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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (17/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 17 de junio de 2006 321765REPUBLICADELPERU - Por el Frente, colinda con el Jr. Ciro Alegría con una línea curva de 34.00 ml. (treinta y cuatro metros lineales). - Por la Derecha, colinda con el lote 22, con una línea recta de 19.70 ml. (diecinueve metros lineales y setenta centímetros lineales). - Por la Izquierda, colinda con el lote 20, con una línea recta de 19.00 ml. (diecinueve metros lineales). - Por el Fondo, colinda con los lotes 7, 8, 9, 10, 11 y 12, con una línea curva de 44.63 ml. (cuarenta y cuatro metros lineales y sesenta y tres centímetros lineales). C) Terreno de Aporte de Otros Fines, ubicado en la manzana B5 lote 01 de la Cooperativa de Vivienda La Universal Ltda. Nº 441, distrito de Santa Anita,provincia de Lima, departamento de Lima; con un área de 1600.00 m2, cuya matriz corre inscrita en la Partida Nº 11072360 del Registro de Propiedad Inmueble dela Oficina Registral de Lima y Callao, siendo los Linderos y Medidas Perimétricas del área a independizar las siguientes: - Por el Frente, colinda con el jirón Húsares de Junín, con una línea recta de 40.00 ml. (cuarenta metroslineales). - Por la Derecha, colinda con el jirón José Carlos Mariátegui, con una línea recta de 40.00 metros lineales(cuarenta metros lineales). - Por la Izquierda, colinda con el jirón Los Libertadores, con una línea recta de 40.00 ml. (cuarenta metroslineales). - Por el Fondo, colinda con el Parque Nº 09, con una línea recta de 40.00 ml. (cuarenta metros lineales). D) Terreno de Aporte de Otros Fines, ubicado en la manzana L lote 01 (intersección del jirón Diego Ferré yjirón Guillermo More) urbanización Los Robles de la Cooperativa de Vivienda "Santa Rosa de Quives" Ltda. Nº 492, distrito de Santa Anita, provincia de Lima,departamento de Lima; con un área de 1876.80 m2, cuya matriz corre inscrita en la Partida Nº 11010317 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registralde Lima y Callao, siendo los Linderos y Medidas Perimétricas del área a independizar las siguientes: - Por el Frente, colinda con el jirón Guillermo Moore, con 51.00 ml.(cincuenta y un metros lineales). - Por la Derecha, colinda con el jirón Diego Ferre, con 36.80 ml. (treinta y seis metros lineales y ochenta centímetros lineales). - Por la Izquierda, colinda con el jirón Diego Ferre, con 36.80 ml.(treinta y seis metros lineales y ochenta centímetros lineales). - Por el Fondo, colinda con terreno de aporte a Ministerio de Educación con 51.00 metros lineales (cincuenta y un metros lineales). Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de los bienes inmuebles descritos en el Artículo Primero del presente Acuerdo, ante el Registro de Predios de laOficina de los Registros Públicos de Lima y Callao, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 58º de la Ley Nº 27972, Artículos. 2008º, 2009º y 2010º del CódigoCivil, concordante con el Artículo III del T.P . y los Artículos 1º y 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos, aprobado por Resolución delSuperintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 079-2005-SUNARP-SN. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo, y efectuar las acciones necesarias para la inscripción ante los Registros Públicos. Artículo Cuarto.- HÁGASE de conocimiento la presente Resolución, a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración, Gerencia deAsesoría Jurídica y las demás áreas pertinentes para su cumplimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 10634MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ORDENANZA Nº 262-MSS Santiago de Surco, 14 de junio de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 28607 de fecha 4 de octubre del 2005, estableceque las Municipalidades Provinciales y Distritales tienenautonomía política, económica y administrativa en asun-tos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los gobiernos locales, el artículo 9º numeral 3) dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estableceque corresponde al Concejo Municipal aprobar el régi-men de organización interior y funcionamiento del go-bierno local; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 27972, el Consejo de Co-ordinación Local Distrital es un órgano de coordinación yconcertación de la Municipalidad de Santiago de Surco,el mismo que no ejerce funciones ni actos de gobierno yse rige por su reglamento aprobado por ordenanza dis- trital, durante el primer trimestre de su funcionamiento, en ese sentido, mediante Ordenanza Nº 195-MSS publi-cada el 21 de julio del 2004 se aprobó el Reglamento delConsejo de Coordinación Local Distrital; Que, mediante Carta Nº 033-2006-CCLD/MSS de fecha 3 de mayo del 2006, el Secretario Técnico del Consejo de Coordinación Local Distrital remite al Presi- dente de dicho órgano, el proyecto de modificación de laOrdenanza Nº 195-MSS, que reglamenta las funcionesdel Consejo de Coordinación Local Distrital, el cual fueaprobado según Acuerdo de Concejo Nº 014-2005 enSesión Extraordinaria Nº 03 de fecha 16 de noviembre del 2005; Que, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, me- diante el Informe Nº 027-2006-OAJ-MSS, concluye queson procedentes las modificaciones e inclusiones pro-puestas en el proyecto de modificación de la OrdenanzaNº 195-MSS por la Secretaria Técnica del Consejo de Coordinación Local Distrital; Estando a lo expuesto en el Dictamen Conjunto Nº 05-2006-CASYPV-CAJ-MSS de las Comisiones deAsuntos Sociales y Participación Vecinal y de AsuntosJurídicos, de conformidad con las facultades conferidasen el Reglamento Interior del Concejo, aprobado por Or- denanza Nº 170-MSS y en la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 27972; ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital establece sus funciones y las competencias y atribuciones de sus miembros y de lascomisiones que se conformen, así como el desarrollo delas sesiones de trabajo, conforme al presente reglamento. TÍTULO II DEL CONSEJO Artículo 2º.- Son miembros del Consejo de Coordi- nación Local Distrital el Alcalde Distrital, quien lo preside,