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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (25/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 25 de junio de 2006 322481REPUBLICADELPERU actividades preparatorias que requieran las Nuevas Elecciones Municipales 2006. Artículo Segundo.- Designar a partir del 1 de julio de 2006, en los cargos de Jefe y Asistente Administrativode las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a los ciudadanos consignados en el Anexo que forma parte integrante de la Resolución JefaturalN° 142-2006-J/ONPE, los cuales desempeñarán sus funciones en las Nuevas Elecciones Municipales 2006, con excepción de las personas seleccionadas en losreferidos cargos, en las ODPE de Abancay y Huancavelica. Artículo Tercero.- Para efectos de la designación establecida en el artículo anterior, debe entenderse que la ODPE de Santiago de Chuco se establecerá y será reconocida como la ODPE de Sánchez Carrión y la ODPEde Lima Sur se establecerá y será reconocida como la ODPE de Yauyos. Artículo Cuarto.- Establecer que la ODPE de Puno estará a cargo de la organización del proceso electoral en los distritos de Asillo, Crucero y Kelluyo. No obstante ello, los asuntos jurisdiccionales que puedan suscitarseen el distrito de Asillo serán derivados al Jurado Electoral Especial de Azángaro. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 11241 S B S /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72 /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G4C/G65/G61/G73/G69/G6E/G67/G20/G54/G6F/G74/G61/G6C/G22/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G61/G73/G69/G6E/G67/G54/G6F/G74/G61/G6C/G20 /G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SBS Nº 744-2006 Lima, 14 de junio de 2006EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADASDE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Leasing Total S.A., para que se opine favorablemente sobre la emisión del PrimerPrograma de Bonos de Arrendamiento Financiero, denominado "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Leasing Total" hasta por unmonto máximo de emisión de US$ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del Mercadode Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en elRegistro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en elartículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en Junta General de Accionistas de Leasing Total S.A., celebrada el día 15 de febrero de 2006, losaccionistas acordaron la aprobación del Primer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero, denominado "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Leasing Total" hasta por unmonto máximo en circulación de US$ 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, así comola aprobación de la Primera Emisión del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero, denominada "Primera Emisión del Primer Programa de Bonos deArrendamiento Financiero Leasing Total", hasta por un importe máximo de US$ 3 000 000,00 (Tres millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); Que, en Junta General de Accionistas de Leasing Total S.A., celebrada el día 15 de mayo de 2006, los accionistas acordaron aclarar el segundo y tercerpárrafo del desarrollo del primer punto de agenda del Acta de Junta de Accionistas de fecha 15 de febrero de 2006, referido al Programa de Emisión de Bonosde Arrendamiento Financiero por parte de la Sociedad, de acuerdo a los términos propuestos sustituyéndose la frase "en circulación" por la frase"de emisión"; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Bancaria "D" a través del Informe Nº 046-2006-DEB "D", por el Departamento Legal mediante Informe Nº 273-2006-LEG, por el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez, mediante InformesNº 030-2006-DERML y Nº 35-2006-DERMLI, por el Departamento de Análisis del Sistema Financiero mediante Informe Nº 020-2006-ASF , y contando con elvisto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos y de la Gerencia de Estudios Económicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente respecto del "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Leasing Total" hasta por un monto máximo de emisión de US$ 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 11225 /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G63/G65/G72/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G62/G6C/G65/G73/G22/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G43/G6F/G72/G64/G69/G6C/G6C/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 749-2006 Lima, 15 de junio de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Financiera Cordillera para que se opine favorablemente sobre la emisión de Certificados de Depósito Negociables hasta el monto máximo en circulación de S/. 100 000 000,00 (CienMillones y 00/100 Nuevos Soles) en el marco del "Segundo Programa de Certificados de Depósito Negociables" a inscribirse próximamente en el Registro Público delMercado de Valores de la CONASEV;