TEXTO PAGINA: 29
PÆg. 314475 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 por equidad, es necesario disponer que la Segunda Sala Penal - Reos Libres, realice turno para el caso de accionesde Hábeas Corpus, en el mes de marzo del presente año; Que, el criterio de equidad no resulta atendible ni razón suficiente para modificar la competencia asignada a los órganos jurisdiccionales, pues conlleva aspectos subjetivos, siendo que la distribución de la carga laborala los órganos jurisdiccionales obedece a criterios objetivos; Que, fijar los turnos penales tanto en las Salas como en los Juzgados es atribución del Consejo Ejecutivo Distrital, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96º, inciso 6) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicadel Poder Judicial; Que, el establecimiento de los turnos penales mediante resolución de Presidencia Nº 252-2002-CSJCN/PJ, defecha veintiséis de agosto del dos mil dos, se efectuó habida cuenta que en ese entonces no se encontraba en funcionamiento el Consejo Ejecutivo Distrital del ConoNorte de Lima, habiendo sido emitida, por ello, por órgano competente; Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º incisos 3), 4) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- DECLARAR FUNDADO el Recurso de Reconsideración presentado por el Presidente de la Segunda Sala Penal - Reos Libres y, en consecuencia, DEJAR SINEFECTO la Resolución de Presidencia Nº 110-2006- CSJCN/PJ, de fecha ocho de marzo del dos mil seis. Segundo.- DISPONER en forma inmediata la estricta aplicación de la Resolución Administrativa Nº 252-2006- CSJCN/PJ, de fecha veintiséis de agosto del dos mil dos. En consecuencia, el turno Especial para elconocimiento de Acciones de Hábeas Corpus en el presente mes de marzo corresponde a la Primera Sala Penal - Reos Cárcel. Tercero.- Póngase la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina deControl de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de personal y Escalafón, Fiscal Decano del Distrito Judicial del Cono Norte, Oficina Distrital de Control de laMagistratura y Oficina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS HOMERO SANTILLAN SALAZAR Presidente (e)Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 04589 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Declaran que título de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial en lo Penaldel Callao ha recobrado vigencia RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 101-2006-CNM Lima, 3 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 21-2006-FSM-MP-CALLAO, de fecha 16 de febrero de 2006, del doctor Juan Emilio Ladrón de Guevara De la Cruz, Fiscal Superior Encargado; y,CONSIDERANDO: Que, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Nº 05, de fecha 10 de setiembre de 2003, confirmó la sentencia expedidamediante Resolución Nº 15, de fecha 31 de enero de 2003, que declaró fundada la acción de amparo, seguida por el doctor Juan Emilio Ladrón de Guevara De la Cruz,contra el Ministerio de Justicia y otros, recaída en el Expediente Nº 765-2003; en consecuencia, inaplicable los Decretos Leyes Nºs. 25735 y 25991; y ordena quese le reincorpore en el cargo de Fiscal Provincial Titular del Distrito Judicial del Callao; Que, el doctor Juan Ladrón de Guevara De la Cruz, Fiscal Superior Encargado, mediante Oficio Nº 21- 2006-FSM-MP-CALLAO, de fecha 16 de febrero de 2006, solicita al Consejo Nacional de la Magistraturaque disponga la rehabilitación y vigencia de su título de Fiscal Provincial Penal del Callao, al haber sido reincorporado por la Fiscalía de la Nación, medianteResolución Nº 1569-2003-MP-FN, de fecha 17 de octubre de 2003; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución Nº 037-2003-PCNM, de fecha 19 de mayo de 2003, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura declarar la vigencia del título denombramiento del recurrente; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha2 de marzo de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de laMagistratura-; SE RESUELVE:Primero.- Declarar que el título de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial en lo Penal del Callao del DistritoJudicial del Callao, otorgado a favor del doctor JUAN EMILIO LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ, ha recobrado vigencia. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 04450 Reincorporan a magistrado como Juez Especializado en lo Penal de Trujillo,Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 102-2006-CNM Lima, 3 de marzo de 2006 VISTO: La Resolución Nº 17, de fecha 7 de febrero de 2006, del Quincuagésimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución de fecha 15 de setiembre de 2005, confirmó la sentencia expedida medianteResolución Nº 12, de fecha 20 de mayo de 2004, que declaró fundada en parte la acción de amparo, seguida por el doctor Absalón Cerna Sánchez, contra el ConsejoNacional de la Magistratura, recaída en el Expediente Nº 2958-2004; en consecuencia, inaplicable el acuerdo de no ratificación en su cargo de Juez EspecializadoTitular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, de fecha 20 de noviembre de 2002, y la Resolución del