Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2006 (25/06/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 25 de junio de 2006

monitoreo fetal, parto prematuro, hemorragia, shock septico). - Guias de procedimientos de mayor demanda en atencion de enfermeria, segun servicio. - Guia de diagnostico y tratamiento de los diez danos mas frecuentes, segun servicio. - Guia de manejo de pacientes con transplante de organos. 11232

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la suscripcion al servicio de calificacion de riesgos asignados a instituciones bancarias del exterior
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 082-2006-BCRP VISTOS: El Informe Tecnico Nº 029-2006-INT120 del 23 de MORDAZA de 2006, emitido por el Departamento de Evaluacion del Desempeno y Riesgos Financieros, en el que se concluye que Standard & Poor's es el unico proveedor que en forma oportuna y confiable puede proporcionar sus propios calificativos de riesgo asignados a instituciones bancarias del exterior donde se invierte. El Informe Nº 0077-2006-ADM110 del 30 de MORDAZA de 2006, emitido por el Jefe del Departamento de Programacion Logistica, en el que se precisa que el valor referencial del servicio es de US$ 18 283,79, incluido impuestos. El Informe Nº Informe Nº 090-2006-JUR200, emitido por la Gerencia Juridica el 7 de junio de 2006, en el que se opina que la contratacion del servicio corresponde ser exonerada, ya que no admite sustituto y la mencionada empresa se presenta como proveedor unico. CONSIDERANDO QUE: En el informe tecnico mencionado en el exordio de esta resolucion se senala que el Banco requiere renovar, por el periodo de un ano, la suscripcion al servicio de calificacion de riesgo, Ratings Direct-Global Issuers, que presta la empresa extranjera Standard & Poor's, a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de tesoreria y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito. En el informe tecnico se indica que el citado servicio permite al Banco disponer de los estados financieros y los calificativos de riesgos que se le asigna a cada institucion en la que se invierte, con la opinion y analisis que sustentan los mismos; incluyendo ademas alertas diarias sobre la evolucion futura de los bancos y la probable modificacion de sus calificativos. Segun lo indicado por el Jefe del Departamento de Programacion Logistica, la empresa Standard & Poor's es titular de los derechos de autor y distribuidor unico y exclusivo en el MORDAZA del servicio que se requiere contratar. En el Informe Legal se deja establecido que el MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta exonerada del MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico. En concordancia con la precitada MORDAZA el articulo 144º del Reglamento de la Ley, dispone que en los casos

que no existan servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor, la entidad podra contratar directamente. Ademas, precisa que se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Conforme al ar ticulo 20º de la misma Ley, las contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision u adopcion. Adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. Segun lo indicado por la Gerencia Juridica, los motivos expuestos precedentemente, en especial aquel referido a que la empresa Standard & Poor's es titular de los derechos de autor y distribuidor unico y exclusivo en el MORDAZA del servicio que se requiere contratar, permiten concluir que este no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratacion ascendente a US$ 18 283,79, incluido impuestos, determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa, atendiendo a los montos aprobados por el Directorio para el presente ejercicio presupuestal, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2006. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 146º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la suscripcion por un ano al servicio de calificacion de riesgos mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion, por cuanto este no admite sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio MORDAZA indicado con la empresa Standard & Poor's, por el periodo de un ano y por el valor referencial de US$ 18 283,79, incluido impuestos, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. Adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE. MORDAZA, 19 de junio del 2006 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 11047

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de migracion del software Trading Assistant a la version Trade Thru
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 083-2006-BCRP VISTOS: El Informe Tecnico Nº 0003-2006-GTI200, emitido por el Subgerente de Ser vicios de Tecnologias de Informacion el 23 de MORDAZA de 2006, en el que se sustenta

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