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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321268El Peruano domingo 11 de junio de 2006 en riesgo de retinopatía de la prematuridad en los servicios de salud del Sector; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y, con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica de Retinopatía de la Prematuridad", queen documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Servicios de Salud, se encargará de la difusión y supervisión del cumplimiento de la citada Guía de Práctica Clínica. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la aplicación y monitoreo de la referidaGuía de Práctica Clínica. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará la referida Guía de Práctica Clínica en el portalde internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 10341 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G32/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G54/G52/G2C /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/GF3/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G65/G73/G71/G75/G65/G6D/G61/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2006-TR Lima, 7 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 001-2006-MTPE/GT -PMCN, de fecha 25 de mayo de 2006, del Coordinador de la Comisión; el Memorándum Nº 1170-2006-MTPE/4, de fecha 7 de junio de 2006, de la Secretaria General delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2006- TR, de fecha 16 de mayo de 2006, se constituyó en elMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, un Grupo de Trabajo que asuma la responsabilidad de la ejecución, coordinación y el cumplimiento de la implementación deun esquema institucional y operativo para el mejoramiento de la calidad en la producción de las normas y regulaciones, a través de una metodología que incluya,entre otros elementos, el análisis de impacto económico - legal de las propuestas normativas y los principios de transparencia, eficiencia y eficacia; Que, mediante documentos de vistos y por convenir al servicio, resulta conveniente modificar la Resolución Ministerial citada precedentemente, incluyendo comointegrante y responsable de la ejecución, en el Grupo de Trabajo a que se refiere el considerando anterior, al Director Nacional de la Micro y Pequeña Empresa;Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173- 2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 192-2006-TR, de fecha 16 de mayo de 2006, por el siguiente texto: "Artículo Único.- Constituir en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un Grupo de Trabajo que asumala responsabilidad de la ejecución, coordinación y el cumplimiento de la implementación de un esquema institucional y operativo para el mejoramiento de la calidaden la producción de las normas y regulaciones, a través de una metodología que incluya, entre otros elementos, el análisis de impacto económico - legal de las propuestasnormativas y los principios de transparencia, eficiencia y eficacia, el cual estará integrado por los siguientes funcionarios que ocupan los siguientes cargos: Responsables de la ejecución - Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; - Director Nacional de Relaciones de Trabajo;- Director Nacional de la Micro y Pequeña Empresa; - Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; - Director General de la Oficina de Planificación y Presupuesto; - Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao. Responsable de la coordinación - Asesoría Técnica de la Alta Dirección". Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de SaludEncargada de la Cartera de Trabajo y Promoción del Empleo 10349 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G22/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/GF3/G6C/G69/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G6C/G65/G73/G3A/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G2C/G20/G64/G65/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G2C/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G68/G6F/G6E/G65/G73/G74/G69/G64/G61/G64/G33/G44/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G64/G69/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 222-2006-TR Lima, 9 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1468-2006-MTPE/4/10.1, del 6 de junio de 2006, el Oficio Nº 548-2006-MTPE/4/9.2, del 28 de abril el Informe Nº 118-2006-MTPE/4/9.220, el Informe Nº 058-2006-MTPE/4/10.120 y el Informe Nº 059-2006-MTPE/4/10.120, el Oficio Nº 762-2006-MTPE/4/9.2, Informe Nº 059-2006-MTPE/4/10.120, y el Informe Nº 303-2006-MTPE/9.110; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de