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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2006 (10/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 83

PÆg. 314405 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2006 Comentario: Respecto al resultado de la evaluación de la información remitida por las empresas, debemos señalarque con dicha información se determinará si los indicadores se encuentran dentro de los rangos permisibles que establezca en su oportunidad OSINERG.Cabe señalar que de no encontrarse dentro de las tolerancias establecidas por OSINERG, se considerará como infracción administrativa. Respecto al modo de envío de la información en vía extranet, debemos señalar que se ha establecido que para todos los requerimientos de información del presenteprocedimiento se realizará a través de un portal que habilite OSINERG. Asimismo, respecto al formato y extensión de los registros de envío, debemos señalarque el programa informático a utilizar es el "Excel" y que deberá contener la información señalada en los campos considerados en los anexos del numeral 12 delProcedimiento. Si bien puede ser que la misma información sea remitida a otras instituciones, OSINERG en virtud de suartículo 79º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, puede solicitarla alas entidades bajo su supervisión, considerando que dicho requerimiento se orienta a cumplir con su funciones supervisora y fiscalizadora en el subsector electricidad. Respecto a considerar reuniones para emitir el procedimiento, debemos señalar que el artículo 8 y artículo 25º del Reglamento General del Organismo Supervisorde la Inversión en Energía aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, sólo exige a OSINERG prepublicar las normas que se emitan en uso de sufunción normativa. Esto permite contar con todas opiniones y sugerencias de las empresas supervisadas sino además de todo público interesado, garantizando latransparencia en la elaboración de los procedimientos de supervisión. Respecto al código de identificación, se ha procedido a uniformizarlo con el establecido en el anexo 3 Base Metodológica para la Aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos. III RESPECTO AL NUMERAL 6.1.- Registro de Desconexiones Observaciones de la empresa RED DE ENERGÍA DEL PERÚ: • "El reporte de las desconexiones de las líneas de transmisión y equipamiento de subestaciones queimplican interrupciones de suministro eléctrico a los usuarios del Anexo 1, es presentado al OSINERG, según lo establecido por la Norma Técnica de Calidad de losServicios Eléctricos; por tal motivo, consideramos que no se requiere enviar nuevamente esta información que ya se encuentra disponible en OSINERG." "Hacemos notar que esta clase de reportes duplicados, generan a las empresas duplicidad de trabajos y, por tanto, mayores costos. " Comentario: Al respecto, la información de la Norma Técnica Calidad de los Servicios Eléctricos (NTCSE) no abarca todos los supuestos que el presente procedimientoestablece. En efecto, el reporte de las desconexiones de las líneas de transmisión y equipamiento de subestaciones que implican interrupciones de suministroa los usuarios, las cuales se presentan según el numeral 6 de la NTCSE, se realiza de manera parcial, ya que la calidad de suministro se expresa en función de lacontinuidad del servicio eléctrico a los clientes desde los puntos de entrega. Mediante el presente procedimiento se pretende registrar las interrupciones de la totalidad de equipos de las instalaciones causantes de las interrupciones del suministro eléctrico a fin de evaluar la performance delmismo. Por lo tanto, para los fines del procedimiento es necesaria la remisión de la información solicitada en el Anexo 1. Además lo que se busca es que OSINERG cuente con la información de manera oportuna para realizar una correcta supervisión del desempeño de las instalacionesde transmisión eléctricas, por lo que no es aceptado lo afirmado por la empresa. IV RESPECTO AL NUMERAL 6.2.- Indicadores de Desempeño Observaciones de la empresa EDELNOR:• "En estos indicadores se deben de reportar sólo los eventos que generen falta de suministro eléctrico." • "Deben de tener en cuenta que las redes de las empresas en muchos circuitos se diseñan con el criterio n-1, lo cual no es reconocido en la fijación tarifaria, por loque los indicadores de desempeño de estos no deben de estar sujetos a rangos permisibles fijados por OSINERG". • "Adicionalmente todas las interrupciones en el sistema están sujetos a la NTCSE." Comentario: Al respecto debemos señalar que efectivamente los reportes se realizarán por aquellos eventos que generen falta de suministro, tal como lo precisa la empresa concesionaria. De otro lado, debemos señalar que el presente procedimiento es de aplicación general a cualquier topología de las redes de transmisión. En el casoespecífico de redes con el criterio n-1, debemos afirmar que cuando se produce una desconexión en uno de los circuitos, por lo general no ocasionan interrupción desuministro, razón por la cual la aplicación de los indicadores es favorable para la empresa. Respecto a las interrupciones sujetas a reportes por la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, debemos precisar que aquellos reportes (de las desconexiones) se realizan sólo cuando se afecte elsuministro del cliente en el punto de entrega, mientras que el presente procedimiento tiene un mayor alcance que el de la NTCSE, al reportarse todas lasinterrupciones mayores a 3 minutos de duración, que además se originen en otros componentes del sistema. V RESPECTO AL NUMERAL 6.4.- Plan de Contingencia Operativo Observaciones de la empresa RED DE ENERGÍA: • "Si bien las empresas de transmisión deben mantener el mayor tiempo posible la disponibilidad de sus instalaciones y equipos, consideramos que los Planes de Contingencia no pueden garantizar lacontinuidad del servicio, sino más bien determinar cuáles son los pasos o procedimientos a seguir para reducir al mínimo la interrupción de su servicio eléctrico, si se tieneen cuenta los diferentes riesgos a los cuales están expuestos sus equipos e instalaciones." Observaciones de la empresa EDELNOR: • "El Plan Operativo que solicitan, no debe de publicarse en un ambiente de consulta masiva como la página Web o el Intranet por la información confidencial y estratégica que se dispone." • "Tal como indicáramos anteriormente, en este tema también puede suceder que de hacerse público el plan operativo en la página web, cualquier persona en ejerciciode la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, podría solicitar la documentación que sustenta la información que aparece en la página web y OSINERG nopodría negarse a brindarla (artículo 13º de la referida Ley), salvo los supuestos expresamente establecidos en los artículos 15º, 16º y 17º de la Ley y siempre que exista unaresolución expedida por el titular del sector o pliego respectivo que la haya clasificado dicha documentación como información secreta, reservada o confidencial. Casocontrario, el funcionario de OSINERG que se negase a dar dicha información podría ser denunciado por abuso de autoridad, además de la aplicación de una sanción por lacomisión de falta grave (artículo 4º de la Ley)". Comentario:Al respecto, se ha procedido a precisar en el procedimiento que el Plan de Contingencia Operativo