Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2006 (25/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA 25 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322491

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen la sustitucion de plano relativo a habilitacion MORDAZA de terreno
RESOLUCION GERENCIAL Nº 00049-2006-GDU-MDSJL San MORDAZA de Lurigancho, 12 de junio de 2006 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Anexo 3 de fecha 21 de diciembre del 2005, presentado por DON MORDAZA MORDAZA USAQUI Y OTROS y el Codificado Nº 27737-05 remitido por la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA el cual fue ingresado a esta corporacion mediante Documento Simple Nº 06764-06 de fecha 4 de MORDAZA del 2006, quienes solicitan la sustitucion del plano Nº 001-2005-JARM/ GSAM/MSJL de la Resolucion Gerencial Nº 01926-2005GSAM-MSJL de fecha 24 de junio del 2005 y Resolucion Gerencial Nº 00603-2005-GSAM-MSJL, de fecha 25 de febrero del 2005 a fin resolver las observaciones senaladas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Gerencial Nº 006032005-GSAM-MSJL, de fecha 25 de febrero del 2005 y Resolucion Gerencial Nº 01926-2005-GSAM-MSJL de fecha 24 de junio del 2005, se aprobo el plano Nº 0012005-JARM/GSAM/MSJL, la Habilitacion MORDAZA en via de Regularizacion del Terreno de 11,044.00m2. Que, mediante Informe Tecnico Nº 093-2006-GAGJGTC-MSJL de fecha 30 de MORDAZA del 2006 se senala que lo solicitado por el administrado y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resulta procedente por cuanto existe un error de colindancia del plano presentado Nº 001-2005-JARM/GSAM/MSJL, aprobado mediante la Resolucion Gerencial Nº 00603-2005-GSAM-MSJL, de fecha 25 de febrero del 2005 y Resolucion Gerencial Nº 01926-2005-GSAM-MSJL de fecha 24 de junio del 2005. Que, estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, y de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capitulo II del Articulo 79 de la Ley Organica de Municipalidades­Ley Nº 27972 y en concordancia con las competencias senaladas en el regimen de organizacion interior y funcionamiento de gobierno local, de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho Ordenanza. Nº 067-05-MSJL y demas normas de la materia. Que, estando con el visto MORDAZA de Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Jefatura de Gestion del Territorio y Catastro; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SUSTITUIR el plano Nº 001-2005JARM/GSAM/MSJL, por el plano Nº 04-2006-HU-JGTCGDU/MSJL, por cuanto dicho plano modifica el colindante representado en el plano Nº 001-2005-JARM/GSAM/ MSJL aprobado mediante Resolucion Gerencial Nº 00603-2005-GSAM-MSJL, de fecha 25 de febrero del 2005 y Resolucion Gerencial Nº 01926-2005-GSAMMSJL de fecha 24 de junio del 2005. Articulo Segundo.- DISPONER que Don MORDAZA MORDAZA USAQUI Y OTROS, efectue la publicacion de esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente, sufragando los gastos a que hubiera dado lugar. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para las acciones de su competencia, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao

para los efectos de su inscripcion y a los interesados para su conocimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho siendo este su competencia segun lo establece el ROF vigente. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 11153

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que reglamenta el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2007
ORDENANZA Nº 042-MDSA MORDAZA MORDAZA, 13 de junio de 2006 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 003-2006-CPPRRNCTI/MDSA emitido por la Comision de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion, Relaciones Nacionales y Cooperacion Tecnica Internacional, asi como el Informe Nº 294-2006 ­ GAJ ­ GG/ MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica, referente al Proyecto de Ordenanza que regula el Presupuesto Participativo 2007; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 195º y 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 53º establece que las Municipalidades regulan la participacion vecinal en la formulacion de los Presupuestos Participativos, los cuales se aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con el Plan Integral de Desarrollo Concertado del distrito; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades establece que las Municipalidades regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asignar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertado de los Gobiernos Locales; Que, resulta necesario reglamentar la participacion de los Agentes Participantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones, derechos; asi como establecer el Cronograma minimo para el desarrollo de las acciones del MORDAZA de programacion del presupuesto participativo para el Ano 2007; Que, asimismo resulta necesario adecuar y mejorar la reglamentacion del MORDAZA de programacion del Presupuesto Participativo en funcion a los nuevos terminos del Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2007" y a la importante experiencia alcanzada por el Municipio sobre la materia; Que, de conformidad con los Articulos 102º y 104º de la Ley Nº 27972, el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo que tiene como funcion principal la de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Integral y

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