA, 9 de junio de 2006

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