Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2006 (11/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 11 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321277

Confirman oficio que declaro improcedente solicitud de acreditacion de personeros legal y tecnicos ante el JNE
RESOLUCION Nº 388-2006-JNE Expediente ADM-2006-006727 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal nacional del partido politico "Union por el Peru" contra el Oficio Nº 999-2006-OROP/JNE de fecha 5 de MORDAZA de 2006 que declaro improcedente la solicitud de acreditacion de Personero Legal Alterno y Personeros Tecnicos ante el MORDAZA Nacional de Elecciones presentada por el recurrente; CONSIDERANDO:

bajo los mismos lineamientos a todas las organizaciones politicas participantes en el presente MORDAZA electoral, hacer lo contrario en el caso sub examine y proceder a la inscripcion de estas nuevas designaciones de personeros, implicaria incurrir en un trato desigual y parcial no querido por la norma; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de Apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Union por el Peru", en consecuencia, confirmar el Oficio Nº 999-2006OROP/JNE de fecha 5 de MORDAZA de 2006 que declaro improcedente la solicitud de acreditacion de personeros legales y tecnicos presentada por el recurrente. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, mediante oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, comunico al recurrente la improcedencia de la solicitud de acreditacion de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Roig Alcazar como MORDAZA personero legal alterno y nuevos personeros tecnicos, respectivamente, del partido politico "Union por el Peru" ante el MORDAZA Nacional de Elecciones por encontrarse cerrado el Registro de Organizaciones Politicas conforme lo senala el primer parrafo del articulo 4º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, segun el recurrente el oficio impugnado no considera que el MORDAZA parrafo del mismo dispositivo legal senala que el nombramiento de dirigentes, representantes legales, apoderados y personeros, asi como el otorgamiento de poderes por este, surten efecto desde su aceptacion expresa o desde que las referidas personas desempenan la funcion o ejercen tales poderes, y siendo que, en sesion extraordinaria de fecha 30 de marzo de 2006 el Comite Directivo Nacional del partido politico "Union por el Peru" se designo a los mencionados ciudadanos como nuevos personeros ante este organismo electoral, no se puede desconocer el legitimo interes y derecho que tiene el citado partido politico de elegir a quienes lo representen legal y tecnicamente en este MORDAZA electoral ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, caso contrario segun el, se afectaria la igualdad de trato respecto a otras organizaciones politicas; Que si bien senala la MORDAZA, los efectos del nombramiento de personeros se efectivizan desde su aceptacion expresa o ejercicio de dichos poderes, no es menos MORDAZA, que el cumplimiento excluyente de ambos supuestos se MORDAZA condicionado a su inscripcion en el registro de Organizaciones Politicas a cargo del MORDAZA Nacional de Elecciones, el cual a la fecha, se encuentra excepcionalmente cerrado por el presente MORDAZA de Elecciones Generales del 2006; Que, modificar la partida registral del Partido Politico Union por el Peru implica contravenir normas de orden publico y de estricto cumplimiento, con el agregado, que el MORDAZA parrafo del articulo 77º del Codigo Procesal Civil, aplicado supletoriamente por este Colegiado, senala que la formalidad para la sustitucion de poderes o designacion de dirigentes, representantes legales, apoderados y personeros es la misma que la empleada para el otorgamiento o designacion de estos, segun sea el caso; Que, no obstante ello debe precisarse que en el presente caso no se demuestra la falta de igualdad de trato respecto a otras organizaciones politicas por cuanto la improcedencia de modificacion de actos o de designacion de personeros se da conforme lo determina la ley y ademas, el plazo de cierre contenido en el articulo 4º de la ley de Partidos Politicos Nº 28094 es aplicable

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General(e) 10363

Declaran improcedente apelacion interpuesta contra resolucion expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 393-2006-JNE Expediente Nº 261-2006-APEL MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 1872006-JEEC de fecha 5 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 187-2006-JEEC, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA acredita como personeros del partido politico "Alianza por el Futuro" a don MORDAZA MORDAZA Miyasato MORDAZA como personero legal titular; a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal alterno; y a don MORDAZA MORDAZA Llaque MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Haggenmiller MORDAZA como personeros tecnicos; dejando sin efecto legal la acreditacion de personeros legal, alterno y tecnico mediante Resolucion Nº 115-2006-JEEC, expedida por el citado MORDAZA Electoral Especial;

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