Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2006 (06/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 6 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Visto el escrito de Registro Nº CE-06430002 de fecha 16 de setiembre de 2004 presentado por PESQUERA EXALMAR S.A, mediante el cual solicita el cambio del titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 con matricula CE-2912-PM. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE del 13 de marzo de 1996, se otorgo permiso de pesca a la EMPRESA PESQUERA MORDAZA NUMERO DOS S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 2 de 373.73 m3 de capacidad de bodega, con matricula CE-2912-PM, para ser destinada a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 176-97-PE del 10 de MORDAZA de 1997, se autorizo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA 2, con matricula CE-2912-PM, a favor de PESQUERA TAMBO S.R.Ltda; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que la transferencia de la posesion o la propiedad de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante el escrito del visto presentado PESQUERA EXALMAR S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 176-97-PE, para la operacion de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 con matricula CE-2912-PM, en su condicion de poseedora directa y armadora de la citada embarcacion, de acuerdo al contrato de arrendamiento financiero celebrado con el propietario SANTANDER LEASING S.A., conforme se acredita con el correspondiente certificado compendioso de dominio; Que al haberse determinado de la evaluacion tecnica que la embarcacion pesquera MORDAZA 2 presentaba una capacidad de bodega de 380.39 m3 que excedia del rango de tolerancia de metros cubicos, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 028-2003-PRODUCE y que conforme se establece en el citado articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca la transferencia de la posesion de la embarcacion conlleva la transferencia del permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgo, con el fin de determinar la capacidad de bodega real de la embarcacion, se requirio a PESQUERA EXALMAR S.A. a traves del Oficio Nº 381-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 16 de febrero de 2005, recibido el 18 de febrero de 2005, segun el cargo de notificacion que obra en el expediente, que presente el certificado nacional de arqueo e indique si la embarcacion ha tenido modificaciones estructurales, en razon que el certificado de matricula presentado de fecha 10 de marzo de 2004 precisa que se emite por cambio de caracteristicas principales; Que a la fecha PESQUERA EXALMAR S.A. no ha cumplido con presentar la documentacion solicitada a traves del oficio MORDAZA mencionado, habiendose paralizado el procedimiento por causa imputable al administrado, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede declarar en abandono el procedimiento iniciado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 2492005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento iniciado por PESQUERA EXALMAR S.A. de cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE modificada por la Resolucion Ministerial Nº 176-97-PE para la operacion de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 con matricula CE-2912-

PM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 04066

SALUD
Aprueban Reglamento de Concurso para acceder a los cargos de Directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud
DECRETO SUPREMO Nº 003-2006-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, se aprobo el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, es necesario actualizar el mencionado Reglamento, a efecto de adecuar algunos criterios de seleccion que permitan la mayor participacion de los profesionales de la salud en los concursos respectivos; Estando a lo propuesto por el Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8. del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y, en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de Concurso para acceder a los cargos de Directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, que consta de treinta y siete (37) articulos y seis (6) disposiciones complementarias, transitorias y finales. Articulo 2º.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 0112002-SA, su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo Nº 015-2002-SA, asi como todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud

REGLAMENTO DE CONCURSO PARA ACCEDER A LOS CARGOS DE DIRECTORES DE LOS INSTITUTOS ESPECIALIZADOS Y HOSPITALES DEL SECTOR SALUD TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I Del Objeto
Articulo 1º.- Es objeto del presente reglamento establecer las normas de seleccion mediante concurso publico de los profesionales medico cirujanos para ejercer los cargos de directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud con categoria II o III.

Del Alcance
Articulo 2º.- La presente MORDAZA es de aplicacion para la seleccion de directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Ministerio de Salud a nivel nacional,

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