Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2006 (06/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 6 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 314045

Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa opinion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, la Decima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece la prorroga de la vigencia de la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el articulo 5º numeral 5.2 literal a) de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, ha aprobado gastos que se enmarcan en el numeral 7.1 del articulo 7º de la citada Directiva y mediante Informe Tecnico Sustentatorio determina que es procedente solicitar a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico la incorporacion de recursos para su inmediata atencion; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 469 360,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en cumplimiento de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005-EF/10, que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI y la Decima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; DECRETA:

Articulo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas de Modificacion La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA, las cuales seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego, debiendo presentar, MORDAZA de la Resolucion, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 04121 DECRETO SUPREMO Nº 028-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Incorporase via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, recursos hasta por la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 469 360,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 009-2002-PRES, 103-2002-PCM, 116-2002-EF y 017-2003-PCM, se constituye el Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA FIDA, conformado entre otros por el monto proveniente de la penalidad derivada del contrato celebrado entre la Empresa Minera del Centro del Peru Sociedad Anonima y la Compania Minera Antamina Sociedad Anonima, que sera abonado por esta MORDAZA y que se transferira, conforme a Ley, por el Tesoro Publico al citado Fondo; Que, en cumplimiento de lo senalado en el considerando precedente, los recursos provenientes de dicha penalidad se hicieron efectivos por parte de la Compania Minera Antamina Sociedad Anonima y el monto correspondiente fue depositado por la Direccion General del Tesoro Publico en una cuenta especial en el Banco Central de Reserva del Peru, a nombre del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA - FIDA; Que, el Decreto de Urgencia Nº 058-2002 dispone que el 10% de los recursos a que se refiere el literal a) del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES se destine a financiar los proyectos de inversion publica de las universidades del departamento de MORDAZA conforme al siguiente detalle: 70% para la Universidad Nacional de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y 30% para la Universidad Nacional del Santa; Que, asimismo el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 058-2002, dispone que los acuerdos a que se refiere el Acta de la Sesion Ordinaria del Consejo Directivo del FIDA, de fecha 23 de octubre de 2002, se implementaran, bajo coordinacion del Consejo Nacional de Descentralizacion y dentro de lo establecido en el citado Decreto de Urgencia; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece que los fondos que provengan de la aplicacion del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA FIDA se podran incorporar en los presupuestos de las entidades encargadas de ejecutar los proyectos y obras priorizados por el Consejo Directivo del FIDA en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector encargado, a propuesta del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND;

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.00 4.1.0 4.1.1 FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Credito InternoBanco de la Nacion TOTAL DE INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil 07 : Defensa y Seguridad Nacional 024 : Defensa Contra Siniestros 0066 : Defensa Civil 1.00164 : Coordinacion del Sistema Nacional de Defensa Civil 5 469 360,00 5 469 360,00

5 469 360,00 ------------------5 469 360,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 4 Otros Gastos Corrientes TOTAL EGRESOS 5 469 360,00 5 469 360,00 -----------------5 469 360,00 ==========

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.