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PÆg. 313508 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de marzo de 2006 Que, conforme lo dispone el literal b) del artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal para la supresión detasas y contribuciones las Municipalidades no tienenninguna limitación legal; Que, la fijación, ampliación o modificación de plazos de vencimientos de tributos son de naturaleza reglamentaria; Que, conforme lo señala el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades medianteDecreto de Alcaldía se establecen normas reglamentariasy de aplicación de las Ordenanzas que sancionan losprocedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal que regulan asuntos de orden general e interés para el vecindario; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para elpago de la obligación tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es la política de la presente administración el brindar a sus contribuyentes las mayores facilidadespara el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales yformales de naturaleza tributaria; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y D.S. Nº 135-99-EF, Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vencimiento del Impuesto Predial del año 2006 de la siguiente manera: 1. Pago al Contado: Hasta el 31 de marzo. 2. Pago Fraccionado: - Primera Cuota : 31 de marzo Artículo Segundo.- Amplíese el plazo de vencimiento de los arbitrios municipales correspondientes a los meses deenero y febrero de 2006 hasta el 31 de marzo de 2006. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas yGerencia de Finanzas. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JORGE SALMÓN JORDAN Alcalde 03671 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Modifican fecha de vencimiento de pago de la primera cuota de arbitriosmunicipales del aæo 2006 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000013-2006/MDSJM San Juan de Miraflores, 27 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto: El Informe Nº 015-2006-MDSJM-GR de fecha 24.2.2006 de la Gerencia de Rentas; Informe Nº 199-2006-MDSJM-OAJ de fecha 23.2.2006 de la Oficina deAsesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 000049-MDSJM de fecha 27 de octubre de 2005, y su modificatoria laOrdenanza Nº 000055-MDSJM de fecha 9 de diciembre del 2005, se aprobó el Marco Legal del Régimen Tributariode los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Serenazgo del año 2006; Que, el artículo seis de la Ordenanza Municipal Nº 000049-MDSJM, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 000055-MDSJM establece que los Arbitrios de Limpieza Pública (recolección de residuos sólidos),Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidadmensual. La Municipalidad Distrital de San Juan deMiraflores los determinará y recaudará por períodostrimestrales; asimismo, señala que, los arbitrios municipales determinados en cuotas trimestrales vencen el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agostoy noviembre; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado de Código Tributario aprobado medianteDecreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria; Que, el artículo segundo de la Ordenanza Municipal Nº 000057-MDSJM del 26 de enero del 2006, faculta alSeñor Alcalde Distrital para que mediante Decreto deAlcaldía modifique las fechas de vencimiento de pago de los arbitrios municipales regulados por las Ordenanzas Municipales Nº 000049 y 000055-MDSJM; Que, la Administración Tributaria de la Municipalidad ha tenido dificultades para notificar con un plazoprudencial, las cuponeras que contienen las liquidacionesde los arbitrios del año 2006, siendo en consecuencia necesario emitir las disposiciones que sean pertinentes, a efectos de otorgar las mismas facilidades a todos loscontribuyentes; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar la fecha de vencimiento de la primera cuota de los arbitrios municipales del 2006contenida en el artículo seis de la Ordenanza MunicipalNº 000049-MDSJM, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 000055-MDSJM, estableciendo como nueva fecha de vencimiento, el 31 de marzo del 2006. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 03740 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo para el pago del impuesto predial y arbitrios munici-pales del aæo 2006 y la presentación de declaración jurada DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2006/MDSM San Miguel, 27 de febrero de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Informe Nº 023-2006-GRAT/MDSM, de fecha 24 de febrero del presente año, emitido por laGerencia de Rentas y Administración Tributaria,Memorando Nº 084-2006-GM/MDSM, de fecha 24 de febrero de 2006, emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 - establece que las Municipalidades Provinciales y