Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (17/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 17 de junio de 2006 321771REPUBLICADELPERU “organizaciones sociales de base” tienen un presupuesto propio que fue transferido el 27 de marzo del presente año y el Programa de Alimentación y Nutrición del Paciente Ambulatorio de Tuberculosis y Familia PÄN TBCtiene otro presupuesto, el cual recién fue transferido a esta Municipalidad el 28 de abril del 2006, no habiéndose especificado, en el Acuerdo Nº 048-2006, la respectivadiferenciación entre ambos presupuestos generándose la confusión de aparecer como un solo programa cuando en realidad son dos, por lo cual se recomienda sumodificación; Que, en el mismo informe antes mencionado, se explica que está pendiente de ejecutarse el ProgramaPAN TBC, por lo cual es indispensable establecer la exoneración del proceso de selección para la adquisición de insumos para el Programa PAN TBC por el lapso dedos meses, por un monto de S/. 102,409.80 y para el servicio de transporte y distribución el monto de S/. 11,453.70; Que, en el mismo documento referido en el considerando precedente, se hace mención al Memorándum Nº 450-2006-MPC/GM, de fecha 15 demayo del 2006, en el cual la Gerencia Municipal menciona que la voluntad de exonerar al Programa PAN TBC estaría contenido en el Acuerdo de Concejo Nº 048-2006; Que, con el Informe Legal, contenido en el Memorando Nº 203-2006-MPC-GGAJC, de la Gerencia General deAsesoría Jurídica y Conciliación, se cuenta con opinión favorable para la exoneración del proceso de selección para la adquisición de insumos de las organizacionessociales de base y el Programa PAN TBC; Que, con Informe Nº 655-2006-MPC/GGA-GA de la Gerencia de Abastecimientos se refiere a unacuerdo complementario al Acuerdo Nº 048-2006- MPC, en el extremo de solicitar un monto de S/. 102,409.80 para la adquisición de insumos delPrograma PAN TBC y S/. 11,453.70 para el servicio de transporte y distribución; Que el Informe Nº 035-2006-MPC/ PPT del 1 de junio del 2006, la Subgerencia de Proyectos Transferidos informa las razones de la tardanza en remitir la información referida a la necesidad de recursos de losProgramas Alimentarios ocasionando limitación en el tiempo para realizar el proceso de selección los insumos, siendo la fecha de entrega para abastecer a loscomedores populares y albergues y al Programa de PAN TBC el 13 y 14 de abril del presente año; Estando a lo expuesto, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. ACUERDA:1.- Declarar el desabastecimiento inminente y aprobar la exoneración del proceso de selección parala adquisición y distribución de Insumos para el programa PAN TBC, de acuerdo a lo expuesto en los Informes Técnicos Nºs. 034-2006-MPC/PPT/JAGQ y035-2006-MPC/PPT emitidos por la Subgerencia de Proyectos Transferidos e Informe Nº 655-2006-MPC/ GGA-GA de la Gerencia de Abastecimientos y elInforme Legal, Memorando Nº 203-2006-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, por un plazo de dos meses, por un montode S/.102,409.80 para la adquisición de insumos y para servicio de transporte y distribución S/.11,453.70, de la Fuente de Financiamiento Nº 13, Donaciones yTransferencias. 2.- Encargar a la Gerencia de Abastecimiento efectuar la correspondiente contratación. 3.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, establecer las responsabilidades que haya lugar por eldesabastecimiento ocurrido. 4.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 10644FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 000020 Mediante Oficio Nº 219-2006-MPC/SG, la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 000020, publicada enla edición del día 10 de junio de 2006. DICE:“Artículo 22º.- BENEFICIOS PARA VEHÍCULOS INTERNADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL DEVEHÍCULOS (DMV): Los administrados que tengan vehículos internados en el Depósito Municipal de Vehículos podrán acogerse a la presente Ordenanzacon los siguientes beneficios. ...... 2.- Los Administrados que tengan vehículos internados desde el 01.01.2005 hasta el 31.12.2005 podrán pagar, por concepto de guardiania con undescuento de 15 % (quince por ciento) de descuento previa liquidación efectuada en el local del D.M.V. 3.- Los Administrados que tengan vehículos internados a partir del 01.01.2006 hasta el 30.04.2006 podrán pagar por concepto de guardianía, con un descuento del 40 % (cuarenta por ciento) dedescuento previa liquidación efectuada en el local del D.M.V .” DEBE DECIR: “Artículo 22º.- BENEFICIOS PARA VEHÍCULOS INTERNADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS (DMV): Los administrados que tengan vehículos internados en el Depósito Municipal deVehículos podrán acogerse a la presente Ordenanza con los siguientes beneficios. ...... 2.- Los Administrados que tengan vehículos internados desde el 01.01.2005 hasta el 31.12.2005pagarán por concepto de guardianía el 15 % (quince por ciento) de la respectiva liquidación practicada por la administración del D.M.V. 3.- Los Administrados que tengan vehículos internados a partir del 01.01.2006 hasta el 30.04.2006 pagarán por concepto de guardianía, el 40 % (cuarentapor ciento) de la respectiva liquidación practicada por la administración del D.M.V.” 10640 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6E/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61 /G43/G69/G6E/G63/G6F/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4F/G62/G6A/G65/G74/G69/G76/G6F/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G22/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G56/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G20/G4F/G62/G6A/G65/G74/G69/G76/G6F/G61/G20/G6C/G6F/G20/G4C/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G61/G20/G50/G65/G72/GFA/G2D/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G22/G55/G53/G41/G49/G44/G20/G28/G35/G39/G38/G2D/G30/G38/G35/G38/G29 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/165, comunica que la Enmienda Cinco al Convenio de Donación deObjetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para "Mejorar la Calidad de Vida de los Peruanos en Áreas Objetivo alo Largo de la Frontera Perú-Ecuador" USAID (598- 0858) , suscrita el 26 de setiembre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratificada mediante DecretoSupremo Nº 026-2006-RE, de 1 de junio de 2006, publicado el 4 de junio de 2006. Entró en vigencia el 5 de junio de 2006 . 10676