Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2006 (11/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 11 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321267

Adquisiciones del Estado dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10400

12.6 y 12.11 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000PROMUDEH, y el inciso l) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONADIS, aprobado con Decreto Supremo Nº 014-2005-MIMDES, articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE:

MIMDES
Designan funcionarios encargados de elaborar el MORDAZA de internet y de brindar informacion solicitada ante CONADIS
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 043-2006-PRE/CONADIS MORDAZA, 28 de marzo del 2006 VISTO Informe Nº 194-2006-CONADIS.OAJ de fecha 22 de marzo de 2006 en el que se recomienda designar a los funcionarios encargados de brindar informacion publica y actualizar el MORDAZA de internet institucional, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que dicha MORDAZA tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5º del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el articulo 5º del referido texto legal prescribe que las entidades publicas deben contar con un MORDAZA de Internet en el que se publique la informacion mas importante de la institucion, debiendo designar para tal efecto a un funcionario responsable de elaborar dicho portal. Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27806 prescribe que las entidades deben identificar, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada. Que, en el MORDAZA de lo regulado por la Ley Nº 27806, con Resolucion de Presidencia Nº 090-2005-PRCONADIS de fecha 25 de octubre de 2005 y Resolucion de Presidencia Nº 094-2005-PR/CONADIS de fecha 28 de octubre de 2005, se designo como funcionario responsable de brindar informacion solicitada ante CONADIS al MORDAZA de la Ley citada y de elaborar el MORDAZA de internet institucional al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alvarez. Que, habiendo dejado de prestar servicios en la institucion el funcionario citado, en cumplimiento de lo ordenado por la Ley acotada, resulta necesario designar a un funcionario de CONADIS que las realice las funciones asignadas en la precitada Ley. Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 0242006-PR/CONADIS se designo a los funcionarios encargados de brindar informacion publica y actualizar el MORDAZA institucional de Internet, debiendo dejar sin efecto dicha Resolucion, atendiendo a la designacion efectuada en la Resolucion Ministerial Nº 169-2006-MIMDES. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 28164, concordante con lo establecido por el numeral

Articulo 1º.- Designese como funcionario responsable de elaborar el Por tal de Inter net de CONADIS publicando la informacion detallada en el ar ticulo 5º del TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica al senor MORDAZA MORDAZA Ahon Durante. Articulo 2º.- Designese como funcionario responsable de brindar informacion solicitada ante CONADIS al Abog. MORDAZA MORDAZA Torrico MORDAZA, en cumplimiento a lo ordenado por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 3º.- Encarguese a la Secretaria Ejecutiva la difusion de la presente Resolucion y monitoreo de su cumplimiento, asi como el poner en conocimiento de las instancias pertinentes la presente resolucion para los fines pertinentes. Articulo 4º.- Dejese sin efecto, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, todos los extremos de las Resoluciones de Presidencia Nº 0902005-PR/CONADIS, 094-2005-PR/CONADIS y 0242006-PR/CONADIS. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA DE LAMA Presidente Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad 10342

SALUD
Aprueban Guia Tecnica "Guia de Practica Clinica de Retinopatia de la Prematuridad"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 539-2006/MINSA MORDAZA, 8 de junio del 2006 Visto el Expediente Nº 06-003737-001, que contiene el MEMORANDUM Nº 1379-2006-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, es preocupacion permanente del Ministerio de Salud garantizar la calidad asistencial, asi como la implementacion de la mejor practica clinica en las prestaciones que se brindan a la poblacion usuaria de los servicios de salud del Sector; Que, en concordancia con dicha politica, la Resolucion Ministerial Nº 422-2005/MINSA, aprobo la NT Nº 027-MINSA/DGSP-V.01: "Norma Tecnica para la Elaboracion de Guias de Practica Clinica", cuya finalidad es estandarizar la elaboracion de Guias de Practica Clinica de acuerdo a criterios internacionalmente aceptados, para que respondan a las prioridades sanitarias nacionales y/o regionales, buscando el MORDAZA beneficio y minimo riesgo a los usuarios y, el uso racional de recursos en los servicios de salud del Sector; Que, en este contexto, se ha elaborado la "Guia de Practica Clinica de Retinopatia de la Prematuridad", cuyo objetivo es regular el manejo clinico de recien nacidos

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