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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2006 (12/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G36/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de marzo de 2006 Nº INMUEBLE 32 Calle Manco Cápac 495 Of 303 33 Av. Oscar R. Benavides 530 34 Av. Oscar R. Benavides 550 35 Av. Pardo 566 36 Av. Pardo 718 37 Av. Paseo de la República 5046 38 Av. Petit Thouars 4557 Int. D 39 Av. Petit Thouars 5321 40 Av. República de Panamá 5975 41 Av. Ricardo Palma 550-554 42 Av. Ricardo Palma 999 43 Calle Salaverry 187 44 Calle San Martín 183 45 Calle San Martín 199 46 Calle San Martín 350 47 Pasaje Schell 121 Of. 303 48 Av. 28 de Julio 481 B.- INMUEBLES EN QUE SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN PARA TRAMITAR CERTIFICADOS DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS, ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS DEFINITIVOS DE OBRAS NUEVAS. Nº INMUEBLE 1 Av. Angamos Oeste 1269 2 Av. Benavides 1770-1780 3 Av. Bolognesi 730 4 Calle Enrique Palacios 1146, 1154 5 Calle General Borgoño 449-459 6 Calle General Córdova 810 7 Av. Av. Grau 228-230-242-248 8 Calle Inclán 281 9 Calle José Gabriel Chariarse 790-794 10 Calle Lola Pardo V argas 320 11 Calle Manuel de Freyre 156 12 Calle Manuel Segura 270 13 Calle Mariano Odicio 382 14 Calle Pque. Melitón Porras 180 15 Calle Porta 640 16 Calle Calle Roma 275 04604 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G68/G6F/G6A/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000059-MDSJM San Juan de Miraflores, 28 de febrero del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha, Vistos y Oídos: el Informe Nº 108-06- MDSJM-GR-SGAT de fecha 27.1.2006 de la Subgerencia de Administración Tributaria; Memorándum Nº 073-06-MDSJM/ GR de fecha 6.2.2006 de la Gerencia de Rentas; Informe Nº 151-2006-MDSJM-GM-OAJ, de fecha 6.2.2006 de la Oficina de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 02-CR/MDSJM-2006 de la Comisión de Rentas y Proyecto de Ordenanza remitidos con Oficio Nº 068-2006-MDSJM del 27.02.2006, que establece elmonto a pagar por derecho de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de los arbitrios correspondiente al ejercicio tributario 2006. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el artículo 74º del precitado cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, los artículos 66º y 68º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, definen a las tasas municipales como los tributos creados por los Concejos Municipales, que tienen como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público o administrativo, y que las tasas por servicios públicos o arbitrios son las tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000049-MDSJM, modificada por la Ordenanza Nº 000055-MDSJM, estableció el marco legal del Régimen Tributario de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2006, ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, por Acuerdo de Concejo Nº 440 publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre del 2005; Que, en las citadas Ordenanzas se aprobó solamente la Tasa de Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2006, habiendo quedado pendiente por aprobarse en vías de regularización, el derecho de gastos administrativos que demandará la emisión mecanizada y distribución a domicilio de cada una de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios Municipales correspondiente al presente ejercicio; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º, Numeral 8, y Artículo 40º, de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, debatido en el pleno ycon la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y con el voto mayoritario, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE LAS HOJAS DE LIQUIDACIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TRIBUTARIO 2006 Artículo Primero.- Aprobar la Emisión Mecanizada de las hojas de liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio tributario 2006. Artículo Segundo.- Establecer en S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles), el derecho de Emisión Mecanizada por cada hoja de liquidación de los arbitrios municipales del año 2006. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro de Estructura de Costos de Emisión Mecanizada de las hojas de Liquidación referente a los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, según se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, y las que tienen competencia quedan obligadas en la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde