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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2006 (01/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 313506 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de marzo de 2006 una reducción de los derechos administrativos para la ejecución del Proyecto de Renovación Urbana“Residencial Grau Nº 338” acogido al Programa deTecho Propio, así como la carta del 30 ENE 2006-01-03en la que envía a la Municipalidad la informaciónrequerida por los Presidentes de las Comisiones Permanentes de Regidores encargados de resolver la petición antes señalada; el Informe Nº 122-05-DDU/MDLV del 01 SET 2005 suscrito por el Director deDesarrollo Urbano; el Informe Nº 126-2005-DR/MDLVdel 07 NOV 2005 emitido por el Director de Rentas; elInforme Nº 1291-2005-DAJ/MDLV de fecha 23 NOV 2005 formulado por el Director de Asesoría Jurídica y Dictamen Conjunto Nº 001-2006-CPRC/CPDU/CPPPAL/MDLV; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades sonlos órganos de gobierno local. Tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, los Gobiernos Locales puedan crear, modificar y suprimir Contribuciones y Tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y conlos límites que señala la Ley, conforme lo estableceel artículo 74º de la Constitución Política del Perú, enconcordancia con la Norma IV del Título Preliminardel Código Tributario; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que losgobiernos locales gozan de autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Directora del Centro de Promoción Urbana (CEPROMUR) con el Documento Simple Nº 30057 del 24 AGO 2005 de VISTOS, solicita al Alcalde Distrital de La Victoria la reducción de los derechos administrativospara la ejecución del Proyecto “Residencial Grau Nº 338”acogido al Programa de Techo Propio, señalando comoantecedente que la Municipalidad de San Juan deLurigancho con Decreto de Alcaldía Nº 007 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 JUN 2005, había concedido este beneficio; al igual que lo hiciera laMunicipalidad de Villa el Salvador con la Ordenanza Nº089-VES; Que, con el Anexo referido en VISTOS, la Directora del CEPROMUR, complementa documentadamente la solicitud señalada en el considerando precedente, adjuntando para el efecto la Ayuda de Memoria y laMemoria descriptiva del Proyecto, copia de la cartaremitida por la Asociación solicitando la asistencia técnicapara la realización del Proyecto, copia del Convenio decooperación entre la constructora y CEPROMUR, así como el formulario de Registro de Proyectos para el Programa Techo Propio; Que, la Directora de CEPROMUR con la carta del 30 ENE 2006-01-03 señalada en VISTOS, remite a laMunicipalidad de La Victoria, por requerimiento de losintegrantes de las Comisiones Permanentes que rubrican el presente Dictamen Conjunto, una fotostática de la copia certificada de la ficha Nº 267826 otorgadapor la Oficina Nacional de Registros Públicos(SUNARP), a favor de la Asociación de moradores dela Av. Grau Nº 338, a la que se anexa copia de la nuevadenominación social: “ "ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA AVENIDA GRAU Nº 338”; también remite copia de la Carta Nº 0086-2006-FMV/GO de 26 ENE 06 del Gerente de Operaciones delFondo Mi Vivienda del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, la que anexa unaConstancia de Registro del 10 Nov 2005 con Código Nº 0095, en la que se demuestra la participación del mencionado Proyecto, dentro del programa TechoPropio; Que, con el Informe de VISTOS, el Director de Desarrollo Urbano señala que es factible el otorgamientode una reducción de los derechos por concepto de Licencia de Construcción, ya que la misma beneficiaría a cincuenta (50) familias del “Proyecto de RenovaciónUrbana Residencial Grau 388”, proponiendo realizar lossiguientes pagos:- Por derechos de Licencia de Construcción S/. 800.00- Por derechos de trámite S/. 300.00- Por derechos de declaratoria de Fábrica S/. 500.00 Que, en merito de las consideraciones expuestas, al Reglamento Interno de Concejo y de conformidad con el articulo 9º inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo, luego del debate pertinente yen la forma reglamentaria, por MAYORÍA y con dispensadel trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó lasiguiente: ORDENANZA APROBAR LA REDUCCIÓN DEL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS AL CENTRO DE PROMOCIÓN URBANA - CEPROMUR Artículo Primero.- APROBAR la solicitud presentada por la Directora del Centro de Promoción Urbana(CEPROMUR), en cuanto a la reducción del pago de derechos administrativos propuesto por el Director de Desarrollo Urbano para la ejecución del Proyecto deRenovación Urbana “Residencial Grau Nº 338”, en elmarco del Programa Techo Propio - Construcción enSitio Propio, promovido por el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento que a continuación se detalla, · Por derechos de Licencia de Construcción S/. 800.00 · Por derechos de trámite S/. 300.00· Por derechos de declaratoria de Fábrica S/. 500.00 Artículo Segundo.- La Gerencia de Rentas, Desarrollo Urbano y Planificación, Presupuesto yEstadística, adopten las acciones administrativascorrespondientes para la implementación debida de lodispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 03661 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan plazo de pago del Impuesto Predial 2006 y de Arbitrios Municipalesde Limpieza Pœblica, Parques y Jardines y Serenazgo del aæo 2005 ORDENANZA Nº 236-CDLO Los Olivos, 24 de febrero de 2006EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 007-2006-MDLO-CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de losGobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria paracrear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitriosy derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el ConcejoMunicipal, cumple función normativa, a través deOrdenanzas, las cuales tienen como rango de Ley deconformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para quecumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado