Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2006 (01/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de marzo de 2006

la municipalidad correspondiente, de acuerdo a lo que marque el medidor, debiendo utilizar dispositivos que optimicen el uso del agua (riego por aspersion). De preferencia, el riego de parques y jardines publicos debera efectuarse con aguas residuales tratadas para tal fin." 3.3. Respecto del Reglamento de Servicios Colaterales: Adicionar el inciso j) al articulo 2º sobre "Ambito de Aplicacion" del "Reglamento del Procedimiento para determinar los precios de los Servicios Colaterales que prestan las EPS", de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 2º.- Ambito de aplicacion Estaran sujetos a regulacion de precios los servicios colaterales a los que se refiere el presente Reglamento que son prestados por las EPS o por terceros de acuerdo con lo establecido en el articulo 41º de la Ley Nº 26338 y el articulo 91º de su Reglamento. Los servicios colaterales comprendidos en los alcances del presente Reglamento son los siguientes: j) el costo adicional por cargas en el sistema de alcantarillado que superen el limite MORDAZA establecido en el Reglamento de Prestacion de Servicios de la EPS." 4. RESULTADOS DE LA CONSULTA PUBLICA.El proyecto y su respectivo Documento de Analisis de Impacto Regulatorio fueron publicados el 5 de diciembre de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, otorgando a los interesados un plazo de quince (15) dias calendario para presentar sus comentarios por escrito a la SUNASS. La matriz de los comentarios recibidos y las respectivas respuestas de SUNASS se encuentra a disposicion del publico en general en la pagina web institucional (www.sunass.gob.pe). Como resultado de la evaluacion de los comentarios, se han efectuado las siguientes modificaciones al proyecto publicado en cuanto a la Directiva para la Formulacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento: a. Se ha modificado el numeral 9.10 propuesto, con la finalidad de aclarar la disposicion respecto de los casos en que corresponde que el usuario pague los costos asociados al medidor de consumo, recogiendose lo dispuesto en el articulo 92º del Reglamento LGSS. b. Se ha modificado el numeral 9.11 propuesto, por considerarse adecuado definir que se entiende por infraestructura interna. La definicion toma en cuenta los limites del predio que ocupa el usuario, entendiendose que solo dentro de ellos es razonable exigirle que MORDAZA medidas de seguridad. 5. IMPACTO ESPERADO.5.1 Para los usuarios.- Con la emision de este conjunto de modificaciones normativas se aclara y da a conocer a los usuarios los cambios en la normativa emitida por la SUNASS como efecto de la modificacion del Reglamento LGSS. 5.2 Para las EPS.- La emision de la MORDAZA permitira que las EPS cumplan con recoger en sus respectivos Reglamentos de Prestacion de Servicios, las disposiciones impuestas por el Reglamento LGSS, con la finalidad de resguardar los derechos de los usuarios y de las propias EPS, asi como sus obligaciones respectivamente. 5.3 Para la SUNASS.- Con la modificacion de la Directiva para la Formulacion del Reglamento de Prestacion de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de las EPS y del Reglamento del Procedimiento para determinar los precios de los Servicios Colaterales, y la derogacion de la Directiva sobre Organizacion y Funcionamiento de Juntas Administradoras de Servicios

de Saneamiento, se busca la concordancia de las normas emitidas por SUNASS con las de mayor jerarquia y el cumplimiento del mandato dispuesto en el Decreto Supremo Nº 016-2005-VIVIENDA, de adecuar las Directivas y Resoluciones emitidas por el ente regulador. 03633

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 0002-2006-GORE-ICA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de enero del 2006, ha aprobado la Ordenanza Regional "Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ica". CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 197º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al Articulo 5º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales", es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las Politicas Nacionales Sectoriales en concordancia con los Planes y Programas Nacionales, Regionales y Locales de Desarrollo; asimismo en el literal a) del Articulo 15º de la citada Ley establece que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003GORE ICA de fecha 28 de febrero del 2003, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ica, documento de gestion mediante el cual se formaliza su estructura organica, sus funciones y responsabilidades que deben cumplir los organos y dependencias para garantizar una gestion administrativa eficiente y eficaz; Que, durante la vigencia del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado conforme lo senala el considerando que antecede, se aprobaran diversos dispositivos legales emitidos por el Gobierno Nacional y por el Gobierno Regional, los cuales han originado que deban realizarse modificaciones, ajustes, adecuaciones, incorporaciones, reestructuracion, correcciones, etc. de la estructura organica y de las funciones de los Organos y Dependencias del Gobierno Regional de Ica, asi como en la denominacion de algunos de ellos; otro aspecto importante ha sido el MORDAZA de descentralizacion, que esta permitiendo la transferencia gradual de las funciones especificas en materia sectorial del Gobierno Nacional al Gobierno Regional, y a efecto de lograr la acreditacion correspondiente, se ha tenido que desagregar dichas funciones en forma individual a nivel de cada Gerencia Regional. Que, en consecuencia con Informe Nº 052-2005SGDS del 28 de octubre del 2005, presentado por la Subgerencia de Desarrollo Sistemico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial se tiene el proyecto de Reglamento de Organizacion Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ica, instrumento de gestion adecuado y modificado en el MORDAZA de las necesidades surgidas de la experiencia de la descentralizacion; asi como concordado con la normatividad legal vigente que

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