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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2006 (11/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 314472 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 Que, el artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, Ley Nº 27711, señala que el Ministerio ejerce facultades de supervisión y evaluación de las políticas de su Sector, y ejecuta y supervisa su aplicación, enarmonía con la política general del Gobierno; Que, en armonía con la política del Gobierno Nacional, resulta necesario aprobar una Directiva sobre neutralidady transparencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Órganos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados e Instituciones adscritas quela comprenden y de sus empleados públicos, durante el proceso electoral 2006 convocado por el Gobierno Nacional; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, y la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la FunciónPública; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva “Neutralidad y Transparencia del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, Órganos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados e Instituciones adscritas que la comprenden y de sus empleados públicos, durante elproceso electoral del año 2006”. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Directiva a los órganos del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, a los Organismos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados e Instituciones adscritas al Sector para los finescorrespondientes. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Estadística e Informática la difusión de la presente Directiva en lapágina web de la institución www.mintra.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04565 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civil a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2006-MTC/02 Lima, 6 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruanocon anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos quedanprohibidos, exceptuándose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados aldesarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el ejercicio del año 2006, los que serán aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la calificaciónotorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 126/02/06, del 2 de febrero de 2006, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad de Santiago, a supersonal aeronáutico propuesto, durante el día 16 de marzo de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 3083 y 3084, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 217-2006-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, para realizar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE,al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 15 al 16 de marzo de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para el presenteaño, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas en concordancia con las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006;