Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2006 (01/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 1 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Nº 19221666; sin embargo, con posterioridad recurre al Registro a efectos de obtener una MORDAZA inscripcion, la Nº 19250171, el 15 de MORDAZA del ano 1993, con el nombre de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Yagi, sustentando su identidad con la Libreta Militar Nº 1229705684, la misma que segun la informacion recibida de la Direccion de Movilizacion del Ejercito, no se encuentra registrada en sus archivos, de lo que se desprende que se ha afectado el registro al haberse efectuado una declaracion falsa, lo que ha motivado a la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral emita la Resolucion Nº 094-2006-SGDAR/GP/RENIEC, disponiendo la cancelacion y exclusion de la inscripcion Nº 19250171, por haber sido obtenida sobre la base de una declaracion falsa; Que, aun cuando si bien el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ha procedido administrativamente, excluyendo en forma definitiva las mencionadas Inscripciones, por encontrarse inmersas dentro de las causales previstas por el Decreto Ley Nº 14207 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-62-JUS, el comportamiento doloso realizado por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAKE o MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yagi, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA YAKE o MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Yagi y MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAKE o MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yagi, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, constituye indicios razonables de la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAKE, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA YAKE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAKE, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03692 RESOLUCION JEFATURAL Nº 112-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de febrero de 2006 Visto, el Oficio Nº 2582-2005-GP/SGDAC/RENIEC, el Oficio Nº 000226-2006-SGDAR-GP-RENIEC y el Informe Nº 182-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de febrero de 2006. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las

Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que siendo la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, el organo de linea encargado de las labores de depuracion y actualizacion de datos, se ha podido detectar que diferentes personas, han recurrido al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, declarando datos falsos, obteniendo irregularmente Documentos Nacionales de Identidad; Que, con fecha 19 de MORDAZA de 1999, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la inscripcion Nº 40843109, pese a encontrarse registrado, recurrio al Registro y obtuvo indebidamente, el 15 de octubre del 2002, la inscripcion Nº 42643169, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAGI, la misma que sustento con la MORDAZA de la Partida de Nacimiento Nº 4267, supuestamente registrada en los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, pero que conforme a lo senalado en el Informe Grafotecnico Nº 076-2005/BG/GP/RENIEC, es un documento fraudulento, en tanto que las firmas que la certifican no corresponden al MORDAZA grafico del Registrador, de lo que se desprende un acto ilegal que ha afectado la seguridad juridica del Registro y ha motivado a la emision de la Resolucion Nº 378-2005GP-SGDAC-RENIEC, en donde se dispuso la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales de la Inscripcion Nº 42643169 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA YAGI por haberse detectado una declaracion de datos falsos; Que, con fecha 25 de febrero del 2003, la persona identificada como YULY KAORY ARAY GANOZA DE MORDAZA, obtuvo la inscr ipcion Nº 42848063, acreditando su identidad mediante Partida de Nacimiento Ordinaria Nº 5232; la misma que tiene naturaleza fraudulenta; toda vez que, la Unidad de Fiscalizacion de la Jefatura Regional 2 de MORDAZA, mediante Visita Inspectiva llevada a cabo a las Oficinas del Registro Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, verifico que dicha Partida de Nacimiento ha sido asentada en folios inutilizados del Libro de Nacimiento Nº 11-P del ano 1982; habiendose para ello, borrado previamente mediante el procedimiento de MORDAZA, el sello que textualmente senalaba "Inutilizado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 185385-CPT", motivando asi que por Resolucion Nº 0222006-GO/JR2/TRU-RENIEC de fecha 12 de enero del 2006, la Jefatura Regional MORDAZA del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, dispusiera la cancelacion de dicha Partida de Nacimiento; para posteriormente, mediante Resolucion Nº 084-2006SGDAR/GP/SGDAC-RENIEC de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, excluir definitivamente del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, la Inscripcion Nº 42848063 a nombre de YULY KAORY ARAY GANOZA DE MORDAZA por haberse detectado una declaracion de datos falsos; Que, con fecha 20 de MORDAZA del 2003, la persona identificada como DARWIN MORDAZA WATANABE MORDAZA obtuvo la inscripcion Nº 42957333, acreditando su identidad mediante la MORDAZA de la Partida de Nacimiento Ordinaria Nº 5233, la misma que es resulto ser fraudulenta; toda vez que, la Unidad de Fiscalizacion de la Jefatura Regional 2 de MORDAZA, dada la Visita Inspectiva realizada a las oficinas del Registro Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, verifico que dicha Partida de Nacimiento, ha sido asentada en folios inutilizados del Libro de Nacimiento Nº 11-P del ano 1982, habiendose borrado previamente mediante el procedimiento de MORDAZA, el sello que textualmente senalaba "Inutilizado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1853-85-CPT", dado lo cual mediante Resolucion Nº 022-2006-GO/JR2/TRU-RENIEC de fecha 12 de enero del 2006, la Jefatura Regional MORDAZA del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, dispuso la cancelacion de dicha Partida de Nacimiento y posteriormente, mediante Resolucion Nº 086-2006SGDAR/GP/SGDAC-RENIEC de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, dispuso la exclusion

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