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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (11/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 11 de junio de 2006 321267REPUBLICADELPERU Adquisiciones del Estado dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10400 MIMDES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G79/G20/G64/G65/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G43/G4F/G4E/G41/G44/G49/G53 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 043-2006-PRE/CONADIS Lima, 28 de marzo del 2006 VISTO Informe Nº 194-2006-CONADIS.OAJ de fecha 22 de marzo de 2006 en el que se recomienda designar a los funcionarios encargados de brindar información públicay actualizar el portal de internet institucional, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que dicha norma tiene por finalidad promoverla transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5º del artículo 2º de laConstitución Política del Perú. Que, el artículo 5º del referido texto legal prescribe que las entidades públicas deben contar con un Portalde Internet en el que se publique la información más importante de la institución, debiendo designar para tal efecto a un funcionario responsable de elaborar dichoportal. Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27806 prescribe que las entidades deben identificar, bajo responsabilidad desu máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada. Que, en el marco de lo regulado por la Ley Nº 27806, con Resolución de Presidencia Nº 090-2005-PR- CONADIS de fecha 25 de octubre de 2005 y Resolución de Presidencia Nº 094-2005-PR/CONADIS de fecha 28de octubre de 2005, se designó como funcionario responsable de brindar información solicitada ante CONADIS al amparo de la Ley citada y de elaborar elportal de internet institucional al Ing. José Francisco Zevallos Álvarez. Que, habiendo dejado de prestar servicios en la institución el funcionario citado, en cumplimiento de lo ordenado por la Ley acotada, resulta necesario designar a un funcionario de CONADIS que las realice lasfunciones asignadas en la precitada Ley. Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 024- 2006-PR/CONADIS se designó a los funcionariosencargados de brindar información pública y actualizar el portal institucional de Internet, debiendo dejar sin efecto dicha Resolución, atendiendo a la designación efectuadaen la Resolución Ministerial Nº 169-2006-MIMDES. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona conDiscapacidad, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 28164, concordante con lo establecido por el numeral12.6 y 12.11 del artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, y el inciso l) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de CONADIS, aprobado con Decreto Supremo Nº 014-2005-MIMDES, artículo4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desígnese como funcionario responsable de elaborar el Portal de Internet de CONADIS publicando la información detallada en el artículo 5º del TUO de la Ley Nº 27806, Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública al señor Valentín Alber to Ahon Dur ante. Artículo 2º.- Desígnese como funcionario responsable de brindar información solicitada ante CONADIS al Abog. Fernando José Torrico Huer ta, en cumplimiento a lo ordenado por la Ley Nº 27806, Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 3º.- Encárguese a la Secretaría Ejecutiva la difusión de la presente Resolución y monitoreo de sucumplimiento, así como el poner en conocimiento de las instancias pertinentes la presente resolución para los fines pertinentes. Artículo 4º.- Déjese sin efecto, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, todos los extremos de las Resoluciones de Presidencia Nº 090-2005-PR/CONADIS, 094-2005-PR/CONADIS y 024- 2006-PR/CONADIS. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS A. MERINO DE LAMA PresidenteConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 10342 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G47/G75/GED/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G22/G47/G75/GED/G61/G20/G64/G65 /G50/G72/GE1/G63/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G6C/GED/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G74/G69/G6E/G6F/G70/G61/G74/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G72/G65/G6D/G61/G74/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2006/MINSA Lima, 8 de junio del 2006 Visto el Expediente Nº 06-003737-001, que contiene el MEMORÁNDUM Nº 1379-2006-DGSP/MINSA de laDirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, es preocupación permanente del Ministerio de Salud garantizar la calidad asistencial, así como laimplementación de la mejor práctica clínica en las prestaciones que se brindan a la población usuaria de los servicios de salud del Sector; Que, en concordancia con dicha política, la Resolución Ministerial Nº 422-2005/MINSA, aprobó la NT Nº 027-MINSA/DGSP-V.01: "Norma Técnica parala Elaboración de Guías de Práctica Clínica", cuya finalidad es estandarizar la elaboración de Guías de Práctica Clínica de acuerdo a criterios internacional-mente aceptados, para que respondan a las prioridades sanitarias nacionales y/o regionales, buscando el máximo beneficio y mínimo riesgo a los usuarios y, eluso racional de recursos en los servicios de salud del Sector; Que, en este contexto, se ha elaborado la "Guía de Práctica Clínica de Retinopatía de la Prematuridad", cuyo objetivo es regular el manejo clínico de recién nacidos