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PÆg. 314411 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2006 de atenciones de salud, hasta el último día del trimestre reportado. El margen de solvencia se determinará al cierre de cada trimestre calendario mediante el siguiente procedimiento: 1. Se ordenan, según monto total liquidado y en forma descendente, los documentos de facturación por atenciones hospitalarias ocurridas durante los seis (6) meses anteriores al trimestre reportado. En el cómputo del número de atenciones hospitalarias no se considerará las relacionadas al concepto de atenciones por maternidad. 2. Se selecciona el 5% superior de estas atenciones y se suma el monto total liquidado por ellas; el monto obtenido corresponde al margen de solvencia, el que se registrará en el Anexo Nº 2 adjunto al presente Reglamento. Artículo 5º.- Cuando el patrimonio efectivo sea menor al margen de solvencia o al capital mínimo legal, la EPS deberá presentar a la SEPS en los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de sus estados financieros, un programa de adecuación patrimonial aprobado por su Directorio, en el que se consigne las medidas adoptadas para superar tal déficit. Dicho programa deberá contar con la aprobación de la SEPS para su ejecución. RESERVAS TÉCNICASArticulo 6º.- Las reservas técnicas constituyen provisiones económicas que la EPS debe mantener para el cumplimiento de sus obligaciones prestacionales. La EPS deberá constituir mensualmente las siguientes reservas: a) Reserva Técnica de Prestaciones (RTP).- Es estimada para hacer frente a las obligaciones derivadas de todas las prestaciones de salud que hayan ocurrido, pero que aún no han sido reportadas a la EPS. b) Reserva por Aportes no Devengados (RAND).- Es estimada para representar el registro contable del diferimiento del reconocimiento de ingresos por aportes registrados pero aún no devengados a la fecha de cierre mensual de los estados financieros. Artículo 7º.- Para la constitución de la RTP la EPS deberá seguir el siguiente procedimiento: a) Se suma el monto total de los documentos de facturación por prestaciones de salud liquidados correspondientes a reembolsos y atenciones ambulatorias que no requieren carta garantía, sin incluir el impuesto general a las ventas, de los tres (3) últimos meses anteriores al mes del reporte. b) El valor obtenido en el párrafo anterior se multiplica por la Tasa de Reservas, la cual se obtiene al dividir entre 90 el promedio del número de días transcurridos entre la fecha de ocurrencia del siniestro y la fecha de recepción del documento de facturación por parte de la EPS. Las estimaciones obtenidas según el procedimiento establecido en los literales anteriores deberán presentarse en el Anexo Nº 3 adjunto al presente Reglamento. Artículo 8º.- Para la constitución de la RAND la EPS deberá seguir el siguiente procedimiento, basado en el cómputo del período no devengado de los aportes: a) La base de cálculo de la RAND la constituyen los aportes retenidos (netos de anulaciones). b) La RAND se obtendrá plan por plan, considerando la porción no corrida (no devengada) del riesgo total, en número de días. Las estimaciones y valores obtenidos según los literales anteriores deberán presentarse en el Anexo Nº 4 adjunto al presente Reglamento, que resume la información del cálculo según la presente metodología. La base de datos que sustenta tales estimaciones deberá ser remitida a la SEPS. Artículo 9º.- Para obtener el total de Reservas Técnicas se suman la RTP y la RAND, según lo indicado en el Anexo Nº 5 adjunto al presente Reglamento. La información deberá ser diferenciada según tipo de afiliado: Regular, Seguro Complementario de Trabajo deRiesgo (SCTR) y Potestativo. PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN A LA SEPSArtículo 10º.- La información solicitada en el presente Reglamento debe ser remitida a la SEPS conjuntamente con sus estados financieros, en medio magnético (hoja de cálculo excel) y en medio impreso, con la periodicidad y en las fechas que la SEPS establezca. ANEXO Nº 1 PATRIMONIO EFECTIVO ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD : ........................................ AL .....DE ..................... DE ....... CÓDIGOS CONCEPTOS TOTAL CONTABLES (en nuevos soles) A. 40 + Capital Social B. 41 + Capital Adicional C. 4301 + Reservas Legales D. 4302 + Reservas Facultativas E. 4801 + Utilidades no distribuidas F. 4803+ Resultado del ejercicio Menos: G. 4802 Pérdidas acumuladas H. Déficit de provisiones por cuentas por cobrar y por desvalorización de inversiones financieras. PATRIMONIO EFECTIVO (*) (*) Es el resultado de: A + B + C + D + E + F - G – HPeriodicidad: Trimestral __________________ __________________ Gerente General Contador General ANEXO Nº 2 SUPERÁVIT O DÉFICIT DE PATRIMONIO EFECTIVO ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD : ........................................ AL .....DE ..................... DE ....... CONCEPTOS TOTAL REFERENCIAS (en nuevos soles) A. Patrimonio Efectivo Total del Anexo 1 Menos:B. Margen de Solvencia Determinado según el Art. 4º del presente Reglamento SUPERAVIT O (DÉFICIT) DEL A - B PATRIMONIO EFECTIVO Periodicidad: Trimestral Nota: El margen de solvencia se obtiene a partir de la información de Prestaciones de Salud Liquidadas por la EPS. Para determinar el número de atenciones hospitalarias ocurridas en un período se toma en cuenta la Fecha de Egreso Hospitalario, entendida como aquella en la que un paciente es dado de alta o de baja (por defunción) de cualquier servicio o especialidad de hospitalización de alguna de las entidades vinculadas. __________________ __________________ Gerente General Contador General