Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2006 (25/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA 25 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322487

internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de los alimentos, porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; Que, la situacion descrita conlleva a declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para internos, salud y personal INPE que labora 24 x 48 horas para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, conforme lo preve el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y el articulo 141º del acotado Reglamento, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional Altiplano MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realicen los procesos de seleccion correspondientes para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional Altiplano MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 021-2006JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR, en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para internos, y personal de salud y seguridad del INPE para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, por el periodo de sesenta (60) dias calendario, a partir de la fecha de la presente Resolucion, mientras se resuelve el recurso de revision interpuesto ante el CONSUCODE, se perfecciona el contrato y se concluyen los procesos de seleccion programados para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- EXONERAR, a la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos Preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- AUTORIZAR, a la Direccion Regional Altiplano MORDAZA, para la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, personal de

salud y seguridad del INPE, de los Establecimientos Penitenciarios de la Unidad Ejecutora 010: Direccion Regional Altiplano MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO LA CAPILLA MORDAZA YANAMAYO - SEDE HUANCANE AZANGARO MACUSANI CHALLAPALCA DIAS 60 60 60 60 60 60 60 TOTAL POR DIA S/. 2024.00 273.00 675.00 126.00 28.00 28.00 37.60

TOTAL

3,191.60

NOTA: De acuerdo al Anexo 01, emitido por la Direccion Regional Altiplano MORDAZA y que forma parte de la presenta Resolucion, la citada Unidad Ejecutora requiere abastecer durante el periodo de sesenta (60) dias calendario, hasta por el monto de Ciento noventa y un mil cuatrocientos noventa y seis con 00/100 (S/. 191,496.00) Nuevos Soles. Dicha autorizacion es con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente, debiendo de adquirir los alimentos preparados en forma directa mediantes acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4°.- DISPONER, la comunicacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5°.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 11208

SUNAT
Modifican y prorrogan entrada en vigencia del Procedimiento de Importacion Definitiva INTA-PG.01 (V.4)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 341-2006/SUNAT/A Callao, 23 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 241-2006/SUNAT/A se aprobo el procedimiento de Importacion Definitiva INTAPG.01 (version 4); Que, como producto de los requerimientos recibidos y pedidos formulados por algunos operadores de comercio exterior, se ha visto por conveniente realizar modificaciones al referido procedimiento, asi como prorrogar su entrada en vigencia; En uso de las facultades conferidas en Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el literal g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, y estando a la encargatura de funciones segun Resolucion de Superintendencia Nº 095-2006-SUNAT;

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