Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2006 (10/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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SUNARP
Aprueban Plan de Implementacion de la Ley de la Garantia Mobiliaria
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 067-2006-SUNARP/SN MORDAZA, 8 de marzo de 2006 VISTO; el Informe numero 027-2006-SUNARP/GG, de fecha 6 de marzo de 2006, por el cual la Gerencia General propone la conformacion de equipos de trabajo que se encargaran de ejecutar las actividades necesarias para la implementacion de la Ley Nº 28677, Ley de la Garantia Mobiliaria y las recomendaciones formuladas por la Superintendencia Adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de marzo de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28677, con el objeto de regular la garantia mobiliaria para asegurar obligaciones de toda naturaleza, presentes o futuras, determinadas o determinables, sujetas o no a modalidad; Que, el articulo 42º de la citada Ley crea el Registro Mobiliario de Contratos, en donde se inscribiran las garantias mobiliarias y demas actos inscribibles sobre bienes muebles no registrados en algun Registro Juridico de Bienes; conforme a lo dispuesto por la MORDAZA citada, dicho Registro Mobiliario de Contratos estara conformado por una unica base de datos centralizada en todo el MORDAZA, en el cual cada acto inscribible MORDAZA lugar a la extension de un asiento electronico independiente; Que, de acuerdo con lo senalado en el primer parrafo de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28677, concordado con la Primera Disposicion Final del citado texto normativo, la Superintendencia Nacional de Registros Publicos - SUNARP dispondra las medidas necesarias para la implementacion del Registro Mobiliario de Contratos, dentro del plazo de noventa dias de publicada la mencionada Ley; Que, en ese sentido, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28677 establece que la SUNARP aprobara, dentro de los sesenta dias de publicada la citada Ley, entre otras cosas, las disposiciones reglamentarias para la organizacion y funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos, quedando, en consecuencia, la SUNARP autorizada para regular todas las materias administrativas y tecnicas relativas a la inscripcion de la garantia mobiliaria que se refiere la citada Ley, asi como cualquier otra materia que resulte necesaria para el cumplimiento de las disposiciones de la misma; Que, de acuerdo con lo establecido en el MORDAZA parrafo de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28677, la SUNARP, en el plazo de un ano contado a par tir de la vigencia de la citada Ley, pondra en funcionamiento el Sistema Integrado de Garantias y Contratos sobre Bienes Muebles, a traves del cual se unificara la informacion existente sobre dichas materias en el Registro Mobiliario de Contratos, asi como en todos los Registros Juridicos de Bienes; Que, de otro lado, con el objeto de crear mecanismo de simplificacion de los tramites que deberan realizar los usuarios del Registro, conforme a lo dispuesto por los articulos 34º y 41º de Ley Nº 28677, la SUNARP debera aprobar por Resolucion, los Formularios de Inscripcion y Cancelacion de la garantia mobiliaria y de los otros actos inscribibles, segun corresponda; Que, conforme a lo senalado por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28677, la SUNARP propondra dentro del plazo de noventa dias de publicada la Ley, la nueva estructura de tasas aplicable al Registro Mobiliario de Contratos y al Sistema Integrado de Garantias y Contratos, asi como la adecuacion de las tasas registrales en los Registros Juridicos de Bienes, de conformidad con lo prescrito en el articulo 46º del citado texto normativo; Que, de acuerdo con lo establecido en la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28677, la SUNARP podra modificar sus instrumentos de gestion que resulten necesarios para la aplicacion de la citada Ley;

Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia General a traves del documento de vistos, es necesaria la conformacion de equipos de trabajo que se encarguen de ejecutar las actividades que a continuacion se detallan: - Elaboracion de las disposiciones Reglamentarias del Registro Mobiliario de Contratos, asi como de los formularios necesarios para su implementacion; - Elaboracion de las disposiciones reglamentarias de organizacion y funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos, asi como la modificacion de los instrumentos de gestion; - Elaboracion de las normas necesarias para sanear el tracto interrumpido en los Registros Juridicos de Bienes; - Elaboracion de la nueva estructura de tasas; - Desarrollo de las herramientas tecnologicas necesarias para el funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos y migracion de las prendas especiales ya existentes al mencionado Registro; y, - Desarrollo de las herramientas tecnologicas necesarias para la creacion del Sistema Integrado de Garantias y Contratos. Que, en consecuencia, es conveniente aprobar el plan de implementacion de la Ley Nº 28677, contenido en el informe de vistos, asi como su correspondiente cronograma de ejecucion; En uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto y Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, disposiciones aprobadas mediante Resoluciones Supremas numeros Nº135 y 139-2002JUS, respectivamente, y contando con los vistos de la Gerencia General, Gerencia Legal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Informatica, Gerencia Registral y la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Implementacion de la Ley de la Garantia Mobiliaria, asi como sus anexos, cronograma y contenido de las actividades previstas en el informe de visto, los cuales pasan a formar parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conformar los equipos de trabajo encargados de las siguientes actividades funcionales, los cuales reportaran el cumplimiento de sus acciones al Superintendente Adjunto: (i) Elaboracion de las disposiciones Reglamentarias del Registro Mobiliario de Contratos, asi como de los formularios necesarios para su implementacion; y, (ii) Elaboracion de las normas necesarias para sanear el tracto interrumpido en los Registros Juridicos de Bienes. El Superintendente Adjunto, actuara como coordinador general de los equipos de trabajo de las actividades descritas precedentemente, debiendo verificar los avances, asi como supervisar el cumplimiento de los plazos de ejecucion de las actividades aprobadas. Articulo 3º.- Conformar los equipos de trabajo encargados de las siguientes actividades administrativas, los cuales reportaran el cumplimiento de sus acciones al Gerente General: (i) Elaboracion de las disposiciones reglamentarias de organizacion y funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos, asi como la modificacion de los instrumentos de gestion; (ii) Elaboracion de la nueva estructura de tasas; (iii) Desarrollo de las herramientas tecnologicas necesarias para el funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos y migracion de las prendas especiales ya existentes al mencionado Registro; y, (iv) Desarrollo de las herramientas tecnologicas necesarias para la creacion del Sistema Integrado de Garantias y Contratos. El Gerente General, actuara como coordinador general de los equipos de trabajo de las actividades descritas precedentemente, debiendo verificar los

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