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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G30/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de marzo de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G6C/G6F/G67/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G69/G6E/G74/G65/G6C/G65/G63/G74/G75/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G4C/G43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2006-MINCETUR/DM Lima, 3 de marzo de 2006 Visto, el Memorándum Nº 149-2006-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir,dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercioexterior y de turismo; responsable en materia denegociaciones comerciales internacionales, en coordinacióncon los sectores del Gobierno en el ámbito de susrespectivas competencias; Que, el Perú conjuntamente con Ecuador y Colombia, ha venido negociando con los Estados Unidos deNorteamérica la suscripción de un Tratado de Libre Comercio- TLC, para cuyo efecto se llevaron a cabo XIII Rondas deNegociaciones; Que, del 6 al 7 de marzo de 2006, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se realizará una reuniónde evaluación técnico legal entre el responsable del equiponegociador de la mesa de propiedad intelectual del Perú ylos negociadores de Colombia, para revisar en conjunto eltexto final sobre los acuerdos logrados respecto a dichocapítulo, con el fin de consolidar una posición única; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior, como jefe del equipo negociador peruano, ha solicitadoque se autorice el viaje del señor Luis Alonso García MuñozNájar, profesional que presta servicios en el Viceministeriode Comercio Exterior, para que en representación delMINCETUR, participe en las citadas reuniones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 28652, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificadopor el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del señor Luis Alonso García MuñozNájar, profesional que presta servicios en el Viceministeriode Comercio Exterior, para que en representación delMINCETUR, participe en las Reuniones a que se refiere laparte considerativa de la presente Resolución, del 6 al 7 de marzo de 2006. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo delMinisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes : US$ 570,00 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje seautoriza por la presente Resolución, deberá presentar alTitular del Sector un informe detallado sobre las accionesrealizadas y resultados obtenidos en las reuniones a lasque asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentasde acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04126 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G73/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO SUPREMO Nº 027-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se aprueba entreotros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional deDefensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplía hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 50 000 000,00) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por elBanco de la Nación al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442,modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley señalada en el párrafo anterior, establece que las incorporacionespresupuestales de recursos de la citada línea de Créditoserán aprobadas mediante Decreto Supremo refrendadopor el Ministro de Economía y Finanzas a propuesta de la/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. Nº 010-2006-MML.- Aprueban servicios turísticos que brindará la Gerencia de Educación, Cultura y Deportes 314076 Res. Nº 048-06-MML/GTU.- Modifican la Res. Nº 009- 06-MML/GTU y precisan que inclusión o sustitución de vehículos en flotas de rutas comprendidas en el SectorTerritorial I deberá cumplir con requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 894 314077 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Anexo - Ordenanza Nº 355-MSB.- Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja 314078MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 128-MVES.- Establecen Marco Legal del Sistema Anual de Premiación al Buen Contribuyente 314115 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F OSIPTEL Res. Nº 014-2006-CD/OSIPTEL.- Proyecto de Resolución mediante la cual se establecerá cargo de interconexión tope para el acceso a los teléfonos públicos fijos operados por Telefónica del Perú S.A.A. 314116