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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 11 de junio de 2006 321269REPUBLICADELPERU determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones,servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición ocontratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso deselección que corresponda; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF , Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, establece que las entidades públicas son directamente responsables por la conservación, cautela física yseguridad jurídica de los bienes de propiedad estatal a su cargo; Que, asimismo, el artículo 18º de la Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ley Nº 27711, prescribe que corresponde a la Oficina de Administración, entre otras funciones, administrar los materialesnecesarios para el normal funcionamiento de las dependencias del Ministerio. En ese orden, resulta necesaria la contratación continua de la póliza de segurospatrimoniales: Seguro de vehículos, de responsabilidad civil, de deshonestidad 3D y contra incendios, destinados a la conservación, protección y custodia de los bienesmuebles de esta entidad, a efecto que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo continúe prestando los servicios esenciales inherentes a las funciones que leotorga el ordenamiento jurídico nacional; Que, se indica en el Informe Nº 058-2006-MTPE/4/ 10.120 y el Informe Nº 059-2006-MTPE/4/10.120 quecon fecha 9 de marzo del 2005, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo suscribió el Contrato derivado del Concurso Público Nº 0001-2005-MTPE para laContratación de la Póliza de Seguros Patrimoniales: Seguro de Vehículos, de Responsabilidad Civil, de Deshonestidad 3d y Contra Incendios, con la compañíade seguros RIMAC INTERNACIONAL CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS por S/. 226 105,23 (Doscientos Veintiséis mil ciento cinco con 23/100 Nuevos Soles),incluido los impuestos de ley y todos los conceptos detallados en la cláusula segunda del citado contrato; Que, el citado Informe Nº 058-2006-MTPE/4/10.120 y el Informe Nº 059-2006-MTPE/4/10.120 señala que el 9 de marzo de presente año se suscribió la Addenda Nº 001-2006 - CONTRATO DE PRESTACIÓN DESERVICIO, por el cual el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la compañía de seguros RIMAC INTERNACIONAL CIA DE SEGUROS Y REASEGUROSacuerdan en contratar complementariamente servicios hasta por un monto total de S/. 56 526,30 (Cincuenta y Seis Mil Quinientos Veinte y Seis y con 30/100), deconformidad con el artículo 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM deaplicación al presente caso, manteniendo vigente la aplicación de las Especificaciones Técnicas del Anexo 1 que se detalla en las Bases del proceso; Que, en ese orden, el Informe Nº 058-2006-MTPE/4/ 10.120 y el Informe Nº 059-2006-MTPE/4/10.120 indica que el plazo de culminación de este servicio es el 9 dejunio del 2006 a las 12:00 horas, por lo que resulta necesario se declare en desabastecimiento el servicio "CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGUROSPATRIMONIALES: SEGURO DE VEHÍCULOS, DE RESPONSABILIDAD CIVIL, DE DESHONESTIDAD 3D Y CONTRA INCENDIOS", por un plazo de 3 meses ohasta un día antes de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa que obtenga la buena pro del Concurso Público Nº 0003-2006/MTPE, lo que ocurraprimero; por un valor que no exceda los S/. 56 712,57 Nuevos Soles, para lo cual se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para este efecto; Que, ante tal situación es necesario que las instalaciones, vehículos y demás bienes de propiedad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuentencon la cobertura de una PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES: SEGURO DE VEHÍCULOS, DERESPONSABILIDAD CIVIL, DE DESHONESTIDAD 3D Y CONTRA INCENDIOS y así no quedar desprotegidosfrente a cualquier siniestro; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que serealicen: "en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Oficina de Planificación y Presupuesto; De conformidad con los artículos 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los artículos 146º, 147º y 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; yconsiderando como precedente la Resolución Nº 147- 2005-CONSUCODE/PRE, del 15 de abril de 2005, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente el servicio para laCONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES: SEGURO DE VEHÍCULOS, DE RESPONSABILIDAD CIVIL, DE DESHONESTIDAD 3D YCONTRA INCENDIOS", por un plazo máximo de 3 meses o hasta un día antes de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa que obtenga la buena pro delConcurso Público 0003-2006/MTPE, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del proceso de seleccióncorrespondiente, para la CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES: SEGURO DE VEHÍCULOS, DE RESPONSABILIDAD CIVIL, DEDESHONESTIDAD 3D Y CONTRA INCENDIOS", por un monto total que no exceda los S/. 56 712,57 Nuevos Soles; a través de acciones inmediatas destinadas a la contrataciónde este servicio, la que estará a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de esta Entidad. Artículo 3º.- Consignar los alcances de esta resolución en el SEACE y en el Portal de esta Entidad, dentro de los diez (10) días siguientes a su aprobación. Artículo 4º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General el trámite para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación, así como laremisión de ésta, dentro del mismo plazo, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, adjuntando el informe técnico y el informe legal. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud Encargada de la Cartera deTrabajo y Promoción del Empleo 10350 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G52/G65/G61/G6C/G20/G48/G6F/G6C/G61/G6E/G64/G65/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2D/G20 /G4B/G4C/G4D/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C /G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 087-2006-MTC/12 Lima, 31 de mayo del 2006