Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2006 (06/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 6 de marzo de 2006 CAPITULO V DE LOS SUPERVISORES

NORMAS LEGALES

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CAPITULO III DE LA INSCRIPCION

Articulo 16º.- Las comisiones de concurso y las comisiones de apelacion, deberan convocar como supervisor del MORDAZA a la Defensoria del Pueblo.

Articulo 21º.- Para la inscripcion se requiere presentar: 1. Solicitud que especifique la plaza o cargo para el cual concursa. 2. Curriculo vitae documentado, asi como el resumen ejecutivo que detalle: tiempo de ejercicio profesional, preparacion y adiestramiento, participacion academico docente y produccion cientifica, experiencia laboral. 3. Certificado de buena salud fisica y mental con una antiguedad no mayor a tres meses de la fecha de inscripcion. 4. Certificado negativo de antecedentes penales. 5. Resolucion de SECIGRA o SERUMS, segun corresponda al ano de titulacion como medico cirujano. 6. Plan de gestion para el periodo de tres anos al que concursa. 7. En general, toda la documentacion, debidamente foliada, que sustente los requisitos para concursar establecidos en el articulo 17º, asi como los documentos que acrediten lo establecido en los capitulos IV y V del presente reglamento, como resoluciones que sustenten la permanencia en los cargos directivos y constancias de trabajo en el caso de privados. En el caso de los requisitos de los numerales 3 y 4, se podra presentar una declaracion jurada. La adulteracion, falsificacion o falta de veracidad en los documentos y declaraciones juradas presentadas, o la no MORDAZA de los mismos, determinara la descalificacion inmediata del postulante en cualquier etapa del concurso, sin perjuicio de las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan. Toda la documentacion estara sujeta a verificacion posterior.

TITULO III DEL MORDAZA DE CONCURSO CAPITULO I DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR
Articulo 17º.- Los requisitos para concursar al cargo de director son los siguientes: 1. Ser medico-cirujano, con estudios de post-grado en gerencia de servicios de salud, administracion de salud o afines. 2. Tener como minimo cinco (5) anos de desempeno profesional, en el caso de los postulantes a directores de Hospitales; o, tener un minimo de siete (7) anos de desempeno profesional en las diversas especialidades relacionadas con la especialidad principal que el instituto desarrolla, en el caso de los postulantes a director de Instituto Especializado. 3. Estar en la condicion de habil para el ejercicio profesional, con acreditacion del Colegio Medico del Peru. 4. Tener buena salud fisica y mental. 5. No tener antecedentes penales. 6. Haber realizado el SECIGRA O SERUMS, segun corresponda al ano de titulacion como medico. 7. Contar con un plan de gestion para el periodo en el cargo al que concursa.

CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA
Articulo 18º.- La Convocatoria sera realizada por la Comision de MORDAZA y Callao o las Comisiones Regionales de Concurso, segun corresponda y previo informe tecnicopresupuestal del Instituto Especializado u Hospital respectivo, dando cuenta de la disponibilidad presupuestal, el nivel remunerativo correspondiente y su prevision en el Presupuesto Analitico de Personal. Articulo 19º.- En la convocatoria se senalara: 1. 2. 3. 4. 5. Cargo vacante. Codigo presupuestal. Remuneracion. Lugar y condiciones basicas del trabajo. Las etapas del concurso:

CAPITULO IV DE LOS FACTORES DE CALIFICACION
Articulo 22º.- Los factores de calificacion para cargos de direccion son los siguientes: 1. Curriculo vitae. 2. Plan de gestion para el periodo en el cargo al que concursa. 3. Examen de conocimientos. El curriculo vitae comprende: a) Tiempo de ejercicio profesional. b) Preparacion y adiestramiento. c) Participacion academico docente y produccion cientifica. d) Cargos asumidos por eleccion. e) Cargos ejercidos. El plan de gestion para el periodo comprende: a) Justificacion del Plan. b) Situacion Actual. c) Analisis. d) Soluciones Propuestas. e) Resultados esperados. El examen de conocimientos evaluara las siguientes 5 areas: a) Gerencia hospitalaria. b) Salud Publica y politicas de salud. c) Recursos Humanos. d) Normatividad del sector. e) Etica y deontologia en el ejercicio de la salud.

a) Inscripcion. b) Determinacion de aptos para el concurso. c) Evaluacion curricular. d) Examen de conocimientos. e) MORDAZA de plan de gestion y entrevista personal. f) Publicacion de resultados. g) MORDAZA de recurso de reconsideracion, de ser el caso. h) MORDAZA de recurso de apelacion, de ser el caso. Todas estas etapas se consignaran y publicaran en el cronograma del concurso correspondiente. Articulo 20º.- La convocatoria del concurso sera publicada: a. Para el concurso de directores de los Institutos Especializados y Hospitales ubicados en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, la Comision de Concurso debera publicar la convocatoria en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion nacional durante dos (2) dias consecutivos en un fin de semana, en el MORDAZA electronico del Ministerio de Salud y en un lugar visible y de acceso al publico de las Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao y en la sede central del Ministerio de Salud. b. Para el concurso de Directores de Hospitales en las regiones del MORDAZA, cada Comision Regional de Concurso debera publicar la convocatoria, en un diario de circulacion regional durante dos dias consecutivos, en el MORDAZA electronico del gobierno regional y en un lugar visible y de acceso al publico de la Direccion Regional de Salud. El Reglamento de Concurso sera publicado en los portales electronicos correspondientes.

CAPITULO V DEL PUNTAJE
Articulo 23º.- Tiempo de Ejercicio Profesional (maximo 9 puntos) El tiempo de ejercicio profesional, sera computado a partir de la fecha de expedicion del titulo de acuerdo a los siguientes criterios: 23.1 El tiempo de ejercicio profesional es acumulable. Los puntajes maximos por MORDAZA de ejercicio profesional se describen en el siguiente cuadro:

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