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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (25/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 25 de junio de 2006 322487REPUBLICADELPERU internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de los alimentos, porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto NacionalPenitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de lapoblación penal, así como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerían directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos comode los Centros Penitenciarios; Que, la situación descrita conlleva a declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisiciónde Suministros de Alimentos Preparados para internos, salud y personal INPE que labora 24 x 48 horas para los Establecimientos Penitenciarios de la Dirección RegionalAltiplano Puno, conforme lo prevé el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de DesabastecimientoInminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad ala adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y elartículo 141º del acotado Reglamento, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección RegionalAltiplano Puno sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de que se realicen losprocesos de selección correspondientes para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Altiplano Puno y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y AsesoríaJurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, ResoluciónMinisterial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 021-2006- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR, en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados para internos, ypersonal de salud y seguridad del INPE para los Establecimientos Penitenciarios de la Dirección Regional Altiplano Puno, por el período de sesenta (60) díascalendario, a partir de la fecha de la presente Resolución, mientras se resuelve el recurso de revisión interpuesto ante el CONSUCODE, se perfecciona elcontrato y se concluyen los procesos de selección programados para los Establecimientos Penitenciarios de la Dirección Regional Altiplano Puno, conforme a losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°. - EXONERAR, a la Dirección Regional Altiplano Puno, del requisito de Licitación Pública para la adquisición de Alimentos Preparados a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3°. - AUTORIZAR, a la Dirección Regional Altiplano Puno, para la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, personal desalud y seguridad del INPE, de los Establecimientos Penitenciarios de la Unidad Ejecutora 010: Dirección Regional Altiplano Puno, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DIAS TOTAL POR DIA S/. 1 LA CAPILLA 60 20 24.00 2 LAMPA 6 0 273.00 3 YANAMAYO - SEDE 60 675.00 4 HUANCANE 60 126.00 5 AZANGARO 60 28.00 6 MACUSANI 60 28.00 7 CHALLAPALCA 60 37.60 TOTAL 3,191.60 NOTA: De acuerdo al Anexo 01, emitido por la Dirección Regional Altiplano Puno y que forma parte de la presenta Resolución, la citada Unidad Ejecutorarequiere abastecer durante el período de sesenta (60) días calendario, hasta por el monto de Ciento noventa y un mil cuatrocientos noventa y seis con 00/100(S/. 191,496.00) Nuevos Soles. Dicha autorización es con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista en el artículo precedente, debiendo de adquirir los alimentospreparados en forma directa mediantes acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado dela Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°. - DISPONER, la comunicación a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación. Artículo 5°. - REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO RAMÒN SALAS UGARTE Presidente 11208 SUNAT /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E /G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G49/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G49/G4E/G54/G41/G2D/G50/G47/G2E/G30/G31/G20/G28/G56 /G2E/G34/G29 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 341-2006/SUNAT/A Callao, 23 de junio de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 241-2006/SUNAT/A seaprobó el procedimiento de Importación Definitiva INTA- PG.01 (versión 4); Que, como producto de los requerimientos recibidos y pedidos formulados por algunos operadores de comercio exterior, se ha visto por conveniente realizar modificaciones al referido procedimiento, así comoprorrogar su entrada en vigencia; En uso de las facultades conferidas en Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en elliteral g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM,y estando a la encargatura de funciones según Resolución de Superintendencia Nº 095-2006-SUNAT;